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Fideicomitente

En el derecho fiduciario , un fideicomitente es una persona que establece (es decir, entrega en fideicomiso) su propiedad para el beneficio del beneficiario . En algunos sistemas legales, al fideicomitente también se lo conoce como fideicomitente o, ocasionalmente, como otorgante o donante . [a] Cuando el fideicomiso es un fideicomiso testamentario , al fideicomitente generalmente se lo conoce como testador . El fideicomitente también puede ser el fiduciario del fideicomiso (cuando declara que posee su propia propiedad en fideicomisos) o un tercero puede ser el fiduciario (cuando transfiere la propiedad al fiduciario en fideicomisos). En el derecho consuetudinario de Inglaterra y Gales , se ha sostenido, de manera controvertida, que cuando un fiduciario declara su intención de transferir la propiedad del fideicomiso a un fideicomiso del cual es uno de varios fideicomisarios, se trata de una liquidación válida a pesar de que la propiedad no esté transferida a los otros fideicomisarios. [1]

La capacidad para ser fideicomisario suele coincidir con la capacidad para poseer y disponer de un derecho de propiedad o derecho de usufructo. En la práctica, sólo surgen consideraciones especiales con respecto a los menores y a las personas mentalmente incapacitadas.

Un fideicomitente puede crear un fideicomiso manifestando su intención de crearlo. En la mayoría de los países no se requieren formalidades para crear un fideicomiso inter vivos sobre bienes personales, pero a menudo hay formalidades asociadas con los fideicomisos sobre bienes inmuebles , [b] o los fideicomisos testamentarios . [c] Las palabras o actos del fideicomitente deben ser suficientes para establecer una intención de que otra persona o el propio fideicomitente sea fideicomisario de los bienes en nombre del beneficiario; una intención general de beneficiar a otra persona por sí sola es suficiente. [d] Estas formalidades se aplican únicamente a los fideicomisos expresos , y no a los fideicomisos resultantes, implícitos o constructivos .

Para que un fideicomitente cree válidamente un fideicomiso, en la mayoría de los sistemas jurídicos de derecho consuetudinario debe satisfacer las tres certezas establecidas en Knight v Knight :

  1. certeza de intención : si el fideicomitente (o testador) ha manifestado la intención de crear un fideicomiso.
  2. certeza del objeto – si la propiedad identificada como colonizada está identificada con suficiente precisión. [e]
  3. certeza de los objetos – los beneficiarios deben ser claramente determinables dentro del período de perpetuidad . [f]

Cuando fracasa la liquidación de bienes por parte de un fideicomitente a un fideicomisario tercero, se suele decir que los bienes se conservan en fideicomisos resultantes para el fideicomitente. Sin embargo, si un fideicomitente transfiere de manera válida los bienes a un tercero y se considera que las palabras utilizadas no crean un fideicomiso, la regla habitual es que el donatario adquiere los bienes de manera absoluta. [2]

Véase también

Notas al pie

  1. ^ En los sistemas jurídicos de derecho consuetudinario fuera de los Estados Unidos, un donante generalmente se refiere a alguien que otorga un poder distinto a un fideicomiso.
  2. ^ Por ejemplo, en el Reino Unido, se requiere evidencia por escrito para crear un fideicomiso de tierras, véase la sección 53(1)(b) de la Ley de Propiedad de 1925 ; aunque el incumplimiento de la sección hace que el fideicomiso no sea ejecutable y no nulo , véase Gardner v Rowe (1828) 5 Russ 258
  3. ^ En el Reino Unido, véase la sección 9 de la Ley de Testamentos de 1837 , modificada por la sección 17 de la Ley de Administración de Justicia de 1982.
  4. ^ Véase por ejemplo Paul v Constance [1977] 1 WLR 521
  5. ^ Los fideicomisos que se han considerado fallidos incluyen fideicomisos sobre "la mayor parte de mi patrimonio" ( Palmer v Simmonds (1854) 2 Drew 221), "aquellas partes de mi ... patrimonio que ella no haya vendido" ( Re Jones [1898] 1 Ch 438), "todo lo que quede" ( In the Estate of Last [1958] P 137) y "todas mis otras casas" [es decir, después de que los legatarios anteriores hubieran elegido las casas que deseaban] ( Boyce v Boyce (1849) 16 Sim 476). Pero estos casos deben contrastarse con aquellos en los que el objeto de la donación se determina a discreción de los fideicomisarios, por ejemplo, en Re Golay's Will Trusts [1965] 1 WLR 969, donde se confirmó una directiva para permitir a un beneficiario "disfrutar de uno de mis apartamentos durante su vida y recibir un ingreso razonable de mis otras propiedades" ya que los fideicomisarios podían seleccionar y decidir los asuntos: Certum est quod certum reddi potest .
  6. ^ "Es una ley clara que un fideicomiso (que no sea un fideicomiso de beneficencia ) debe ser para beneficiarios determinables", según Lord Denning en Re Vandervell's Trusts (No 2) [1974] Ch 269 en 319

Referencias

  1. ^ T Choithram International SA y otros contra Pagarani y otros [2001] 2 All ER 492
  2. ^ Lassence contra Tierney (1849) 1 Mac y Cr 551