Un privilegio marítimo , en la legislación inglesa y estadounidense y en otros lugares, es un aspecto específico del derecho marítimo relativo a un reclamo contra un buque por servicios prestados a este o por daños causados por este. [1]
El derecho de retención marítimo es una de las tres reclamaciones in rem que pueden interponerse en virtud de la legislación marítima del Reino Unido. Si bien es un instrumento de derecho consuetudinario , se ha codificado en virtud del artículo 21(3) de la Ley de Tribunales Superiores de 1981 [2] junto con los artículos 21(2) [3] y 21(4), [4] sus contrapartes legales. El derecho de retención marítimo y la hipoteca naval tienen un único término correspondiente en el derecho civil , a saber, la hipoteca naval .
El derecho de retención marítimo es un instrumento de propiedad , lo que significa que se refiere a la propiedad: la res . Esto incluye el buque (que también cubre sus accesorios y equipo), los servicios prestados a este o los daños causados por esa propiedad. Por ejemplo, un caso estadounidense de 2006 nombró al buque ( M/V Henrich S) y "sus motores, aparejos, redes, equipo, ropa, accesorios, etc., in rem " como demandado . [1] Los derechos incluyen jus in re (derecho sobre la propiedad) y jus in rem (derecho contra la propiedad). Esto significa que el derecho de retención trata al buque como el infractor ; sin embargo, se dice que el derecho de retención "obliga" [5] al propietario a representar a la res .
El privilegio marítimo es un derecho privilegiado sobre la propiedad marítima que se vincula a la res desde el momento en que surge una causa de acción. Permanece "incipiente" [6] hasta que se emite una orden judicial. Al permanecer invisible desde el momento de la vinculación, el privilegio puede sobrevivir a un cambio de titularidad, incluso por parte de un comprador de buena fe .
Dos diferencias significativas entre los privilegios marítimos, que sólo existen en el derecho marítimo, y el derecho de retención que existe en el derecho civil general son (1) que en el derecho civil general, "lo anterior en el tiempo es anterior en el derecho", es decir, los derechos del titular del privilegio con el privilegio más antiguo son superiores a los de los titulares de privilegios posteriores, mientras que en el derecho marítimo los derechos del titular del privilegio más reciente son superiores, y (2) todos los privilegios marítimos son superiores a todos los privilegios no marítimos. Por ejemplo, en los Estados Unidos, un privilegio fiscal federal, que es un privilegio no marítimo, está subordinado a todo privilegio por suministros, combustible, reparaciones, etc., que son todos privilegios marítimos.
Normalmente, un privilegio marítimo se relaciona con las diferentes transacciones marítimas en la jurisdicción marítima y crea los derechos marítimos. Se crea por ley, como la Ley de hipotecas de buques .
Las características del privilegio marítimo son las siguientes:
Aunque existe una lista reconocida por la jurisdicción marítima , las definiciones y los criterios no son los mismos en el derecho marítimo de las distintas jurisdicciones. Por ejemplo, los proveedores de combustible no están protegidos por el derecho marítimo en virtud de la legislación del Reino Unido. Sin embargo, el proveedor de combustible puede tener derecho de retención en los EE. UU. si puede satisfacer todos los requisitos legales. En el Reino Unido existe una lista cerrada de situaciones en las que surge un derecho de retención marítimo, a saber: salvamento, [7] salarios de los marineros, [8] daños causados por un buque debido a un acto ilícito de maniobra, [9] pago a la gruesa (aunque esto ya no se utiliza) y remuneraciones y desembolsos de los capitanes. [10]
El derecho de retención del armador es un derecho posesorio, que constituye la principal diferencia entre este derecho y otros derechos de retención marítimos. El derecho de retención sólo puede aplicarse a las mercancías que entrega el armador cuando el cargador es la parte contractual. Puede dar derecho al armador a retener las mercancías como garantía del pago de una deuda. El derecho de retención contractual del armador se encuentra actualmente en todos los contratos de transporte de mercancías por mar y puede reclamarse si los cargadores no pagan la deuda a tiempo. Sin embargo, algunas autoridades afirman que no hay diferencia entre el derecho de retención del armador y el derecho de retención marítimo.
La acción in rem (propiedad) es una acción separada de la acción in personam . La acción se dirige contra la propiedad marítima, como el buque , la carga o el flete , pero no contra el propietario. Este concepto es la razón por la que se dice que una acción de este tipo se dirige contra “todo el mundo”.
Los demandantes se aprovechan de la acción in rem , en lugar de la acción in personam , porque una acción in rem es más fácil y cómoda de iniciar. Es más difícil, en una acción in personam , citar al demandado mediante un escrito fuera de la jurisdicción, a menos que el demandado sea residente de países de la UE o de la AELC . Además, los procesos para encontrar al legítimo propietario del buque, el demandado, son muy complicados y llevan mucho tiempo debido al registro complejo e inconsistente de los buques en diferentes países. Una acción con respecto a un buque a casco desnudo se enfrentará con frecuencia a este problema.
La acción marítima in rem se refiere a cuando las reclamaciones y el buque se encuentran dentro de la jurisdicción marítima, un lugar adecuado y seguro para que los demandantes puedan solicitar una indemnización. Si el demandado no proporciona garantías suficientes como compensación, el tribunal puede vender la “res” para lograr la satisfacción de la reclamación.
Una acción marítima in rem en Inglaterra tiene dos ventajas distintas .
1) La presentación de la demanda en Inglaterra garantiza la jurisdicción del Tribunal del Almirantazgo inglés, aunque puede ser objeto de controversia. [11] Londres es mundialmente conocida por su aplicación justa, eficiente y coherente del derecho marítimo. También promueve la certidumbre que exige el derecho comercial. La demanda puede presentarse contra buques extranjeros. [12]
2) Tiene el efecto de convertir al reclamante en un acreedor garantizado, de modo que en caso de insolvencia el reclamante será preferido sobre otras partes acreedoras, asegurando así una reparación financiera prioritaria. [13] Además, un privilegio marítimo tendrá prioridad sobre otros acreedores garantizados y solo se ubica después de los costos que surjan del embargo y la venta del buque.
Aunque el derecho de retención marítimo está vinculado a la propiedad marítima, cualquiera que sea el propietario del buque, es posible liberarlo o eliminarlo de varias maneras. Estas incluyen el pago de las reclamaciones, la renuncia , la negligencia , la ejecución hipotecaria y la venta o destrucción de la res.
El titular del derecho de retención puede renunciar al derecho de retención marítimo por intención expresa o implícita. La intención de renunciar al derecho de retención debe demostrarse claramente ante el tribunal y se tendrá en cuenta el crédito del titular del derecho de retención.
La negligencia es una forma de preclusión por demora. Si una persona no embarga el buque dentro de un tiempo razonable, puede resultar en la cancelación del reclamo original. El tiempo de demora se determinará caso por caso. La idea es que el titular debe demostrar diligencia al ejercer el derecho de retención.
Otro método es la venta judicial internacional , que también elimina el embargo del derecho de retención . El nuevo propietario del buque recibirá el buque con un título de propiedad limpio. Esta regla podría aplicarse en caso de venta judicial internacional, como una acción in rem .
La destrucción de la res da lugar a la extinción del derecho de retención. En este caso, el derecho de retención se elimina cuando se destruye todo el buque. Sin embargo, la destrucción parcial del buque no eliminará el derecho de retención y este quedará vinculado a la parte restante del buque.
El “ derecho aplicable ” es la decisión sobre qué derecho territorial debe regir el contrato, define las obligaciones de las partes contractuales y determina si el contrato es válido y legal. También determina los efectos y condiciones de la ejecución. La selección del “derecho aplicable” para juzgar el contrato marítimo es una tarea difícil en la Jurisdicción del Almirantazgo porque la cuestión de si la ejecución del privilegio marítimo está permitida por el derecho internacional puede depender de la interpretación del derecho del país donde se desarrolla el litigio. Por lo tanto, la cuestión es sobre la prioridad del derecho donde se creó el privilegio ( lex loci ), en contraposición al derecho del lugar donde el tribunal ejerce la jurisdicción ( lex fori ). Por ejemplo, en la República de Corea, los tribunales coreanos deben recurrir al derecho del país del buque. [14]
La respuesta se encuentra en la aplicación de una multiplicidad de procesos de análisis de contratos. El tribunal sopesará y analizará todos los factores relacionados entre la transacción y los respectivos sistemas jurídicos mediante un análisis caso por caso. Los factores pueden incluir: (a) la necesidad del sistema internacional; (b) la protección de la expectativa justificada; (c) la facilidad en la determinación y aplicación de la ley que se aplicará; (d) las políticas pertinentes de otros estados interesados; (e) el lugar del agravio; (f) la ley del pabellón; (g) la lealtad o domicilio de la parte perjudicada; (h) la ley del foro; (i) el lugar del contrato; (j) la lealtad del armador demandado, etc. La decisión perfecta será el resultado de un equilibrio entre los factores pertinentes.
Sin embargo, los tribunales estadounidenses elegirán los factores que podrían aplicarse para proteger a los estadounidenses. Si los factores pertinentes indican que se debe elegir el derecho internacional, el caso puede desestimarse por razones de forum non conveniens . Si la elección de la ley es aplicar la ley estadounidense, el tribunal conservará la jurisdicción. La razón de esto es que la Ley Federal de Privilegios Marítimos se utiliza para proteger a los estadounidenses, no a los extranjeros.