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Contumacia

La contumacia es la negativa obstinada a obedecer a la autoridad o, particularmente en derecho , el desacato deliberado a una orden o citación judicial (véase desacato al tribunal ). El término se deriva, según los etimólogos, de la palabra latina contumacia , que significa «firmeza» o «obstinación». [1]

En el derecho eclesiástico inglés , la contumacia era un desacato a la autoridad de un tribunal eclesiástico y se trataba mediante la emisión de un auto del Tribunal de Cancillería a instancias del juez del tribunal eclesiástico. Este auto reemplazó al de excommunicato capiendo en 1813, mediante una ley de Jorge III (véase excomunión ). [1]

En los EE. UU., si bien la contumacia no se menciona expresamente en la Constitución de los EE. UU ., los tribunales han afirmado durante mucho tiempo un poder inherente de los jueces para castigar dicha negativa, que en este contexto se conoce como desacato al tribunal . [ cita requerida ] La Corte Suprema de los EE. UU. reconoció el poder inherente de los tribunales federales para encarcelar a una persona por contumacia en 1812 en Estados Unidos v. Hudson & Goodwin sin una referencia a una definición de contumacia en el derecho consuetudinario o estatutario. [2]

Véase también

Referencias

  1. ^Por Chisholm 1911.
  2. ^ Estados Unidos v. Hudson & Goodwin, 11 US (7 Cranch) 32 - "Los tribunales de los Estados Unidos [...] tienen el poder de multar por desacato, encarcelar por contumacia y hacer cumplir la observancia de sus órdenes".

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