Concilio de Roma (487)

Se hallaron en él cuarenta y cuatro Obispos asistidos de setenta y seis presbíteros.El Papa propuso primero el asunto de su aflicción pero no se ve lo que se resolvió en este Concilio ni la continuación de las Actas tiene otra cosa más que una Carta del Papa a todos los Obispos, la cual es un monumento precioso de la antigüedad sobre la penitencia y nos hace comprender que la Iglesia Romana, conservaba aún todo el rigor de la antigua disciplina y que se hallaba persuadida a que se debían tratar los pecadores con fuerza y al mismo tiempo con benignidad porque dice este Papa: La disposición general que este Papa pide a todos los penitentes es: Después entra en la explicación.Ordena que los Obispos, los Presbíteros o los Diáconos que hayan consentido en ser rebautizados, voluntariamente o aún por la violencia de los tormentos, quedarán sujetos a la penitencia hasta la muerte, privados de la gracia de orar con los Fieles y aún con los catecúmenos: y solo les concede la comunión laical en la muerte.Por lo que toca a los Niños, Clérigos o Seglares, ordena que pasarán algún tiempo bajo la imposición de las manos y que se les dará después la Comunión pero que ni ellos ni cualquier otro que sea bautizado o rebautizado fuera de la Iglesia Católica, no podrá ser admitido a la Clericatura; que los Catecúmenos que hayan recibido el Bautismo de los Arrianos, estarán tres años con los oyentes; después se les permitirá orar con los demás Fieles, hasta que reciban la gracia de la Comunión.Diccionario portátil de los concilios, Pons-Augustin Alletz, 1782