Hasta 1917, la Iglesia católica estaba regida por un conjunto disperso y sin codificar de normas jurídicas, tanto espirituales como temporales, conocido como Corpus Iuris Canonici.Las ligeras compilaciones efectuadas por Pío IX y León XIII habían resultado insuficientes.Al mismo tiempo que el papa Juan XXIII convoca el Concilio Vaticano II, anuncia la reforma del Código, que se retrasaría hasta la finalización del Concilio.Muerto Juan XXIII y acabado el Concilio, Pablo VI nombra la comisión reformadora en 1964.El código mantuvo su naturaleza distinta para ambas iglesias, la latina y la oriental, tal como estaba el de 1917.
Benedicto XV
promulgó el primer Código de Derecho Canónico