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Apariencia (ley)

En derecho , una comparecencia (del latín apparere , aparecer) ocurre cuando una parte en un pleito se presenta físicamente ante el tribunal, o en un acto formal a través del cual un demandado se somete a la jurisdicción del tribunal en el que está pendiente el pleito. [1]

Historia

El demandado en una acción en el Tribunal Superior de Inglaterra presenta su comparecencia al escrito de citación entregando, ya sea en la oficina central del Tribunal Supremo o en un registro de distrito , un memorando escrito que indique el nombre de su abogado o declare que defiende en persona. También debe notificar al demandante su comparecencia, que debe ser, de acuerdo con el tiempo limitado por el escrito, dentro de los ocho días posteriores a la notificación; sin embargo, un demandado puede comparecer en cualquier momento antes del juicio. Las Reglas del Tribunal Supremo , órdenes xii. y xiii., regulan el procedimiento con respecto a la presentación de una comparecencia, la entrega de la notificación, el límite de tiempo , la anulación y el efecto general de la falta de comparecencia. En los tribunales del condado no hay otra comparecencia que la comparecencia de las partes de la demanda. En los casos penales , el acusado comparece en persona. En los casos civiles, los niños comparecen por sus tutores ad litem ; los lunáticos por su comité; las empresas por un abogado; sociedades amistosas por el fiduciario u otro funcionario designado para demandar o ser demandado en nombre de ellas. [1]

Formularios

La comparecencia puede producirse cuando una parte comparece físicamente en un procedimiento judicial o mediante la presentación de un documento escrito ante el tribunal. La falta de comparecencia en el plazo establecido puede dar lugar a la entrada en rebeldía de la parte que no comparece. Por rebeldía, la comparecencia de una parte en un procedimiento judicial es incondicional. El efecto es reconocer la jurisdicción del tribunal sobre la parte que ha comparecido y renunciar a cualquier irregularidad en la notificación o el inicio de los procedimientos. [2]

Para evitar ceder jurisdicción, renunciar a irregularidades o ambas cosas, una parte puede presentar una comparecencia condicional. Una comparecencia condicional tiene dos formas principales: la comparecencia limitada , que disputa la responsabilidad en la medida limitada de los bienes identificados, y la comparecencia especial , que permite al demandado disputar la jurisdicción personal del tribunal sobre el demandado para evitar el incumplimiento mientras el demandado busca la desestimación de la acción. Una comparecencia condicional puede ser tanto condicional como especial.

Apariencia limitada

La comparecencia limitada es un término utilizado en la ley de procedimiento civil de los Estados Unidos para describir la comparecencia de un acusado civil en una acción cuasi in rem en el tribunal de otro estado para disputar la responsabilidad en la medida limitada del valor de la propiedad confiscada por ese tribunal. [3] Esta estrategia permite al acusado disputar solo esa cantidad confiscada, aunque esta cantidad sea menor que la cantidad total en controversia, limitando así su responsabilidad personal. Antes de la llegada de este mecanismo procesal, el acusado se enfrentaba al dilema de permitir que su propiedad fuera confiscada sin defensa y vendida en una subasta del alguacil para satisfacer parcialmente la demanda en su contra o, por otro lado, comparecer ante el tribunal para disputar la demanda pero en el proceso exponerse a la jurisdicción in personam total del tribunal y, por lo tanto, a la cantidad total en controversia. [4]

Aparición especial

Una comparecencia especial es un término utilizado en la ley de procedimiento civil estadounidense para describir la comparecencia de un acusado civil ante el tribunal de otro estado con el único fin de disputar la jurisdicción personal del tribunal sobre ese acusado. [5] Antes de la llegada de este procedimiento, los acusados ​​tenían que comparecer ante el tribunal del otro estado para defender el caso sobre el fondo, o no presentarse en absoluto ante el tribunal y luego montar un ataque colateral contra cualquier sentencia dictada en su contra, cuando el demandante acudía al estado del acusado para cobrar la sentencia. En un dilema legal , si el acusado comparecía únicamente para impugnar la jurisdicción, el tribunal podría entonces afirmar la jurisdicción basándose en la presencia del acusado. [3]

En respuesta a la aparente inequidad que presenta esta situación, la mayoría de los estados han aprobado leyes que permiten al acusado comparecer de manera especial ante los tribunales del estado para impugnar la jurisdicción, sin someterse a la jurisdicción del tribunal. El equivalente de una comparecencia de este tipo es posible en los tribunales federales de los Estados Unidos , ya que el acusado puede presentar una moción de desestimación por falta de jurisdicción personal.

A partir de finales de los años 1990, los partidarios del movimiento de los ciudadanos soberanos han intentado utilizar la comparecencia especial para cuestionar la jurisdicción y competencia de los tribunales cuando el punto es discutible. El uso más frecuente de la comparecencia especial es en cualquier tribunal penal, ya que las comparecencias especiales solo se reconocen en las normas de procedimiento civil y los tribunales civiles. Por lo tanto, el término comparecencia especial no tiene ningún significado en el contexto de un tribunal penal, ya que cualquier persona que cometa, o haya sido acusada o imputada de cometer o de otra manera presuntamente haya cometido un delito penal está de iure dentro de la jurisdicción de los tribunales penales, independientemente de su residencia o ciudadanía nacional. [ cita requerida ]

Referencias

  1. ^ ab Chisholm, Hugh , ed. (1911). "Apariencia"  . Encyclopædia Britannica . Vol. 2 (11.ª ed.). Cambridge University Press. pág. 217.
  2. ^ Colbran, Stephen; Reinhardt, Greg; Spender, Peta; Jackson, Sheryl; Roger, Douglas; Townes O'Brien, Molly (2009). Procedimiento civil: comentarios y materiales (4.ª ed.). Chatswood, NSW: LexisNexis Butterworths. ISBN 9780409324693.
  3. ^ ab Kanne, JJ (1984). "Regla de apariencia especial en Iowa: la innovación del siglo pasado se convierte en una anomalía actual". Iowa Law Review . 70 : 501.
  4. ^ Friedenthal, Jack J.; Miller, Arthur R.; Sexton, John E.; Hershkoff, Helen (2018). Procedimiento civil: casos y materiales (12.ª ed.). West Academic Publishing. pág. 209. ISBN 9781634605847.
  5. ^ Brinkerhoff, Scott (2009). "Viajando por la jungla de la jurisdicción personal en la era de Internet". Revista de Derecho de la Ciencia y la Tecnología . 12 (1): 83.