Comité Europeo de las Regiones

La labor del Comité se rige por tres principios fundamentales: Los Tratados obligan a la Comisión Europea y al Consejo de la Unión Europea a consultar al Comité de las Regiones cuando se formulan nuevas propuestas en los ámbitos que tienen repercusiones a nivel regional o local [véase sección "Comisiones del CDR"].

Además de estos ámbitos, la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo tienen la opción de consultar al CDR sobre otras cuestiones si consideran que una propuesta tiene importantes repercusiones regionales o locales.

El número de miembros por país es el siguiente: La Mesa es el órgano rector del CDR.

Se reúne, por lo general, siete u ocho veces al año, elabora el programa político del CDR y da instrucciones a la administración sobre la aplicación de las decisiones que haya tomado.

Dirige la administración del CDR y no puede ser titular de ningún mandato político.

La Comisión Europea, el Consejo y el Parlamento Europeo consultan al CDR cuando elaboran textos legislativos (directivas, reglamentos, etc.) relativos a diversos ámbitos de interés de los entes regionales y locales.

Los proyectos de texto se presentan a la comisión pertinente del CDR.

Las resoluciones permiten al Comité expresar su opinión sobre un tema importante y de actualidad.

Dirección del Comité de las Regiones: Rue Belliard 101/ Belliardstraat 101 B-1040 Bruxelles/ Brussel