La capitalidad estuvo en la villa de Cabrejas del Pinar hasta la desmembración del siglo XVI.
Hacia finales del siglo XVI, la Corona no podía hacer frente a los gastos del imperio.
Mediante esta venta, el nuevo señor, adquiría la jurisdicción, rentas y demás derechos que el obispado de Osma venía ejerciendo sobre la merindad; también la facultad de nombrar alcaldes, regidores y el poder para controlar la vida local.
Quedaban fuera del traspaso los montes y baldíos cuyo aprovechamiento comunitario se respetaba.
[2] Por el contrario las villas de Abejar y Cabrejas del Pinar fueron incorporada por Felipe II en la Corona, por Bula papal de Gregorio XIII pasando a ser lugares de realengo y villas eximidas.