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Consideración

La contraprestación es un concepto del derecho consuetudinario inglés y es necesaria para los contratos simples , pero no para los contratos especiales (contratos por escritura ). El concepto ha sido adoptado por otras jurisdicciones de derecho consuetudinario.

El tribunal en Currie v Misa [1] declaró que la contraprestación es un "derecho, interés, beneficio, beneficio o tolerancia, detrimento, pérdida, responsabilidad". Por lo tanto, la contraprestación es una promesa de algo de valor entregada por un promitente a cambio de algo de valor entregado por un prometido; y, por lo general, la cosa de valor son bienes, dinero o un acto. La tolerancia de actuar, como por ejemplo la promesa de un adulto de abstenerse de fumar, es ejecutable solo si uno está renunciando a un derecho legal. [2] [3] [4]

La contraprestación puede considerarse como el concepto de valor ofrecido y aceptado por personas u organizaciones que celebran contratos . Cualquier cosa de valor prometida por una parte a la otra al celebrar un contrato puede considerarse una "contraprestación": por ejemplo, si A contrata la compra de un automóvil a B por $5000, la contraprestación de A es la promesa de $5000 y la contraprestación de B es la promesa del automóvil.

Además, si A firma un contrato con B por el cual A pintará la casa de B por $500, la contraprestación de A es el servicio de pintar la casa de B, y la contraprestación de B es $500 pagados a A. Además, si A firma un contrato con B por el cual A no pintará su propia casa de ningún otro color que no sea blanco, y B le pagará a A $500 por año para mantener este trato, también hay una contraprestación. Aunque A no prometió afirmativamente hacer nada, A prometió no hacer algo que se le permitía hacer, y por lo tanto A pasó la contraprestación. La contraprestación de A a B es la abstención de pintar su propia casa de un color que no sea blanco, y la contraprestación de B a A es $500 por año. Por el contrario, si A firma un contrato para comprar un automóvil a B por $0, la contraprestación de B sigue siendo el automóvil, pero A no está dando ninguna contraprestación, y por lo tanto no hay un contrato válido. Sin embargo, si B todavía le da el título del automóvil a A, entonces B no puede recuperar el automóvil, ya que, si bien puede no ser un contrato válido, es una donación válida .


En el derecho consuetudinario, es un requisito previo que ambas partes ofrezcan una contraprestación para que un contrato pueda considerarse vinculante. La doctrina de la contraprestación es irrelevante en muchas jurisdicciones, aunque las relaciones comerciales litigantes contemporáneas han sostenido que la relación entre una promesa y un acto es un reflejo de la naturaleza de las contraprestaciones contractuales. Si no se encuentra ningún elemento de contraprestación, no se forma un contrato.

Sin embargo, incluso si un tribunal decide que no existe contrato, podría haber una posible recuperación bajo las doctrinas de quantum meruit (a veces denominado cuasicontrato ) o impedimento promisorio .

Normas jurídicas relativas a la contraprestación

Existen varias cuestiones comunes sobre si existe una contraprestación en un contrato. Según la ley inglesa:

  1. El pago parcial no es una buena contraprestación. [5] [6] [7]
  2. La contraprestación debe fluir del destinatario de la promesa, pero no necesariamente hacia el promitente. [8]
  3. La contraprestación debe ser suficiente pero no necesariamente adecuada. [9] [10] [11]
  4. La consideración no puede ser ilusoria.
  5. La consideración no debe ser pasada. La consideración pasada no es una buena consideración. [12] [13] [14] [15] [16] [17]
  6. La contraprestación moral no es suficiente (excepto en los contratos celebrados por escritura pública, en los que a menudo se cita el "amor y el afecto" como la contraprestación [innecesaria]). [ cita requerida ]
  7. El desempeño de las funciones existentes no es una buena contraprestación. [18] [19] [20] [21]

Mientras tanto, la Ley de Contratos de la India de 1872, que sigue en vigor en Pakistán, Bangladesh y la India (la jurisdicción de common law más poblada), establece que existe una contraprestación válida "cuando, a petición del promitente, el destinatario de la promesa o cualquier otra persona ha hecho o se ha abstenido de hacer, o hace o se abstiene de hacer, o promete hacer o abstenerse de hacer algo" [22] o, en otras palabras, cuando cada parte recibe algo a cambio de contraer una obligación contractual. Un acuerdo debe estar respaldado por una contraprestación legal de ambas partes. Según la ley, la contraprestación válida debe satisfacer los siguientes criterios:

Además, según la Ley de Contratos de la India de 1872, cualquier contraprestación es inválida si:

  1. Prohibido por la ley [a]
  2. Implica daño a una persona o propiedad de otra [b]
  3. Los tribunales lo consideran inmoral
  4. Es de tal naturaleza que, si se permitiera, anularía las disposiciones de cualquier ley.
  5. Sea fraudulento, o involucre o implique daño a la persona o propiedad de otra persona.
  6. Es contrario al orden público [c]
  7. La contraprestación transmitida por al menos una de las partes pretende frenar los procedimientos judiciales [d]
  8. La contraprestación incluye cargos o títulos públicos [e]
  9. La contraprestación implica trabajo involuntario o de otro modo infringe la libertad personal de una de las partes del contrato [f]
  10. La contraprestación incluye un matrimonio o un incentivo pecuniario para casarse.

La distinción más notable entre los criterios ingleses e indios para la consideración es que la ley inglesa prohíbe la consideración pasada mientras que la ley india no lo hace.

Historia y derecho comparado

Los sistemas basados ​​en el derecho romano (incluidos Alemania [24] y Escocia) no requieren una contraprestación, y algunos comentaristas la consideran innecesaria y han sugerido que se abandone la doctrina de la contraprestación [25] y se utilice la preclusión para reemplazarla como base para los contratos. [26] Sin embargo, se ha propuesto que la legislación , en lugar del desarrollo judicial, sea la única forma de eliminar esta arraigada doctrina del derecho consuetudinario. El Lord Justice Denning afirmó célebremente que "la doctrina de la contraprestación está demasiado firmemente establecida como para que un viento de costado la derribe". [27]

Los principales académicos creen que la razón por la que ambos existen en las jurisdicciones de derecho consuetudinario es el resultado de la combinación por parte de los jueces del siglo XIX de dos hilos distintos: primero, el requisito de contraprestación estaba en el corazón de la acción de assumpsit , que había surgido en la época medieval y siguió siendo la acción normal por incumplimiento de un contrato simple en Inglaterra y Gales hasta 1884, cuando se abolieron las antiguas formas de acción; en segundo lugar, la noción de acuerdo entre dos o más partes como fundamento legal y moral esencial del contrato en todos los sistemas legales, fue promovida por el escritor francés del siglo XVIII Pothier en su Traite des Obligations , muy leído (especialmente después de su traducción al inglés en 1805) por los jueces y juristas ingleses. Este último encajaba bien con las teorías testamentarias de moda de la época, especialmente las influyentes ideas de John Stuart Mill sobre el libre albedrío, y se injertó en el requisito tradicional del derecho consuetudinario de contraprestación para fundamentar una acción en assumpsit. [28]

Los sistemas de derecho civil adoptan el enfoque de que un intercambio de promesas, o un solo acuerdo de voluntades, en lugar de un intercambio de derechos valiosos es la base correcta. Entonces, si A promete darle a B un libro y B acepta la oferta sin dar nada a cambio, B tendría un derecho legal al libro y A no podría cambiar de opinión sobre dárselo a B como regalo. Sin embargo, en los sistemas de derecho consuetudinario , el concepto de culpa in contrahendo , una forma de impedimento legal , se utiliza cada vez más para crear obligaciones durante las negociaciones precontractuales . [29] [30] El impedimento legal es una doctrina equitativa que prevé la creación de obligaciones legales si una parte ha dado a otra una garantía y la otra ha confiado en la garantía en su detrimento .

Valor monetario de la contraprestación

En general, los tribunales no investigan si el acuerdo entre dos partes fue equitativo en términos monetarios, sino simplemente si cada parte transmitió alguna obligación o deber legal a la otra parte. [31] [32] La cuestión decisiva es la presencia de una contraprestación, no la suficiencia de la misma. Los valores entre las contraprestaciones transmitidas por cada parte de un contrato no tienen por qué ser comparables.

Por ejemplo, si A ofrece a B 200 dólares para comprarle su mansión, su lujoso auto deportivo y su jet privado, ambas partes deben pagar una contraprestación. La contraprestación de A es de 200 dólares y la de B es la mansión, el auto y el jet. Los tribunales de los Estados Unidos generalmente dejan que las partes se ocupen de sus propios contratos y no intervienen. La antigua regla inglesa de la contraprestación cuestionaba si una parte le había dado a la otra el valor de un grano de pimienta . Como resultado, en los contratos de los Estados Unidos a veces una de las partes ha dado cantidades nominales de contraprestación, generalmente citando 1 dólar. Por lo tanto, los contratos de licencia que no implican dinero en absoluto a menudo citan como contraprestación "la suma de 1 dólar y otra contraprestación buena y valiosa".

Sin embargo, algunos tribunales de los Estados Unidos pueden estar en desacuerdo con las contraprestaciones nominales o con contraprestaciones que prácticamente no tienen valor. Algunos tribunales han pensado desde entonces que esto era una farsa. Dado que las disputas contractuales suelen resolverse en tribunales estatales, algunos tribunales estatales han determinado que el simple hecho de proporcionar un dólar a otra persona no es una obligación legal suficiente y, por lo tanto, no se considera una contraprestación legal en este tipo de acuerdos y, en consecuencia, no se forma un contrato. Sin embargo, esta es una posición minoritaria. [33]

Deberes legales preexistentes

Una parte que ya tiene el deber legal de proporcionar dinero, un objeto, un servicio o una tolerancia, no proporciona una contraprestación cuando promete simplemente cumplir con ese deber. [7] [34] [35] [36] Ese deber legal puede surgir de la ley o de una obligación en virtud de un contrato anterior.

El ejemplo más claro de este subproblema es el de un tío que le hace a su sobrino de trece años (residente del estado de Nueva York) la siguiente oferta: "si no fumas ni bebes alcohol hasta que cumplas 18 años, te pagaré 5.000 dólares". El día que el sobrino cumple 18 años, le dice al tío que pague, y el tío no paga. En la demanda posterior, el tío gana, porque el sobrino, según la legislación penal estadounidense, ya tenía la obligación de abstenerse de fumar antes de cumplir 18 años y de beber alcohol antes de cumplir 21.

Lo mismo se aplica si la contraprestación es una prestación que las partes habían pactado previamente. Por ejemplo, A acepta pintar la casa de B por $500, pero a mitad del trabajo A le dice a B que no terminará a menos que B aumente el pago a $750. Si B acepta y A termina el trabajo, B solo necesita pagarle a A los $500 originalmente acordados, porque A ya estaba contractualmente obligado a pintar la casa por esa cantidad.

Una excepción a esta regla se aplica a los acuerdos , como un acuerdo de pago y satisfacción . Si un acreedor tiene un crédito contra un deudor por $10,000 y ofrece liquidarlo por $5,000, sigue siendo vinculante, si lo acepta, incluso si el deudor tenía la obligación legal de reembolsar la totalidad de los $10,000.

Las obligaciones preexistentes relacionadas con el empleo a voluntad dependen en gran medida de la ley estatal. En general, el empleo a voluntad permite al empleador despedir al empleado por una buena razón o incluso sin motivo alguno (siempre que la razón, si la hay, no sea explícitamente ilegal ) y permite al empleado renunciar por cualquier motivo. No hay obligaciones de empleo continuo en el futuro. Por lo tanto, cuando un empleado exige un aumento, no hay problema con la contraprestación porque el empleado no tiene la obligación legal de continuar trabajando. De manera similar, cuando un empleador exige una reducción salarial, tampoco hay problema contractual con la contraprestación, porque el empleador no tiene la obligación legal de continuar empleando al trabajador. Sin embargo, ciertos estados requieren una contraprestación adicional además de la perspectiva de empleo continuo, para hacer cumplir los términos exigidos posteriormente por el empleador, en particular, las cláusulas de no competencia.

Términos agrupados

Los contratos en los que un término sin valor legal se combina con un término que sí lo tiene generalmente siguen siendo ejecutables.

Consideremos la situación del tío antes mencionada. Si el mismo tío le hubiera hecho a su sobrino de 13 años la siguiente oferta: "si no fumas cigarrillos, no bebes alcohol, no dices malas palabras ni juegas a las cartas por dinero (apuestas) antes de cumplir 21 años, entonces te pagaré $5,000". El día que el sobrino cumple 21 años, le pide al tío que pague y esta vez, en la demanda posterior, el sobrino puede ganar. [37] Aunque la promesa de no beber alcohol ni jugar mientras sea menor de 21 años no era una contraprestación valiosa (ya estaba legalmente prohibido), la mayoría de los estados permiten fumar a los 18 años y decir malas palabras no es ilegal a ninguna edad. Aunque fumar está legalmente restringido hasta los 18 años, es legal para los mayores de 18 años y, por lo tanto, la promesa de abstenerse por completo de hacerlo tiene valor legal. Sin embargo, el tío seguiría estando exento de responsabilidad si su sobrino bebiera alcohol, aunque esa contraprestación carece de valor, porque se asoció a algo de valor legal; por lo tanto, es necesario el cumplimiento de todo el convenio colectivo.

Consideración pasada

En general, la contraprestación pasada no es una contraprestación válida y no tiene valor legal. La contraprestación pasada es una contraprestación que ya ha fluido del beneficiario de la promesa al promitente. Es decir, el acto o la abstención del beneficiario de la promesa es anterior a la promesa del promitente. Por lo tanto, la contraprestación pasada no puede utilizarse como base para reclamar daños y perjuicios. [38]

Una excepción a esta regla es cuando existe una obligación contraída con un tercero. Un acto realizado antes de la promesa de realizar un pago o de otorgar algún otro beneficio puede ser a veces una contraprestación por la promesa. Para que esto sea así, deben cumplirse tres condiciones (Pao On v Lau Yiu Long [1980]):

  1. El acto debe haberse realizado a petición del promitente.
  2. Las partes deben haber entendido que el acto debía ser remunerado ya sea mediante un pago o mediante la concesión de algún otro beneficio.
  3. El pago/concesión del beneficio debe haber sido legalmente exigible si se hubiera prometido por adelantado.

Contratos de opción y contraprestación condicional

Generalmente, la contraprestación condicional es una contraprestación válida.

Supongamos que A es guionista de películas y B dirige una productora cinematográfica. A le dice a B: "Compra mi guión". B le dice: "¿Qué te parece esto? Te pagaré 5.000 dólares para que no dejes que nadie más produzca tu película hasta dentro de un año. Si produzco tu película ese año, te daré otros 50.000 dólares y nadie más podrá producirla. Si no produzco tu película ese año, eres libre de irte". Si posteriormente los dos entran en una disputa, se resuelve la cuestión de si existe un contrato. B tenía un contrato de opción: podía decidir producir el guión o no. La contraprestación de B fue el pago inicial de 5.000 dólares y la posibilidad de 50.000 dólares. La contraprestación de A fue los derechos exclusivos del guión de la película durante al menos un año.

En los asentamientos

Supongamos que B comete un delito contra A, lo que le ocasiona una indemnización compensatoria de 5.000 dólares y una indemnización punitiva de 3.000 dólares . Como no hay garantía de que A gane contra B si acude a los tribunales, A puede aceptar abandonar el caso si B paga la indemnización compensatoria de 5.000 dólares. Esta es una contraprestación suficiente, ya que la contraprestación de B es una recuperación garantizada y la contraprestación de A es que B solo tiene que pagar 5.000 dólares, en lugar de 8.000.

Crítica

La principal crítica a la doctrina de la contraprestación es que, en su forma actual, es puramente una formalidad que sólo sirve para complicar el comercio y crear incertidumbre jurídica al abrir contratos que de otro modo serían simples al escrutinio sobre si la contraprestación supuestamente ofrecida satisface los requisitos de la ley. Si bien el propósito de la doctrina era ostensiblemente proteger a las partes que intentan anular contratos opresivos, esto se logra actualmente mediante el uso de una variedad sofisticada de defensas disponibles para la parte que intenta anular un contrato. En la práctica, la doctrina de la contraprestación ha dado lugar a un fenómeno similar al del Ḥiyal en los contratos islámicos, por el cual las partes de un contrato utilizan tecnicismos para satisfacer los requisitos mientras que en realidad los eluden en la práctica. Por lo general, esto se describe a menudo en la forma de una contraprestación "peppercorn" , es decir, una contraprestación que es trivial pero que aún satisface los requisitos de la ley, aunque los textos y comentaristas que hacen tales afirmaciones tienen una base creíble para hacerlo. [g]

La doctrina de la contraprestación es expresamente rechazada por los Principios UNIDROIT sobre Contratos Comerciales Internacionales , sobre la base de que genera incertidumbre y litigios innecesarios, obstaculizando así el comercio internacional. [40] De manera similar, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías tampoco exige la contraprestación para que un contrato sea válido, excluyendo así la doctrina con respecto a los contratos cubiertos por la convención incluso en jurisdicciones de derecho consuetudinario donde de otro modo se aplicaría. En consecuencia, la existencia continua de la doctrina en jurisdicciones de derecho consuetudinario es controvertida. El " Código de Contratos " del abogado escocés Harvey McGregor , una propuesta patrocinada por la Comisión de Derecho para unificar y codificar el Derecho inglés y escocés, propuso la abolición de la contraprestación. Algunos comentaristas han sugerido que la contraprestación se reemplace por el impedimento como base para los contratos. [41] Sin embargo, cualquier cambio a la doctrina de la contraprestación en las jurisdicciones en las que existe necesitaría implementarse por legislación. [h]

Véase también

Notas

  1. ^ Si el objeto o la contraprestación de un acuerdo es realizar un acto prohibido por la ley, el acuerdo es nulo. Por ejemplo, A promete a B obtener empleo en el servicio público y B promete pagar Rs un lakh a A. El acuerdo es nulo ya que está prohibido obtener un trabajo en el gobierno por medios ilegales.
  2. ^ Por ejemplo, A toma prestado 100 rupias de B y firma un contrato de trabajo para B sin remuneración durante un período de 2 años. En caso de incumplimiento, A debe el capital de inmediato y una enorme cantidad de intereses. Este contrato se considera nulo porque implica daños a la persona.
  3. ^ Son nulos los acuerdos que tienden a ser perjudiciales para el público o contra el bien público. Por ejemplo, los acuerdos de comercio con un enemigo extranjero, los acuerdos para cometer un delito, los acuerdos que interfieren con la administración de justicia, los acuerdos que interfieren con el curso de la justicia, la represión de la persecución, la manutención y la champerty . [23]
  4. ^ Se trata de dos categorías: una de ellas son los acuerdos que restringen el cumplimiento de los derechos y la otra, los acuerdos que acortan el período de prescripción.
  5. ^ Los acuerdos para la venta o transferencia de cargos públicos y títulos o para la obtención de un reconocimiento público como Padma Vibhushan o Padma Shri , etc. a cambio de una contraprestación monetaria son ilegales, ya que se oponen al orden público.
  6. ^ Los acuerdos que restrinjan indebidamente la libertad personal de las partes son nulos por ser contrarios al orden público.
  7. ^ Por ejemplo, algunos pueden afirmar que aceptar vender un automóvil por un centavo puede constituir un contrato vinculante, aunque no se han citado casos en los que el tribunal haya reconocido como suficiente una compensación tan trivial. [39]
  8. ^ Como afirmó célebremente Lord Justice Denning : "La doctrina de la contraprestación está demasiado firmemente arraigada como para que un viento de costado la derribe". [42]

Referencias

  1. ^ Currie contra Misa (1875) LR 10 Ex 893
  2. ^ Wade contra Simeón (1846) 2 CB 548
  3. ^ White contra Bluett (1853) 2 WR 75
  4. ^ Bronaugh R. (1976). Acuerdo, error y objetividad en la teoría de negociación del conflicto. William & Mary Law Review .
  5. ^ Caso de Pinnel (1602) 5 Co Rep 117a
  6. ^ Jorden contra Money (1854) 5 HLC 185
  7. ^ ab Foakes v Beer [1884] UKHL 1, 9 App Cas 605, (1883-84) LR 9 App Cas 605, (1884) 9 App Cas 605 (16 de mayo de 1884)
  8. ^ Tweddle contra Atkinson , (1861) 1 B&S 393
  9. ^ De la Bere contra Pearson [1908] 1 KB 280
  10. ^ Chappell contra Nestlés [1960] AC 87
  11. ^ El Barón del Atlántico [1979] QB 705 (también conocido como North Ocean Shipping contra Hyundai Construction)
  12. ^ Roscorla contra Thomas (1842) 3 QB 234
  13. ^ Re McArdle [1951] Cap. 669
  14. ^ Lampleigh contra Braithwaite (1615) Hob 105
  15. ^ Kennedy contra Broun (1863) 13 CB (NS) 677
  16. ^ Re Casey's Patents (también conocido como Stewart v Casey) [1893] 1 Cap. 104
  17. ^ Pao On contra Lau Yiu Long [1980] AC 614 (PC)
  18. ^ Stilk contra Myrick (1809), 2 campamento 317
  19. ^ Hartley contra Ponsonby (1857) 7 E&B 872
  20. ^ Glasbrook Bros contra Glamorgan CC [1925] AC 270
  21. ^ Williams contra Roffey [1990] 2 WLR 1153
  22. ^ Ley de Contratos de la India de 1872, art . 2d
  23. ^ "Un tribunal de justicia puede rechazar un contrato que se oponga al orden público incluso si dicho contrato es beneficioso para todas las partes del contrato. Qué consideraciones y objetivos son lícitos y cuáles no – Newar Marble Industries Pvt. Ltd. Vs. Rajasthan State Electricity Board , Jaipur, 1993 Cr. LJ 1191 en 1197, 1198 [Raj.]"
  24. ^ Código Civil alemán, § 311, consultado el 15 de julio de 2017
  25. ^ Ver: Código de contrato de Harvey McGregor
  26. ^ p. ej. PS Atiyah, 'Consideración: una reformulación' en Ensayos sobre contratos (1986) p.195, Oxford University Press
  27. ^ Central London Property Trust Ltd. contra High Trees House Ltd. [1947] KB 130
  28. ^ Para una descripción detallada y autorizada de este proceso, véase AWB Simpson , A History of the Common Law of Contract: The Rise of the Action of Assumpsit ( Oxford University Press : Oxford, 1975).
  29. ^ Austotel contra Franklins (1989) 16 NSWLR 582
  30. ^ Waltons Stores (Interstate) Ltd v Maher [1988] HCA 7, (1988) 164 CLR 387, Tribunal Superior (Australia).
  31. ^ Thomas contra Thomas (1842)
  32. ^ Australian Woollen Mills Pty Ltd v The Commonwealth [1954] HCA 20, (1954) 92 CLR 424, Tribunal Superior (Australia).
  33. ^ "Corte Suprema de Texas (1464-EIGHT, LTD. & MILLIS MANAGEMENT CORP, v. GAIL ANN JOPPICH Véase la sección III)". Archivado desde el original el 2013-06-16 . Consultado el 2012-06-15 .
  34. ^ Andrew Hennessey v Architectus Group Holdings Pty Ltd [2010] NSWSC 1390, Tribunal Supremo (Nueva Gales del Sur, Australia)
  35. ^ Stilk contra Myrick [1809] EWHC J58 (KB), (1809) 170 ER 1168.
  36. ^ Wigan contra Edwards (1973) 1 ALR 497.
  37. ^ Hamer v Sidway |paralelo=(1891) 124 NY 538
  38. ^ ver Roscorla v Thomas [1842] EWHC J74, (1842) 114 ER 496.
  39. ^ Chappell & Co Ltd v. Nestle Co Ltd [1959] 2 All ER 701 en el que se sostuvo que los envoltorios de tres barras de chocolate eran parte de la contraprestación por la venta y compra de una grabación musical, aunque quienes hacen referencia a este caso parecen ignorar la importancia de los tres envoltorios en relación con la estrategia de marketing de Nestlé.
  40. ^ Principios uniformes de los contratos comerciales internacionales, 2016
  41. ^ p. ej. PS Atiyah, 'Consideración: una reformulación' en Ensayos sobre contratos (1986) p.195, Oxford University Press
  42. ^ Central London Property Trust Ltd v High Trees House Ltd [2007] EWCA Civ 1329, [1947] KB 130, Tribunal de Apelación (Inglaterra y Gales).