El Consejo Judicial y de Abogados ( JBC ; en filipino : Sangguniang Panghukuman at Pang-abogasya [1] ) de Filipinas es un organismo creado constitucionalmente que recomienda candidatos para las vacantes que puedan surgir en la composición de la Corte Suprema , otros tribunales inferiores y la Junta de Educación Jurídica , y en las oficinas del Defensor del Pueblo, el Defensor del Pueblo Adjunto y el Fiscal Especial .
La Corte Suprema y otros tribunales inferiores de Filipinas se establecieron sobre la base de la Ley N.º 136 de 1901 de la Comisión Filipina . Esta sucedió a las Reales Audiencas y a los tribunales inferiores durante la era española. En esa época, la Corte Suprema era designada por la Comisión Filipina. Con la aprobación de la Ley Jones en 1916, los jueces de la Corte Suprema eran designados por el Presidente de los Estados Unidos , con el asesoramiento y consentimiento del Senado de los Estados Unidos . Los jueces de los tribunales inferiores eran entonces designados por el Gobernador General .
Tras la ratificación de la Constitución de 1935, todos los magistrados y jueces son nombrados por el Presidente de Filipinas con el consentimiento de la Comisión de Nombramientos de la Asamblea Nacional de Filipinas , compuesta por 21 miembros . Tras el restablecimiento del bicameralismo , la Comisión de Nombramientos contaba con el mismo número de miembros (12) de la Cámara de Representantes y el Senado. Esta fue la configuración hasta la aprobación de la Constitución de 1973, en la que el presidente tenía el poder exclusivo de nombramiento, sin control ni equilibrio por parte del Batasang Pambansa . Con la aprobación de la Constitución de 1987, se creó el Consejo Judicial y de Abogados para proporcionar una lista corta de candidatos de entre los cuales el presidente puede nombrar.
El Consejo está compuesto por un representante del Colegio de Abogados Integrado , un profesor de derecho , un miembro jubilado de la Corte Suprema y un representante del sector privado . Son los miembros "regulares", a diferencia del Secretario de Justicia y un representante del Congreso , que son los miembros ex officio . El Presidente de la Corte Suprema es el presidente ex officio , [2] mientras que el Secretario de la Corte Suprema actuará como secretario ex officio . [3]
Los miembros titulares serían designados por el Presidente con el consentimiento de la Comisión de Nombramientos por un período de cuatro años. Sin embargo, dado que los períodos serían escalonados, el primer grupo de miembros tendría diferentes períodos de servicio: el representante del Colegio de Abogados Integrado serviría por cuatro años, el profesor de derecho por tres años, el juez jubilado por dos años y el representante del sector privado por un año. [4] Los miembros siguientes recibirían entonces el mandato completo de cuatro años.
El Presidente de la Corte Suprema es designado por el Presidente de la lista de candidatos presentada por la JBC. El Secretario de Justicia, como miembro del Gabinete, es designado por el Presidente con el asesoramiento y consentimiento de la Comisión de Nombramientos. El miembro del Congreso es elegido por la cámara de la que procede.
Los miembros regulares pueden ser reelegidos sin límite. El Secretario de Justicia ejerce su cargo a voluntad del Presidente, mientras que el representante del Congreso ejerce su cargo hasta que es revocado por su cámara o hasta que expira el mandato del Congreso que lo nombró. Por último, el Presidente de la Corte Suprema ejerce su cargo hasta su jubilación obligatoria a los 70 años. El mandato de los miembros regulares comienza el 9 de julio.
En 2012, una petición ante la Corte Suprema cuestionó quién debería ocupar el escaño asignado al Congreso. Para entonces, había dos miembros del Congreso en el consejo, y ambos tenían derecho a voto: el presidente del Comité de Justicia de la Cámara de Representantes y el presidente del Comité de Justicia y Derechos Humanos del Senado . [5] La Corte Suprema dictaminó en 2013 que solo debería haber un miembro del JBC del Congreso; la corte dejó en manos del Congreso quién de los dos sería su representante ante el JBC. [6]
El consejo es el único órgano gubernamental que cuenta con miembros de las tres ramas del gobierno, excluidos los órganos ad hoc y consultivos.
La función del Consejo es recomendar a los representantes de los posibles candidatos al Poder Judicial. [7]
El presidente debe elegir entre los nominados, antes de pedirle al Consejo que nomine a otra persona y la agregue a la lista, pero esto ya no está permitido. En 2009, la presidenta Gloria Macapagal Arroyo pidió al Consejo que añadiera más candidatos para dos vacantes en la Corte Suprema. El Consejo rechazó la solicitud. [8] Arroyo entonces nombró a alguien de la lista. [9]
La persona elegida por el presidente pasa a ser miembro del poder judicial y ya no es objeto de revisión por parte de la Comisión de Nombramientos , con el fin de evitar la politiquería y el regateo entre partidos políticos.
El ex presidente del Tribunal Supremo Artemio Panganiban dijo que el principal objetivo del Consejo es atraer a los mejores y más brillantes al poder judicial y lograr que permanezcan allí.
Los miembros del Consejo de la Judicatura y del Colegio de Abogados son:
Como es tradición, los dos jueces asociados más antiguos de la Corte Suprema también participan en las deliberaciones del JBC, pero no votan:
Los miembros del JBC fueron: [14]
El Presidente del Tribunal Supremo asumió como miembro a partir del 10 de diciembre de 1987.
El Secretario de Justicia se convirtió en miembro a partir del 10 de diciembre de 1987.
El Congreso es una legislatura bicameral. El representante del Congreso es el presidente del Comité de Justicia y Derechos Humanos del Senado o del Comité de Justicia de la Cámara de Representantes .
Desde la creación de la JBC en 1987 hasta 1994, la representación del Congreso en el organismo se alternó entre la Cámara de Representantes y el Senado .
En 1993, los dos representantes del Congreso comenzaron a sentarse simultáneamente y cada uno tenía la mitad de un voto.
El 30 de mayo de 2001, el JBC En Banc decidió conceder a los representantes de ambas Cámaras del Congreso un voto completo a cada uno.
En 2013, la composición de ocho miembros de la JBC fue cuestionada ante la Corte Suprema. La Corte Suprema restableció la composición de la JBC a siete. Se dispuso que el representante de la Cámara de Representantes sesionara de enero a junio, mientras que el representante del Senado sesionaría de julio a diciembre. [15]
Notas: