Agravante

En Derecho penal, las agravantes son circunstancias accidentales del delito, que pueden concurrir o no en el hecho delictivo, pero si lo hacen, se unen de forma inseparable a los elementos esenciales del delito incrementando la responsabilidad penal.De su concurrencia, no depende la existencia del delito, sino sólo su gravedad.Por último, cabe señalar dos principios que afectan a la interpretación de las circunstancias.El primero es el principio de inherencia, que dice que lo que forma parte del tipo del delito –y por tanto es inherente a él– no puede ser al mismo tiempo apreciado como circunstancia.El otro principio es el de la naturaleza de las circunstancias, en las que deben distinguirse circunstancias personales o subjetivas y circunstancias materiales u objetivas, y cuyos efectos se aplicarán de la manera establecida en el artículo 65 del Código Penal.