Una apóstata femenina debía ser o bien ejecutada, de acuerdo a las escuelas Shafi'i, malikí y hanbalí de la jurisprudencia islámica suní (fiqh), o bien ser encarcelada hasta que retorne al islam, como lo propone la escuela hanafí suní y el chiismo.
Las penas incluyen la amputación de una o ambas manos por robo, lapidación por adulterio y ejecución por apostasía.
[21] Académicos musulmanes medievales (como Sufyan al-Thawri) y modernos (como Hasan al-Turabi) también han afirmado que el hadiz usado para justificar la ejecución de apóstatas se debe aplicar solo a la traición política de la comunidad musulmana, antes que a la apostasía en general.
[22] Estos académicos argumentan a favor de la libertad para convertirse al y del Islam sin penalidades legales.
[24] Javed Ahmad Ghamidi, un académico islámico, escribe que el castigo por la apostasía fue parte del castigo divino solo para aquellos que negaban la verdad, aun después de la clarificación en su forma última por Mahoma (véase, Itmam al-hujjah); por lo tanto, considera un mandato limitado en el tiempo y ya no punible.