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Comunidad eclesial

En el derecho canónico de la Iglesia católica , una comunidad eclesial es un grupo religioso cristiano que no cumple con la definición católica de " Iglesia ". Aunque la palabra "eclesial" en sí significa "iglesia" o "reunión" en un sentido político en griego koiné , la Iglesia católica aplica el término "Iglesia" en el sentido propio sólo a las comunidades cristianas que, en su opinión, "poseen verdaderos sacramentos y sobre todo -debido a la sucesión apostólica- el sacerdocio y la Eucaristía ". [1]

La Iglesia Católica reconoce formalmente como "Iglesias" de naturaleza similar a sus propias Iglesias particulares ( diócesis e Iglesias autónomas o sui iuris ) a las Iglesias orientales separadas de la plena comunión con ella, [1] a saber, las de la Ortodoxia Oriental , la Ortodoxia Oriental y la Iglesia de Oriente . No ha negado la pretensión de algunas comunidades de la cristiandad occidental de cumplir con su definición de "Iglesia" (un ejemplo es la Iglesia Católica Nacional Polaca ). De hecho, al referirse a "Las Iglesias separadas y las comunidades eclesiales en Occidente", [2] el Concilio Vaticano II reconoció la existencia de algunas Iglesias occidentales que no están en plena comunión con la Santa Sede .

Sin embargo, la Iglesia Católica excluye expresamente a "aquellas comunidades cristianas nacidas de la Reforma del siglo XVI", ya que, según la doctrina católica, estas comunidades no gozan de sucesión apostólica en el sacramento del orden , y por lo tanto carecen de un elemento constitutivo de la Iglesia. [3] Esto incluye a la Comunión Anglicana , la validez de cuyos órdenes la Iglesia Católica Romana ha declarado "absolutamente nula y totalmente sin valor". Este juicio, tal como se enuncia en la bula papal Apostolicae curae de 1896, ha sido presentado como un ejemplo de una verdad relacionada con la revelación que debe ser considerada definitivamente. [4]

Crítica de la etiqueta

Después de que el cardenal Joseph Ratzinger promulgara el documento Dominus Iesus en 2000, varios líderes de la Iglesia de Dinamarca respondieron en una declaración pública, diciendo en parte:

Sin embargo, el hecho de que una iglesia prive a otra del derecho a ser llamada iglesia tiene un efecto destructivo sobre las relaciones ecuménicas. Es tan destructivo como el que un cristiano niegue a otro cristiano el derecho a ser llamado cristiano. [5]

Comunidades eclesiales en formación

Otras formas del término comunidad eclesial se refieren a aquellas comunidades que están en formación para convertirse en misiones de una iglesia en particular o parroquias de una diócesis o eparquía en particular. Las comunidades eclesiales pueden referirse a grupos de personas que se reúnen por una razón espiritual, principalmente para el culto y la comunión, y que normalmente no reciben sacramentos a menos que esté disponible un ministro sacramental, es decir, un sacerdote o un diácono.

Referencias

  1. ^ ab Congregación para la Doctrina de la Fe, Respuestas a algunas preguntas sobre ciertos aspectos de la doctrina de la Iglesia, Cuarta pregunta Archivado el 13 de agosto de 2013 en Wayback Machine .
  2. ^ Unitatis redintegratio, 19 Archivado el 6 de marzo de 2013 en Wayback Machine.
  3. ^ Congregación para la Doctrina de la Fe, Respuestas a algunas preguntas sobre ciertos aspectos de la doctrina de la Iglesia, Quinta pregunta Archivado el 13 de agosto de 2013 en Wayback Machine .
  4. ^ Comentario doctrinal a la fórmula conclusiva de la Professio Fidei, 29 de junio de 1998
  5. ^ Respuesta de la Iglesia Evangélica Luterana en Dinamarca a la Iglesia Católica