Este conjunto documental era propiedad de la notaría, ya que ante la muerte del titular este acervo pasaba a manos del sustituto; en el siglo XIX, las notarías formaban parte de los oficios vendibles y renunciables, y se tenía la certeza de que los protocolos pertenecían indudablemente al notario público.
[5] A inicios del siglo XX, se estableció que al Estado deben corresponder los documentos notariales y por ello sería el responsable y encargado del resguardo de los documentos notariales y, por tal motivo, los titulares de las notarías debían hacer entrega de los protocolos que en ese momento se encontraban a su cargo; para tal fin fue creada una Institución donde quedaron depositados bajo su custodia y conservación el haber protocolario de la Ciudad de México.
También se creó la Unidad Departamental de Expropiaciones, Reversiones y Desincorporación.
[cita requerida] En mayo del 2001, se autoriza el dictamen n.º 153/2001 y organigramas referentes a la reestructuración orgánica de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, Unidades Administrativas adscritas a su sector, la cual entra en vigor a partir del 1° de mayo del 2001.
[cita requerida] Es importante resaltar que, al separarse el acervo histórico del contemporáneo, fue preciso dotar al edificio de la Candelaria de una estructura administrativa mínima que se encargase de custodiar y cuidar la documentación e información que obra en el mismo, para impedir o evitar el mal uso, la sustracción, destrucción, ocultamiento o inutilización del fondo antiguo y el contemporáneo.