Consejo Consultivo de Extremadura

Actualmente, en noviembre de 2018, no existe el Consejo Consultivo de Extremadura.

El Presidente del Consejo es elegido por mayoría absoluta entre sus miembros.

El Consejo cuenta con un Letrado-Secretario General y un cuerpo de letrados, además del personal auxiliar que sea necesario.

Serán preceptivos aquellos que establecen las leyes y el Estatuto de Autonomía, y podrán ser vinculantes o no según dicte la norma al respecto.

La Ley 16/2001, determina en su artículo 13 que son preceptivos los informes sobre: Los dictámenes vinculantes obligan a la administración y no se podrán dictar disposiciones contrarias a los mismos; en los no vinculantes, la norma que se dicte deberá informar si se separa o no del informe del Consejo Consultivo mediante las fórmulas: "de acuerdo con el Consejo Consultivo" u "oído el Consejo Consultivo".