stringtranslate.com

Directiva sobre organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios de 2009

La Directiva sobre Organismos de Inversión Colectiva en Valores Mobiliarios ( OICVM ) 2009/65/CE es una directiva consolidada de la UE que permite a los organismos de inversión colectiva operar libremente en toda la UE sobre la base de una única autorización de un Estado miembro . Los estados miembros de la UE tienen derecho a imponer requisitos regulatorios adicionales en beneficio de los inversores.

Evolución

El objetivo de la Directiva 85/611/CEE, adoptada en 1985, era permitir que los fondos abiertos que invirtieran en valores mobiliarios estuvieran sujetos a la misma regulación en todos los Estados miembros . Se esperaba que una vez que se estableciera esa uniformidad legislativa en toda Europa, los fondos autorizados en un Estado miembro pudieran venderse al público en cada Estado miembro sin autorización adicional, promoviendo así el objetivo de la UE de un mercado único para los servicios financieros en Europa. [1]

La realidad difería un poco de las expectativas debido principalmente a las normas de comercialización individuales de cada Estado miembro que creaban obstáculos a la comercialización transfronteriza de los OICVM. Además, la definición limitada de las inversiones permitidas para los OICVM debilitaba las posibilidades de comercialización de un OICVM. En consecuencia, a principios de la década de 1990 se desarrollaron propuestas para modificar la Directiva de 1985 y armonizar mejor las leyes en toda Europa. [2]

Estos debates, aunque condujeron a un proyecto de directiva OICVM II, fueron posteriormente abandonados por ser demasiado ambiciosos cuando el Consejo de Ministros no pudo alcanzar una posición común.

En julio de 1998, la Comisión de la UE publicó una nueva propuesta, redactada en dos partes (una propuesta de producto y una propuesta de proveedor de servicios), que buscaba modificar la Directiva de 1985. Estas propuestas fueron finalmente adoptadas en diciembre de 2001 y se conocen como "OICVM III.

Directiva de gestión

La Directiva 2001/107/CE pretende conceder a las sociedades gestoras un "pasaporte europeo" para operar en toda la UE y amplía las actividades que pueden realizar. También introduce el concepto de folleto simplificado , cuyo objetivo es proporcionar información más accesible y completa en un formato simplificado para ayudar a la comercialización transfronteriza de OICVM en toda Europa.

Directiva de producto

El objetivo principal de la Directiva 2001/108/CE es eliminar los obstáculos a la comercialización transfronteriza de participaciones de fondos de inversión colectiva permitiendo a los fondos invertir en una gama más amplia de instrumentos financieros (incluidos derivados ), que están sujetos a la misma regulación en todos los países. Estado miembro. Todos los fondos OICVM deben respetar los mismos límites de inversión.

Un fondo de inversión colectivo puede solicitar el estatus de OICVM para permitir su comercialización en toda la UE. El concepto es crear un mercado único de fondos en toda la UE. El objetivo es que con un mercado más grande las economías de escala reduzcan los costos para los administradores de inversiones que puedan trasladarse a los consumidores.

En toda Europa se invierten aproximadamente 6,8 billones de euros en inversiones colectivas . De estos fondos, aproximadamente el 76% son OICVM. [3]

OICVM IV

La propuesta de Directiva OICVM IV [4] fue aprobada por el Parlamento Europeo el 13 de enero de 2009 y también por el Consejo de la Unión Europea como Directiva 2009/65/CE, [5] que se implementará el 1 de julio de 2011. Esta actualización Directivas OICVM III introduciendo los siguientes cambios,

OICVM V

El 23 de julio de 2014, la Unión Europea adoptó la Directiva 2014/91/UE (" OICVM V ") sobre la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas a los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios en lo que respecta a funciones de depositario, políticas de remuneración y sanciones. .

UCITS V se puede comparar con la Directiva sobre gestores de fondos de inversión alternativos (" AIFMD ") (Directiva de la Unión Europea 2011/61/UE), que es una regulación paralela para fondos de cobertura e inversiones alternativas.

UCITS V introduce nuevas normas sobre los depositarios de OICVM, como las entidades elegibles para asumir esta función, sus tareas, acuerdos de delegación y la responsabilidad de los depositarios, así como principios generales de remuneración que se aplican a los gestores de fondos.

El depositario como función específica según la legislación sobre OICVM (al igual que según la AIFMD). El depositario puede delegar sus funciones de custodia (pero no otras funciones de depositario a un tercero custodio).

La directiva UCITS V exige que se presente un documento de datos fundamentales para el inversor o KIID para los inversores.

Luxemburgo transpuso la directiva OICVM V con la ley de 10 de mayo de 2016 aplicada desde el 1 de junio de 2016. Esta ley de 10 de mayo de 2016 modificó la ley de Luxemburgo de 17 de diciembre de 2010 sobre organismos de inversión colectiva, en su versión modificada (la "Ley de 2010"), en En particular, las Partes I, IV y V de la Ley de 2010.

OICVM VI

Las propuestas se refieren a áreas distintas a las abordadas por UCITS V. En resumen, estos son los temas planteados: 1. activos elegibles y el uso de derivados: si es necesario limitar el alcance de los derivados elegibles de aquellos negociados en plataformas multilaterales y compensados por una contraparte central; 2. técnicas eficientes de gestión de carteras: si los criterios actuales (sobre elegibilidad, liquidez y diversificación, por ejemplo) requieren modificación; 3. derivados extrabursátiles ('OTC'): cómo deben abordarse las transacciones de derivados OTC al evaluar los límites de los OICVM a las contrapartes 4. normas extraordinarias de gestión de liquidez: si existe la necesidad de un marco común para abordar los cuellos de botella de liquidez en casos excepcionales o no; 5. pasaporte de depósito: si debería introducirse un pasaporte de depósito y cómo funcionaría en la práctica; 6. fondos del mercado monetario1: si presentan una fuente de riesgo sistémico y/o necesitan una regulación armonizada a nivel de la UE; 7. inversiones a largo plazo – (a) cómo se puede brindar acceso a los inversores minoristas y cómo esto podría implementarse y regularse; (b) qué proporción de la cartera de un fondo debería dedicarse a dichos activos; y (c) si son necesarias reglas de diversificación para asegurar una liquidez adecuada; 8. mejoras al marco UCITS IV: por ejemplo, el artículo 64(1) de la Directiva OICVM exige que los OICVM proporcionen información a los inversores en los dos casos siguientes: (i) cuando un OICVM ordinario se convierte en un OICVM subordinado; y (ii) cuando cambie un OICVM principal. En la situación actual, esto no cubre un tercer escenario posible, a saber, cuando un OICVM subordinado se convierte en un OICVM ordinario. Estas conversiones pueden dar lugar a un cambio significativo en la estrategia de inversión.

Contenido

Asignación de activos

A partir de 2019, la regla 5/10/40 establece que los fondos solo pueden invertir hasta un 10% en un solo emisor, y que las inversiones concentradas que superen el 5% no deben exceder el 40% de la cartera total, con algunas excepciones. [6]

UCITS III en 2003 permitió a los fondos invertir hasta el 10% de sus fondos en inversiones ilíquidas. [7]

Ver también

Notas

  1. ^ nb en ese momento la UE todavía era la Comunidad Económica Europea. El término Unión Europea no surgió hasta 1992.
  2. ^ Ver. Para un debate sobre la armonización de la fiscalidad en materia de OICVM. Adema, Raymond, OICVM y fiscalidad: hacia la armonización de la fiscalidad de OICVM . vol. 25. Kluwer Law Internacional BV, 2009.
  3. ^ Ver EFAMA - Tercer trimestre de 2008 Archivado el 14 de julio de 2010 en Wayback Machine.
  4. ^ "EURLex - 52008PC0458 - ES". Eur-lex.europa.eu . Consultado el 19 de enero de 2013 .
  5. ^ "EURLex - 32009L0065 - ES". Eur-lex.europa.eu. 13 de julio de 2009 . Consultado el 19 de enero de 2013 .
  6. ^ "OICVM: ¿Un giro moderno o una dirección peligrosa?". IHS Markit . 10 de julio de 2019 . Consultado el 18 de marzo de 2020 .
  7. ^ "OICVM: ¿Un giro moderno o una dirección peligrosa?". IHS Markit . 10 de julio de 2019 . Consultado el 18 de marzo de 2020 .

Referencias