El uso militar de escuelas es un término utilizado para referirse a las diversas actividades que las fuerzas armadas nacionales y los grupos armados no estatales llevan a cabo dentro y alrededor de escuelas, universidades y otras instalaciones educativas, en apoyo de su esfuerzo militar. [1] Ejemplos de esto incluyen el uso de una escuela o una universidad como cuarteles o bases , para despliegues ofensivos o defensivos, para el almacenamiento de armas o municiones, para el entrenamiento militar de soldados, como puestos de observación y como centro de detención.
El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha alentado a todos los "Estados Miembros a adoptar medidas concretas para disuadir ese uso de las escuelas por parte de fuerzas armadas y grupos armados". [2]
Según el Secretario General de las Naciones Unidas : "El uso de las escuelas con fines militares pone a los niños en riesgo de ser atacados y obstaculiza su derecho a la educación ... Ese uso de las escuelas no sólo da lugar a una menor matriculación y a unas elevadas tasas de deserción escolar, especialmente entre las niñas, sino que también puede hacer que las escuelas se consideren objetivos legítimos de ataque". [3]
Según la Coalición Mundial para Proteger la Educación de Ataques, entre 2005 y 2015 hubo casos de uso militar de escuelas en Afganistán, Birmania/Myanmar, República Centroafricana, Chad, Colombia, Côte d'Ivoire, República Democrática del Congo, Egipto, Etiopía, Georgia, India, Indonesia, Iraq, Israel/Territorio Palestino Ocupado, Kenia, Libia, Malí, Myanmar, Nepal, Nigeria, Pakistán, Filipinas, Somalia, Sudán del Sur, Sri Lanka, Sudán, Siria, Tailandia, Uganda, Ucrania, Yemen y Zimbabwe. [4] [5]
El informe de 2016 del Secretario General de las Naciones Unidas sobre los niños y los conflictos armados documentó el uso militar de las escuelas en 14 países por al menos 10 fuerzas armadas nacionales y múltiples grupos armados. Según el informe, los siguientes grupos utilizaron las escuelas con fines militares durante 2015: las Fuerzas Nacionales de Defensa y Seguridad del Afganistán, así como los talibanes y un grupo afiliado al EIIL en el Afganistán; las facciones de la antigua Séléka en la República Centroafricana; el ejército colombiano y las FARC-EP en Colombia; las fuerzas armadas congoleñas y los grupos armados en la República Democrática del Congo; las fuerzas de seguridad iraquíes y el EIIL en el Iraq; el Consejo Shura de Darnah Mujahideen en Libia; grupos armados en Malí; el Tatmadaw (fuerzas armadas del gobierno) en Myanmar; las fuerzas de seguridad nigerianas y Boko Haram en Nigeria; las Fuerzas Armadas de Filipinas y grupos paramilitares, y los Combatientes Islámicos por la Libertad de Bangsamoro en Filipinas; el Ejército Nacional Somalí en Somalia; el Ejército de Liberación del Pueblo de Sudán y otras fuerzas gubernamentales y el Movimiento/Ejército de Liberación del Pueblo de Sudán en la Oposición en Sudán del Sur; fuerzas gubernamentales en Siria; fuerzas hutíes, comités populares y grupos armados desconocidos en Yemen. [6]
En virtud de la Resolución 1998 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 2011, el Consejo de Seguridad instó a "las partes en conflictos armados a abstenerse de acciones que impidan el acceso de los niños a la educación", y solicitó al Secretario General de las Naciones Unidas que "vigile e informe... sobre el uso militar de las escuelas... en contravención del derecho internacional humanitario...". [7]
En virtud de la Resolución 2143 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 2014, el Consejo de Seguridad expresó "profunda preocupación por el uso militar de las escuelas en contravención del derecho internacional aplicable , reconociendo que ese uso puede convertir a las escuelas en objetivos legítimos de ataque, poniendo así en peligro la seguridad de los niños y los maestros, así como la educación de los niños". [8] Además, el Consejo de Seguridad instó a "todas las partes en los conflictos armados a respetar el carácter civil de las escuelas de conformidad con el derecho internacional humanitario "; alentó a "los Estados Miembros a considerar medidas concretas para disuadir el uso de las escuelas por las fuerzas armadas y los grupos armados no estatales en contravención del derecho internacional aplicable"; instó a "los Estados Miembros a garantizar que los ataques a las escuelas en contravención del derecho internacional humanitario sean investigados y los responsables debidamente procesados"; y pidió "a los equipos de tareas de las Naciones Unidas a nivel de país que mejoren el seguimiento y la presentación de informes sobre el uso militar de las escuelas". [8]
En 2015, el Consejo de Seguridad reforzó su lenguaje y en la Resolución 2225 alentó a todos los “Estados Miembros a adoptar medidas concretas para disuadir el uso de las escuelas por parte de fuerzas armadas y grupos armados”. [2]
La legalidad del uso militar de las escuelas se rige por una combinación de derecho internacional humanitario (también conocido como "derecho de los conflictos armados"), derecho internacional de los derechos humanos y derecho interno . [9]
El derecho internacional humanitario limita, pero no siempre prohíbe, el uso de escuelas con fines militares . Las partes en un conflicto armado deben, en la medida de lo posible, a) evitar ubicar objetivos militares dentro o cerca de zonas densamente pobladas, incluidos los lugares donde es probable que se ubiquen escuelas y universidades; b) procurar alejar a la población civil, a las personas civiles y a los bienes de carácter civil que estén bajo su control de la proximidad de los objetivos militares; y c) tomar las demás precauciones necesarias para proteger a las escuelas y universidades que estén bajo su control contra los peligros resultantes de las operaciones militares. [10] [11] [12] [13]
Según el Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre los niños y los conflictos armados: “El derecho internacional humanitario prohíbe a las fuerzas y grupos armados utilizar las escuelas mientras los niños y los profesores las utilizan con fines educativos”. [14] Y según Human Rights Watch es “ilegal utilizar una escuela simultáneamente como bastión armado y como centro educativo”. [15]
En virtud del Cuarto Convenio de Ginebra , aplicable durante los conflictos armados internacionales, una potencia ocupante deberá, con la cooperación de las autoridades nacionales y locales, "facilitar el buen funcionamiento de todas las instituciones dedicadas al cuidado y la educación de los niños". [16]
De conformidad con el Protocolo Adicional II , aplicable durante los conflictos armados no internacionales, es una "garantía fundamental" que los niños reciban una educación conforme a los deseos de sus padres. [17]
El Pacto Roerich establece que “las instituciones educativas serán consideradas neutrales y, como tales, respetadas y protegidas por los beligerantes… El mismo respeto y protección se concederá a las instituciones educativas tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra”. [18]
El derecho internacional de los derechos humanos garantiza a los estudiantes, profesores y personal educativo el derecho a la vida, a la libertad personal y a la seguridad. [19] Los Estados también están obligados a garantizar en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo de los niños. [20]
Además, toda persona tiene derecho a la educación. [20] [21] Con miras a lograr la plena realización de este derecho, los Estados harán que la enseñanza primaria sea obligatoria y gratuita para todos; la enseñanza secundaria sea generalmente disponible y accesible a todos; y la enseñanza superior sea igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad. [20] [21] En virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño , los Estados deben adoptar medidas para alentar la asistencia regular de los niños a las escuelas y la reducción de las tasas de deserción escolar. [20]
Al explicar el derecho a la educación previsto en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales , el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas ha declarado que "existe una fuerte presunción de inadmisibilidad de cualquier medida regresiva adoptada en relación con el derecho a la educación... Si se adoptan medidas deliberadamente regresivas, el Estado Parte tiene la carga de demostrar que se han introducido después de la consideración más cuidadosa de todas las alternativas y que están plenamente justificadas en relación con la totalidad de los derechos previstos en el Pacto y en el contexto del pleno uso de los máximos recursos disponibles del Estado Parte".
El Comité de los Derechos del Niño , el órgano de expertos independientes que examina la adhesión de los países a la Convención sobre los Derechos del Niño , ha respondido a la evidencia del uso militar de las escuelas pidiendo su cese, [22] [23] [24] [25] la investigación imparcial y el procesamiento de los responsables, [22] [26] la pronta y completa reparación de cualquier daño causado, [27] y la prohibición del uso militar de las escuelas en la legislación nacional. [28]
El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer , el órgano de expertos independientes que examina la adhesión de los países a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer , también ha pedido la prohibición de la ocupación de escuelas por las fuerzas de seguridad en zonas afectadas por conflictos armados, en respuesta a la evidencia de acoso sexual de niñas y deserción escolar debido a la presencia de fuerzas de seguridad en los terrenos escolares, y la prohibición del uso militar de las escuelas en la legislación nacional. [29]
Algunos países han adoptado leyes que prohíben o restringen el uso militar de escuelas y universidades. Algunas fuerzas armadas nacionales y grupos armados no estatales han prohibido o regulado esa práctica mediante manuales militares u órdenes generales . [30] Mientras tanto, los tribunales nacionales también han pedido a las fuerzas nacionales que desalojen las escuelas. [9]
Ley de Educación Superior de Argentina (1995): “La fuerza pública no puede ingresar a las universidades nacionales sin orden previa y escrita de juez competente o requerimiento de la autoridad universitaria legalmente constituida”. [31]
Código de Protección de la Infancia de la República Centroafricana (2020): “Se prohíbe toda ocupación de escuelas. Quien haya ocupado una escuela será castigado con una pena de prisión de diez (10) a veinte (20) años y/o una multa de 5.000.000 a 20.000.000 de francos.” [32]
Ley de Educación Superior del Ecuador (2010): “Los recintos de las universidades y escuelas politécnicas son inviolables… Cuando sea necesaria la protección de la fuerza pública, el representante legal de la institución solicitará el auxilio correspondiente… Quienes violen estos recintos serán sancionados de conformidad con la ley.” [33]
Ley de requisición y adquisición de bienes inmuebles de la India (1952): “[N]inguna propiedad o parte de ella… utilizada exclusivamente… como escuela… o con el propósito de alojamiento de personas relacionadas con la administración de… dicha escuela… será requisada”. [34]
Ley de Defensa de Irlanda (1954): "Nada de lo dispuesto en esta sección [sobre maniobras militares] autorizará… la entrada o interferencia en (excepto en la medida de utilizar cualquier camino) cualquier… escuela… [o] terreno adjunto a cualquier… escuela…" [35]
Ley de Filipinas que establece una mayor disuasión y una protección especial contra el abuso, la explotación y la discriminación de los niños (1992): “Las infraestructuras públicas, como las escuelas… no se utilizarán para fines militares, como puestos de mando, cuarteles, destacamentos y depósitos de suministros…” [36]
Filipinas, Ley de Protección Especial de los Niños en Situaciones de Conflicto Armado (2019): “Toda persona declarada culpable de cometer [ocupación de escuelas o interrupción de actividades educativas] ... sufrirá una pena de prisión de no menos de catorce (14) años pero no más de veinte (20) años y una multa de no menos de un millón de pesos (P 1,000,000.00) pero no más de dos millones de pesos (P 2,000,000.00)”. [37]
Ley de alojamiento de las Fuerzas Armadas de Polonia (1995): "Los siguientes tipos de bienes inmuebles no están sujetos a alojamiento temporal: ... bienes inmuebles de instituciones de educación superior..." [38]
Colombia, Orden del Comandante General de las Fuerzas Militares de 6 de julio de 2010 : “Considerando las normas del Derecho Internacional Humanitario, se considera una clara violación del Principio de Distinción y del Principio de Precaución en los ataques y, por tanto, una falta grave, el hecho de que un comandante ocupe o permita la ocupación por sus tropas, de… instituciones públicas como establecimientos educativos…” [39]
Nueva Zelanda, Manual de Derecho de las Fuerzas Armadas, 2019: “Los comandantes [de las Fuerzas de Defensa de Nueva Zelanda] deben tomar todas las medidas posibles para proteger el derecho de los niños a recibir educación. El uso y la ocupación de escuelas y otras instituciones educativas obviamente inhibe el ejercicio de este derecho y debe evitarse siempre que sea posible. Cuando, por razones militares, sea necesario que la fuerza utilice una institución de ese tipo, por ejemplo para alojar personal, almacenar material o como parte de una posición defensiva, deben tomarse todas las medidas posibles, en consulta con las autoridades locales, para garantizar que se reduzcan al máximo las interrupciones en la educación de los niños. Esto puede incluir la identificación y facilitación del uso de otras instalaciones adecuadas para tales fines... Los miembros de la NZDF no deben utilizar los edificios o instalaciones escolares para fines militares a menos que sea absolutamente necesario”. [40]
Filipinas, Fuerzas Armadas de Filipinas, Carta Directiva Nº 34 , 24 de noviembre de 2009: “Para alcanzar este objetivo, todo el personal [de las Fuerzas Armadas de Filipinas] deberá cumplir y respetar estrictamente lo siguiente: … La infraestructura básica, como las escuelas… no se utilizará para fines militares, como puestos de mando, cuarteles, destacamentos y depósitos de suministros”. [39]
Sudán del Sur, Orden del Jefe Adjunto del Estado Mayor para la Orientación Moral , 16 de abril de 2012: “Este acto de ocupación [de escuelas por nuestro ejército] es deplorable y viola las leyes de nuestro país. Además, están privando a nuestros niños de la educación que tanto necesitan… Por la presente les ordeno que evacuen urgentemente las… escuelas ocupadas por las fuerzas bajo sus órdenes directas… Si no se evacuan las escuelas mencionadas, se tomarán medidas disciplinarias severas y el acto es una grave violación de las leyes de nuestro país que tendrá consecuencias lamentables…” [41]
Manual conjunto de servicios del Reino Unido sobre el derecho de los conflictos armados (2004): "[L]a mejor opinión es que la ley también prohíbe: ... el uso de bienes culturales para fines que puedan exponerlos a destrucción o daños en un conflicto armado, a menos que no haya una alternativa viable a dicho uso... Los bienes culturales incluyen... instituciones dedicadas a... la educación..." [42]
Manual de campo de los Estados Unidos 27-10 (1956): “Los Estados Unidos y algunas de las repúblicas americanas son partes del llamado Pacto [Roerich], que otorga un estatus neutralizado y protegido a… instituciones educativas… en caso de guerra entre dichos Estados”. [43]
Corte Constitucional de Colombia , Yenys Osuna Montes vs. Alcaldesa del Municipio de Zambrano : “[E]l alcalde de la ciudad debe impedir que los miembros de la Fuerza Pública ingresen al recinto escolar para realizar prácticas, entrenamientos o para montar armas, municiones o desplegar personal armado, pues ello incrementaría el peligro para la comunidad estudiantil”. [44]
Tribunal Supremo de la India , Explotación de niños en orfanatos en el estado de Tamil Nadu contra la Unión de la India y otros : “[D]ebe garantizarse que en el futuro no se permita que las fuerzas armadas o de seguridad ocupen los edificios escolares y los albergues para ningún propósito…” [45]
El derecho internacional humanitario es vinculante para los grupos armados no estatales que participan en un conflicto armado. Para regular la conducta de sus fuerzas, muchos de esos grupos emiten órdenes, directivas, principios, normas o hacen declaraciones de su intención de adherirse a determinadas normas.
El Ejército Libre Sirio , Siria: “La ocupación [de escuelas] por fuerzas militares representa una violación directa del derecho nacional e internacional… [E]l Ejército Libre Sirio hoy declara su posición oficial prohibiendo la militarización de las escuelas y… y modificará su Proclamación de Principios para reflejarla. Esta declaración se difundirá entre todos nuestros batallones y guiará las acciones de nuestros miembros. Cualquier individuo que viole los principios enumerados en nuestra proclamación será considerado responsable, de conformidad con el derecho internacional. - Declaración firmada por el Presidente de la Coalición de la Oposición Siria y Jefe del Estado Mayor del Consejo Militar Supremo, Ejército Libre Sirio, 30 de abril de 2014 [46]
Coalición Nacional de Fuerzas de la Revolución y la Oposición Sirias , Siria: “Afirmamos nuestra responsabilidad de respetar el derecho internacional humanitario en todo momento, incluidas… las responsabilidades de… [r]espetar y proteger las escuelas y los hospitales, y abstenernos de utilizarlos en apoyo del esfuerzo militar, incluso ubicando objetivos militares dentro o cerca de ellos”. — Coalición Nacional de Fuerzas de la Revolución y la Oposición Sirias, Declaración de compromiso sobre el cumplimiento del DIH y la facilitación de la asistencia humanitaria, 2014 [46]
Trece actores no estatales han firmado el "Acta de compromiso para la protección de los niños de los efectos de los conflictos armados" elaborada por la organización no gubernamental Geneva Call, que incluye la disposición: "Evitaremos utilizar con fines militares escuelas o instalaciones utilizadas principalmente por niños". [47] Al 23 de marzo de 2015, las siguientes partes han firmado este instrumento: Frente Nacional Chin/Ejército (CNF/CNA) [Birmania/Myanmar]; Unión Nacional Karen/ Ejército de Liberación Nacional Karen (KNU/KNLA) [Birmania/Myanmar]; Partido Progresista Nacional Karenni/ Ejército Karenni (KNPP/KA) [Birmania/Myanmar]; Partido del Estado Nuevo Mon/Ejército de Liberación Nacional Mon (NMSP/MNLA) [Birmania/Myanmar]; Organización de Liberación Nacional Pa'O/Ejército de Liberación Nacional Pa-o (PNLO/PNLA) [Birmania/Myanmar]; Consejo Nacional Socialista de Nagaland (Khole-Kitovi) (NSCN-KK) [India]; Partido Democrático del Kurdistán iraní (PDKI) [Irán]; Partido Komala del Kurdistán iraní (KPIK) [Irán], Partido Komala del Kurdistán (KPK) [Irán], Komalah-Organización del Kurdistán del Partido Comunista de Irán, Komalah-Organización del Kurdistán del Partido Comunista de Irán (KDP-Irán) [Irán]; Autoadministración Democrática en Rojava / Unidades de Protección Popular / Unidades de Protección de la Mujer (YPG-YPJ) [Siria]; Fuerzas de Defensa del Pueblo/Partido de los Trabajadores del Kurdistán (HPG/PKK) [Turquía]. [48]
Del 26 al 28 de noviembre de 2012, expertos de todo el mundo se reunieron en el castillo de Lucens , en Lucens (Suiza), para debatir la elaboración de directrices internacionales para proteger mejor a las escuelas y universidades del uso militar. [49] El documento resultante se conoce como Proyecto de directrices de Lucens para la protección de las escuelas y universidades del uso militar durante los conflictos armados . El autor del Proyecto de directrices de Lucens es el profesor Steven Haines, catedrático de Derecho internacional público en la Universidad de Greenwich en Londres, que sirvió durante más de 30 años como oficial de las Fuerzas Armadas británicas . A lo largo del proceso de redacción, más de treinta estados y organizaciones internacionales hicieron declaraciones públicas en apoyo de la iniciativa.
En junio de 2014, Noruega anunció que lideraría el proceso para finalizar las Directrices y promover su aprobación e implementación. [50]
Las Directrices finales para la protección de las escuelas y universidades contra el uso militar durante los conflictos armados se dieron a conocer en diciembre de 2014 en Ginebra, en una reunión organizada por Noruega y Argentina . [51] Las Directrices instan a las partes en un conflicto armado a no utilizar las escuelas y universidades para ningún propósito en apoyo de su esfuerzo militar. Si bien reconocen que ciertos usos no serían contrarios al derecho de los conflictos armados, las Directrices describen medidas concretas como guía para la práctica responsable de todas las partes en conflicto para evitar afectar la seguridad y la educación de los estudiantes. Se elaboró una Declaración sobre Escuelas Seguras mediante consultas dirigidas por Noruega y Argentina durante la primera mitad de 2015. La Declaración brinda a los Estados la oportunidad de expresar un amplio apoyo político para la protección y la continuación de la educación en los conflictos armados, y para la implementación de las Directrices. La Declaración sobre Escuelas Seguras se abrió para su aprobación en una conferencia internacional en Oslo el 29 de mayo de 2015. [52]
En su informe anual de 2014 al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas , Leila Zerrougui , Representante Especial del Secretario General para la cuestión de los niños y los conflictos armados, acogió con satisfacción la publicación de las Directrices para la protección de las escuelas y universidades contra el uso militar durante los conflictos armados y alentó a los Estados miembros a adoptarlas. [53]