Compraventa a plazos

En general, esta modalidad se aplica a bienes y servicios caros, tratando de facilitar al comprador su adquisición.

Los plazos son una forma de financiación mediante la que el vendedor acepta cobrar el dinero de forma escalonada o en partes, para así poder ampliar su mercado y buscar un incremento en sus ventas.

[1]​ La garantía del pago del precio es normalmente el mismo bien vendido, aunque también pueden serlo otros bienes que posea el deudor; por ello, el impago de uno o más plazos suele implicar su embargo.

La reglamentación de este tipo de operaciones se encuentra en el código civil en los artículos 2310 al 2312 que en resumen establece lo siguiente: En México, el Código Fiscal de la Federación en su artículo 14-b establece que se efectúan enajenaciones a plazo con pago diferido o en parcialidades cuando se efectúan con clientes que sean público en general, se difiera más del 35% del precio para después del sexto mes y el plazo pactado exceda de 12 meses.

dice que para calcular el impuesto tratándose de enajenaciones se considera como valor el precio a la contraprestación pactada, así como a la cantidad de que además, se cargue o cobren al adquiriente por otros impuestos, derechos, intereses tanto moratorios como normales, penas convencionales, entre otras.