Consejo del Poder Judicial Dominicano

28-11[4]​ establece atribuciones adicionales a las conferidas por la Constitución: Se conformará un Comité Electoral estará integrado por un Presidente y tres miembros, designados por el Consejo del Poder Judicial.Estas son recurribles en reconsideración ante el mismo y jerárquicamente ante el Consejo del Poder Judicial.Las mismas son depositadas ante la Dirección General de Administración y Carrera Judicial, que las tramitará al Comité Electoral, quien debe comprobar si las candidaturas están conforme a los requisitos, para luego publicarlas íntegramente en el portal de Internet del Poder Judicial.En las asambleas celebradas para la elección de cada categoría, participarán exclusivamente los jueces que formen parte del grado jurisdiccional correspondiente o equivalente.Esta es la lista de los presidentes que ha tenido el Consejo desde su creación en el año 2010: Los miembros del Consejo del Poder Judicial elegidos por cinco años en el primer proceso eleccionario realizado en el año 2011 fueron: