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Sentencia de la Corte Constitucional del Perú sobre la moción de confianza propuesta el 17 de noviembre de 2022

La Sentencia de la Corte Constitucional del Perú sobre la moción de confianza propuesta el 17 de noviembre de 2022 es una decisión judicial de la Corte Constitucional del Perú adoptada por mayoría el 30 de mayo de 2023, en respuesta al reclamo jurisdiccional interpuesto por el Congreso del Perú contra el administración del entonces presidente Pedro Castillo por la moción de confianza planteada el 17 de noviembre de 2022 por su Primer Ministro Aníbal Torres para obtener del Congreso la aprobación del Proyecto de Ley 3570/2022-PE que proponía derogar la Ley N° 31399, y cuyo "rechazo" había sido interpretado por el poder ejecutivo como una denegación del mismo, según el acuerdo adoptado en la reunión del consejo de ministros del 24 de noviembre de 2022.

El 30 de mayo de 2023, el Tribunal Constitucional aceptó la demanda del Congreso contra Castillo, y en consecuencia declaró nulo el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2022, en la medida en que interpretó ilegalmente que el rechazo rotundo de la moción de confianza suponía la negación o rechazo del mismo. Por el contrario, la Corte estableció que en ningún caso el poder ejecutivo está facultado para hacer una interpretación contraria a la hecha sobre el tema por el Congreso, ni está facultado para suponer que ha existido una negación o rechazo fáctico de la misma, lo cual es contrario a la Constitución, pues la denegación siempre debe ser expresa y decidida por el Congreso. [1] La sentencia anuló una decisión del Tribunal Constitucional de 2019 que había introducido el concepto de " denegación fáctica de confianza" , que otorgaba al poder ejecutivo un amplio poder de interpretación para decidir cuándo una moción de confianza ha sido rechazada o no por el Congreso. [2] [3]

Una vez hecho público el veredicto, la recepción de la sentencia fue mixta; algunos juristas consideraron que la sentencia fue correcta al restablecer el equilibrio de poderes entre el poder ejecutivo y el legislativo, [4] [5] [6] y que incluso el ex presidente del Consejo de Ministros Aníbal Torres y los ministros que firmaron el Acta de la Sesión del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2022, podría ser denunciada al haberse establecido que dicho acto fue inconstitucional. [7] [8] Por otro lado, algunos criticaron el fallo, considerando más bien que altera el mencionado equilibrio de poder entre el poder ejecutivo y el legislativo. [2]

Fondo

El "voto de confianza" en el sistema jurídico peruano

El voto de confianza (o moción de confianza) en el Perú es un instrumento constitucional que tiene el poder ejecutivo, mediante el cual el Presidente del Consejo de Ministros, en nombre del gabinete en su conjunto, o de los ministros individualmente, solicita el aval expreso. del Congreso hasta la formación de un nuevo gabinete o una iniciativa política o de gestión.

La Corte Constitucional del Perú , en sentencia de 2018, categorizó el voto de confianza en dos tipos: uno obligatorio y otro opcional. El primero es el que comúnmente se llama voto de investidura (cada vez que se nombra un nuevo gabinete) y el segundo es el que solicita el Ejecutivo en apoyo a determinadas medidas o acciones de gobierno. En caso de denegación de confianza, se produce la crisis total del gabinete y los ministros se ven obligados a dimitir.

El uso de este mecanismo es de fundamental importancia, dado que el artículo 134 de la Constitución del Perú establece que si el Congreso niega la confianza a dos gabinetes, el Presidente está facultado para disolverlo y convocar a nuevas elecciones parlamentarias:

Artículo 134 El Presidente de la República tiene la facultad de disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Gabinetes.
El decreto de disolución contendrá la convocatoria a la elección de un nuevo Congreso. Dichas elecciones se celebrarán dentro de los cuatro meses siguientes a la disolución del Congreso, sin alteración alguna del sistema electoral existente. El Congreso no podrá disolverse durante el último año de su mandato. Una vez disuelto el Congreso, la Asamblea Permanente, que no puede disolverse, continúa ejerciendo sus funciones.
No existe otra forma de revocar el mandato parlamentario.
En estado de sitio, el Congreso no podrá disolverse.

Disolución del Congreso en 2019

Presidente Martín Vizcarra , cuya disolución del Congreso fue declarada legal por un Tribunal Constitucional anterior

El 30 de septiembre de 2019, el entonces primer ministro Salvador del Solar acudió al Palacio Legislativo y planteó una moción de confianza para solicitar la aprobación de una ley que reformara el proceso de postulación a la Corte Constitucional. Sin embargo, el Congreso decidió posponer la votación de la enmienda y designó un nuevo miembro del Tribunal Constitucional del Perú . [10] Horas más tarde, el Congreso concedió la moción de confianza.

Pese al voto afirmativo, Vizcarra afirmó que el nombramiento de un nuevo miembro del Tribunal Constitucional constituyó una negación de confianza de facto . [10] [11] Dijo que era el segundo acto de censura en su gobierno (dado que el Congreso ya había aprobado una denegación de confianza contra el primer ministro y el gabinete el 15 de septiembre de 2017), [12] [13] otorgándole la autoridad para disolver el Congreso y convocar nuevas elecciones legislativas. [14]

El 14 de enero de 2020, el Tribunal Constitucional dictaminó que la disolución del Congreso por parte de Vizcarra según el fundamento expuesto era legal. [2] [3] [15] En su fallo, la Corte Constitucional citó la Sentencia 0006-2018-PI/TC, coincidiendo en que cualquier intento del Congreso de impedir preguntas presentadas por el Poder Ejecutivo sobre una ley o procedimiento político era inconstitucional. [3]

Respecto de la "denegación de hecho de confianza" invocada por el Poder Ejecutivo, el fallo afirmó:

211. [...] Al respecto, este Tribunal advierte que, si bien es cierto que, en la mayor cantidad de escenarios, la verificación del otorgamiento o denegación de la moción de confianza puede advertirse con el acto de votar en el Congreso de la República, también es importante considerar que existen casos extraordinarios en los que se evidencia que, por su actuación, el órgano legislativo ha decidido negar la confianza planteada. [dieciséis]

Aprobación de la Ley N° 31399

El 30 de enero de 2022, el Congreso aprobó la Ley N° 31399 que modificó los artículos 40 y 44 de la Ley N° 26300 que regula los Derechos de Participación y Control Ciudadano, agregando una precisión según la cual no podrán ser sometidas a referéndum las normas que no sean tramitadas. según el procedimiento establecido en el artículo 206 de la Constitución Política del Perú:

"Artículo 40.- Inadmisibilidad del referéndum No podrán ser sometidos a referéndum los asuntos y normas a que se refiere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución, ni aquellos que no se tramiten conforme al procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución. la Constitución Política.

—  Ley N° 31399 [17]

El artículo 206 de la Constitución Política del Perú establece que toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum, y que el referéndum podrá omitirse cuando se obtenga el acuerdo del Congreso en dos legislaturas ordinarias sucesivas con un voto favorable, en cada caso, superior a las dos terceras partes del número legal de congresistas. En consecuencia, la Ley N° 31399 ratificó que para convocar válidamente a un referéndum con el propósito de modificar o reformar la Constitución, era necesario que dicha modificación o reforma fuera aprobada previamente por el Congreso. [18]

Propuesta de voto de confianza

El 17 de noviembre de 2022, el gobierno del presidente Pedro Castillo , a través de su Primer Ministro Aníbal Torres, solicitó un voto de confianza a la propuesta de aprobación del Proyecto de Ley 3570/2022-PE que pretendía derogar la Ley N° 31399, que en su La opinión pública limitó los derechos de participación y control de la ciudadanía, mediante referéndum, en las reformas constitucionales. Torres dijo que el proyecto de gobierno "restablece la participación política del pueblo" al eliminar los límites al referéndum establecidos por la Ley N° 31399 y, por ello, solicitó un "voto de confianza del Consejo de Ministros". [19] El 24 de noviembre de 2022, el Tribunal Constitucional del Perú designado por el Congreso declaró infundado una demanda del Poder Ejecutivo que cuestionaba la constitucionalidad de esta ley, estableciendo que la norma tenía plena validez y conformidad con la Constitución. [20]

Congreso rechaza solicitud de voto de confianza

El 24 de noviembre de 2022, el Congreso rechazó la solicitud de voto de confianza planteada por el Presidente del Consejo de Ministros, indicando que el Proyecto de Ley 3570 que deroga la Ley N° 31399 se refiere a dos facultades exclusivas del Poder Legislativo sobre las cuales el Poder Ejecutivo no puede pronunciarse. una moción de confianza, por lo que la intención del gobierno choca con el artículo 206 de la Constitución del Perú. [20] El Presidente del Congreso señaló al respecto que la solicitud de voto de confianza planteada no se refiere a una política general del gobierno, por lo que viola las facultades del Congreso, atenta contra el principio de separación de poderes y condiciona la decisión. del Poder Legislativo, y que cualquier intento del Presidente del Consejo de Ministros de interpretar el sentido de la decisión del Poder Legislativo excede el marco constitucional y legal, porque afecta la separación de poderes. [21] La parte resolutiva del Acuerdo No. 061-2022-2023/MESA-CR del Congreso señala:

ACUERDA
PRIMERO.- Rechazar de plano la solicitud de voto de confianza planteada por el Presidente del Consejo de Ministros en nombre del Consejo, por tratarse de materias prohibidas para la elevación de un voto de confianza, tal y como establece el Tribunal Constitucional en el fundamento jurídico 185. de la sentencia recayó en el expediente 006-2019-CC y la Ley 31355, Ley que desarrolla el ejercicio del voto de confianza regulado en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución del Perú [22]

El Ejecutivo interpreta que la confianza ha sido negada

El Ejecutivo, mediante acuerdo adoptado en reunión del Consejo de Ministros celebrada el 24 de noviembre de 2022, interpretó que la confianza había sido denegada:

Sostenemos, entonces, categóricamente, que el rechazo, denegación o denegación de la confianza, se configura con alguno de estos mecanismos: inadmisibilidad, rechazo rotundo, denegación de la confianza, para evitar abuso de derecho o fraude a la Constitución.
En este caso, el "rechazo total de la solicitud de voto de confianza" constituye claramente una denegación de confianza. Por tanto, la consecuencia es la crisis total del gabinete.

—  Acta de la sesión del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2022 [23]

Proceso de dictamen

Presentación de la demanda y solicitud de medida cautelar

El 29 de noviembre de 2022, el Congreso interpuso un reclamo jurisdiccional ante el Tribunal Constitucional sobre cómo interpretar su decisión de rechazar la solicitud de voto de confianza planteada por el Ejecutivo. [24] En el escrito de demanda, el Congreso solicitó a la Corte Constitucional lo siguiente:

  1. Que se declare que el Poder Ejecutivo carece de competencia para interpretar y concluir, de oficio, que el Congreso de la República le ha negado o no el voto de confianza que tuvo a bien elevar en el Pleno del Congreso el día 17. Noviembre de 2022.
  2. En consecuencia, se deja sin efecto la moción de confianza planteada por el Presidente del Consejo de Ministros en el pleno del Congreso celebrado el 17 de noviembre de 2022, para la aprobación del Proyecto de Ley 3570/2022-PE, presentado mediante Oficio N° 359-2022. -PR, de tal manera que el Tribunal Constitucional, al resolver el conflicto de competencias por menoscabo de competencias en sentido estricto, garantiza el ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución, el Reglamento del Congreso y la Ley Nº 31355 (ambas orgánicas). leyes) otorgarlo al Congreso, evitando que el voto de confianza sea utilizado arbitraria o indebidamente por el Poder Ejecutivo, como mecanismo de amenaza o sanción para disolver inconstitucionalmente el Congreso y declarar terminado anticipadamente un período parlamentario.
  3. Que se declare nulo el acuerdo adoptado en la sesión del Consejo de Ministros celebrada el 24 de noviembre de 2022, en cuanto a la interpretación del significado del Acuerdo de Junta Directiva (Acuerdo N° 061-2022-2023/MESA-CR) que Rechazó rotundamente la cuestión de confianza y respecto de la decisión sobre la cuestión de confianza planteada por el Poder Ejecutivo.

Junto con la demanda, el Congreso presentó una solicitud de medida cautelar para que el Poder Ejecutivo se abstenga de considerar denegado el voto de confianza que el entonces Presidente del Consejo de Ministros presentó en el pleno del Congreso el 17 de noviembre de 2022; y, en consecuencia, que en caso de que el Congreso no otorgue la confianza a futuros Consejos de Ministros, no debe proceder a disolver el Congreso de la República hasta que el Tribunal Constitucional, como intérprete supremo de la Constitución, haya dictado sentencia firme y sentencia definitiva en el presente proceso jurisdiccional. [25]

Decisión de la Corte sobre la admisibilidad de la demanda y medida cautelar

El 1 de diciembre de 2022, el pleno de la Corte Constitucional votó por unanimidad admitir a trámite el reclamo jurisdiccional interpuesto por el Congreso contra el Poder Ejecutivo, así como otorgar la medida cautelar solicitada. [26] En la Resolución mediante la cual la Corte otorga la medida cautelar señala lo siguiente:

RESOLVER

1. OTORGAR la medida cautelar solicitada.

2. SUSPENDER cualquier efecto que pueda derivarse de la decisión del Poder Ejecutivo de interpretar como denegada la confianza a que se refiere el Acta de la reunión del Consejo de Ministros correspondiente al 24 de noviembre de 2022, sin tenerla en cuenta para los efectos del primer párrafo del artículo 134 de la Constitución. En consecuencia, DISPONER que el Poder Ejecutivo no altere o modifique la situación de hecho o de derecho del Congreso de la República, en relación con lo señalado en los fundamentos 29 y 30 de la presente resolución.

—  Resolución de la Corte Constitucional del Perú que otorga medida cautelar [27]

Pedro Castillo intenta disolver el congreso

El 7 de diciembre de 2022, el presidente Pedro Castillo se dirigió al país en cadena nacional de televisión, en el que anunció su decisión de disolver el Congreso, intervenir instituciones autónomas como el Poder Judicial , el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia y la Corte Constitucional, además de convocar a la elección de una Asamblea Constituyente. Castillo argumentó que el Congreso estaba al servicio de empresas oligopólicas y que se había aliado con la Corte Constitucional para destruir el poder ejecutivo en un esfuerzo por crear una "dictadura del Congreso". [28] El intento de golpe fracasó porque careció de apoyo general y Castillo fue arrestado cerca de la embajada de México.

Juicio

Decisión del tribunal

El 30 de mayo de 2023 se hizo pública la sentencia del Tribunal mediante la cual declaró fundada la demanda, dando la razón al Congreso, y en consecuencia declaró nulo el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2022, en la medida en que interpretaba ilegalmente que el rechazo rotundo de la moción de confianza suponía la denegación o denegación de la misma. Por el contrario, el tribunal estableció que en ningún caso el poder ejecutivo está facultado para hacer una interpretación contraria a la hecha sobre el tema por el Congreso de la República, ni está facultado para suponer que ha habido una negativa fáctica de la misma. , lo cual es contrario a la Constitución, ya que la negativa debe ser siempre expresa y decidida por el parlamento.

RESUELVE
Declarar FUNDADO el reclamo jurisdiccional planteado por el Congreso de la República contra el Poder Ejecutivo; en consecuencia, ANULAR el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2022, en la medida en que establece que el rechazo rotundo implica la denegación o denegación de la cuestión de confianza.

—  Sentencia de la Corte Constitucional del Perú EXP. N° 00004-2022-PCC/TC [29]

El sentido en el que votó cada magistrado fue el siguiente:

Trascendencia

La sentencia final y, antes de ella, la decisión del tribunal de otorgar la medida cautelar el 1 de diciembre de 2022, demostraron que el intento de golpe de Estado de Pedro Castillo el 7 de diciembre de 2022 fue ilegal, ya que la moción de confianza propuesta el 17 de noviembre de 2022 fue no se consideró denegada y por lo tanto el expresidente no estaba facultado para disolver el Congreso según el artículo 134 de la Constitución peruana. [30] Asimismo, la decisión de la Corte anuló la Sentencia sobre la disolución del Congreso de 2019 , dejando sin efecto el concepto de “denegación de hecho de confianza” que había establecido.

La recepción del fallo fue mixta. Los expresidentes del Tribunal Constitucional Óscar Urviola y Ernesto Álvarez Miranda aseguraron que el fallo fue correcto. Urviola aseveró que "esta situación que venía perturbando las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo está cerrada", mientras que Álvarez consideró que el fallo "ha puesto las cosas en su lugar". [4] [6] Por su parte, el jurista Domingo García Belaúnde precisó al respecto que es "un buen fallo en términos generales, porque se están corrigiendo errores. El criterio correcto es este, porque el voto de confianza no puede ser interpretado por el Ejecutivo". [31] Asimismo, el catedrático universitario en derecho constitucional Carlos Hakansson consideró correcto que la decisión del Tribunal Constitucional de 2019 hubiera sido anulada, señalando que "pone fin a la polémica decisión del entonces Colegiado que, por mayoría, convalidó la disolución inconstitucional del Congreso el 30 de septiembre de 2019". [5] La expresidenta de la Corte Constitucional Marianella Ledesma , cuya decisión de 2019 fue revocada, respondió negativamente diciendo "este TC vuelve a concentrar en manos del Congreso un poder que desnaturaliza la esencia del Estado constitucional: el equilibrio de poderes. Estos los magistrados demuestran que son la voz de quienes los han puesto en sus cargos". [2] Según Pedro Grández, profesor de derecho constitucional, la sentencia anterior de 2019 ya había establecido que la denegación de confianza en la constitución puede interpretarse de manera amplia y no puede limitarse, afirmando que el Tribunal Constitucional "ha roto el equilibrio de poderes al entregando la cuestión de la confianza al Congreso". [2] Iván Lanegra, secretario general de la ONG peruana Transparencia, criticó el fallo, afirmando que hacía que el sistema político del Perú pareciera "anómalo" y "formado más por respuestas de los poderes de turno a situaciones de corto plazo", concluyendo que sería "la semilla de un nuevo conflicto". [2]

El constitucionalista Aníbal Quiroga consideró que el expresidente del Consejo de Ministros Aníbal Torres y los ministros que firmaron el Acta de la Sesión del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2022, podrían ser denunciados, al haber establecido ante la Corte que dicho acto fue inconstitucional . [7] [8] También se sugirió que el expresidente Martín Vizcarra enfrentaría problemas legales luego del fallo debido a su disolución del Congreso en 2019, a pesar de que sus acciones fueron declaradas constitucionales por la Corte Constitucional anterior. [2]

Ver también

Referencias

  1. ^ "TC califica que es contraria a la constitución la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza y establece que es competencia del congreso determinar su rechazo, rehusamiento o su negatoria". Corte Constitucional del Perú (en español). 19 de junio de 2023 . Consultado el 22 de junio de 2023 .
  2. ^ abcdefg Patriau, Enrique (21 de junio de 2023). "El Tribunal Constitucional altera el equilibrio de poderes con sus decisiones". La República (en español) . Consultado el 30 de julio de 2023 .
  3. ^ abc "Versión de Alejandro Muñante acerca de que el TC anuló posibilidad de cuestión de confianza por reformas constitucionales no es cierta". Ojo Público (en español). 13 de octubre de 2021 . Consultado el 15 de agosto de 2023 .
  4. ^ ab "Tribunal Constitucional zanjó el tema de la cuestión de confianza". Perú21 (en español). 21 de junio de 2023 . Consultado el 22 de junio de 2023 .
  5. ^ ab "No existe la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza por Carlos Hakansson (Opinión)". Diario Correo (en español). 22 de junio de 2023 . Consultado el 22 de junio de 2023 .
  6. ^ ab "Lucas Ghersi sobre Cuestión de Confianza:" Este fallo es para que nunca más se de un Golpe de Estado"". apnoticias (en español). 21 de junio de 2023 . Consultado el 22 de junio de 2023 .
  7. ^ ab "Aníbal Torres podría ser denunciado por firmar denegación fáctica contra Congreso". Diario Expreso (en español). 22 de junio de 2023 . Consultado el 22 de junio de 2023 .
  8. ^ ab "Aníbal Torres podría ser denunciado tras fallo del TC sobre negación fáctica de cuestión de confianza". Panamericana Televisión (en español). 21 de junio de 2023 . Consultado el 22 de junio de 2023 .
  9. ^ Constitución del Perú. Consultado el 26 de junio de 2023.
  10. ^ ab "El presidente de Perú disuelve el Congreso para impulsar reformas anticorrupción". El guardián . 1 de octubre de 2019. ISSN  0261-3077 . Consultado el 1 de octubre de 2019 .
  11. ^ "Disolución del Congreso | Martín Vizcarra | 84% de peruanos apoya la disolución del Congreso" [Disolución del Congreso | Martín Vizcarra | El 84% de los peruanos apoya la disolución del Congreso]. RPP (en español). 6 de octubre de 2019 . Consultado el 7 de octubre de 2019 .
  12. ^ "El líder de Perú nombra nuevo primer ministro mientras reforma el gabinete". Associated Press . 18 de septiembre de 2017 . Consultado el 1 de octubre de 2019 .
  13. ^ Briceño, Franklin (27 de septiembre de 2019). "El líder de Perú impulsa una votación que podría permitirle disolver el congreso". El Washington Post . Archivado desde el original el 1 de octubre de 2019 . Consultado el 1 de octubre de 2019 .
  14. ^ "Perú se ha visto sumido en una crisis constitucional. Los aliados deben apoyar una solución que preserve su progreso social". El Washington Post . 2 de octubre de 2019 . Consultado el 7 de octubre de 2019 .
  15. ^ "El máximo tribunal de Perú dice que el cierre del Congreso por parte de Vizcarra fue legal". Reuters . 14 de enero de 2020 . Consultado el 9 de diciembre de 2022 .
  16. «Sentencia 006-2019-CC/TC, fundamento 211, f. 76» (PDF) . tc.gob.pe (en español) . Consultado el 31 de agosto de 2023 .
  17. ^ "Ley N° 31399". El Peruano (en español). 21 de junio de 2023 . Consultado el 22 de junio de 2023 .
  18. ^ "Tribunal Constitucional falló para que todos los referéndum sean aprobados por el Congreso". infobae.com (en español). 1 de diciembre de 2022 . Consultado el 11 de agosto de 2023 .
  19. ^ "El primer ministro de Perú plantea un voto de confianza ante el Congreso". efe.com (en español). 17 de noviembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  20. ^ ab "Todo referéndum debe ser aprobado por el Congreso (Todos los referéndums deben ser aprobados por el Congreso)". peru21.pe (en español). 1 de diciembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  21. ^ "Rechazan de plano cuestión de confianza planteada por el Poder Ejecutivo". congreso.gob.pe (en español). 24 de noviembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  22. «Acuerdo N° 061-2022-2023/MESA-CR» (PDF) . Congreso de la República del Perú (en español). 24 de noviembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  23. «Acta de la sesión del Consejo de Ministros del día 24 de Noviembre de 2022» [Acta de la Sesión del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2022 (p.8)] (PDF) . Congreso de la República del Perú (en español). 24 de noviembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  24. ^ "Congreso presenta demanda competencial ante el TC por cuestión de confianza". El Peruano (en español). 29 de noviembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  25. ^ "Víctor García Toma sobre medida cautelar del Congreso: es probable que el TC se pronuncie de inmediato". rpp.pe (en español). 29 de noviembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  26. ^ "Orden judicial" (PDF) . Corte Constitucional del Perú (en español). 1 de diciembre de 2023 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  27. ^ "Orden que otorga medida cautelar". Corte Constitucional del Perú (en español). 1 de diciembre de 2022 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  28. ^ Garzón, Aníbal (1 de enero de 2023). "El golpe permanente del Perú". El mundo diplomático . Consultado el 19 de enero de 2023 .
  29. «Sentencia del Tribunal Constitucional EXP. N° 00004-2022-PCC/TC» (PDF) . Corte Constitucional del Perú (en español). 30 de mayo de 2023 . Consultado el 26 de junio de 2023 .
  30. ^ "El TC falla contra Pedro Castillo por cuestión de confianza". diariocorreo.pe (en español). 26 de junio de 2023 . Consultado el 10 de julio de 2023 . Castillo interpretó que tal reacción era una negación fáctica de la confianza. En esa línea, Torres renunció, por una supuesta "crisis total del Gabinete". A juicio del golpista exgobernante, si se hubiera rehusado una nueva cuestión de esta índole, habría tenido el camino expedito para disolver el Legislativo. Sin embargo, otro es el parecer del Tribunal Constitucional (TC), pues declaró fundada la demanda competencial que el Legislativo planteó por este caso contra el gobierno de Castillo, que interpretó que hubo un rehusamiento.
  31. ^ ""TC corrigió los errores del pasado"". vigilante.pe (en español). 22 de junio de 2023 . Consultado el 26 de junio de 2023 .

enlaces externos