Más tarde cuando se introdujeron las arras y donaciones propter nuptias los tratados o escritura otorgada con ocasión del próximo casamiento debieron comprender también los pactos referentes a su constitución, devolución, etc.Así el uso de las capitulaciones matrimoniales, vino a ser un acto obligado en las familias distinguidas y acaudaladas que no olvidaban jamás y que practicaban con la más exquisita diligencia.En la nueva Recopilación encontramos una ley que refiere la capitulación matrimonial convenida en el casamiento de la Srma.señora infanta doña Ana con el rey de Francia, en la cual se estipuló que ni esta señora ni sus descendientes, pudieran suceder perpetuamente en el reino de España y sus adyacentes, entendiéndose todos excluidos, así los primogénitos como los segundogénitos y ulteriores, por lo que importaba al Estado público.[1] Las capitulaciones matrimoniales podrán otorgarse antes o en el acto de la celebración del matrimonio.Los futuros cónyuges deberán casarse antes del transcurso de un año desde la firma, o el documento no será válido.[3] La organización económica del matrimonio no es una cuestión que interese solo a los cónyuges, sino en general a todos cuantos puedan mantener alguna relación económica o comercial con ellos, así es necesario el carácter público de las capitulaciones.
Capitulaciones matrimoniales en un manuscrito del siglo
XVI