El Consejo de Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas es uno de los seis órganos principales de las Naciones Unidas , establecido para ayudar a garantizar que los territorios en fideicomiso se administraran en el mejor interés de sus habitantes y de la paz y la seguridad internacionales.
Los territorios en fideicomiso —la mayoría de ellos antiguos mandatos de la Sociedad de Naciones o territorios arrebatados a naciones derrotadas al final de la Segunda Guerra Mundial— han alcanzado ahora el autogobierno o la independencia , ya sea como naciones separadas o uniéndose a países vecinos independientes. El último fue Palau , que antes formaba parte del Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico , que se convirtió en estado miembro de las Naciones Unidas en diciembre de 1994.
En la Conferencia de San Francisco de 1945 se adoptaron disposiciones para formar una nueva agencia de la ONU que supervisara la descolonización de los territorios dependientes de la época colonial y se especificaron en el Capítulo 12 de la Carta de las Naciones Unidas . Esos territorios dependientes ( colonias y territorios bajo mandato ) debían colocarse bajo el sistema de administración fiduciaria internacional creado por la Carta de las Naciones Unidas como sucesor del sistema de mandato de la Sociedad de Naciones . Finalmente, once territorios fueron colocados bajo administración fiduciaria: siete en África y cuatro en Oceanía . Diez de los territorios en fideicomiso habían sido previamente mandatos de la Sociedad de Naciones; el undécimo era la Somalia italiana .
Para aplicar las disposiciones sobre el sistema de administración fiduciaria, la Asamblea General aprobó el 14 de diciembre de 1946 la resolución 64, en la que se disponía la creación del Consejo de Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas. El Consejo de Administración Fiduciaria celebró su primer período de sesiones en marzo de 1947.
En marzo de 1948, Estados Unidos propuso que el territorio del Mandato de Palestina se colocara bajo la tutela de la ONU cuando terminara el Mandato británico en mayo de 1948 (véase Propuesta de tutela estadounidense para Palestina ). Sin embargo, Estados Unidos no hizo ningún esfuerzo por implementar esta propuesta, que quedó en suspenso con la declaración del Estado de Israel .
En virtud de la Carta, el Consejo de Administración Fiduciaria debía estar integrado por un número igual de Estados Miembros de las Naciones Unidas que administraban territorios en fideicomiso y Estados no administradores. Así, el Consejo debía estar integrado por (1) todos los miembros de las Naciones Unidas que administraban territorios en fideicomiso, (2) los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad y (3) tantos otros miembros no administradores como fuera necesario para igualar el número de miembros administradores y no administradores, elegidos por la Asamblea General por períodos renovables de tres años. Con el tiempo, a medida que los territorios en fideicomiso alcanzaban la independencia, el tamaño y la carga de trabajo del Consejo de Administración Fiduciaria se redujeron. Finalmente, el Consejo de Administración Fiduciaria llegó a incluir únicamente a los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (China, Francia, la Unión Soviética/Federación Rusa, el Reino Unido y los Estados Unidos), ya que el único país que administraba un Territorio en fideicomiso (los Estados Unidos) era un miembro permanente.
Tras la independencia de Palau , que antes formaba parte del Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico , en 1994, en la actualidad no existen territorios en fideicomiso, lo que deja al Consejo de Administración Fiduciaria sin responsabilidades. (Dado que las Islas Marianas del Norte formaban parte del Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pacífico y se convirtieron en una mancomunidad de los Estados Unidos en 1986, técnicamente es la única zona que no se ha unido como parte de otro estado ni ha obtenido la independencia total como nación soberana).
Al Consejo de Administración Fiduciaria no se le asignó la responsabilidad de los territorios coloniales fuera del sistema de administración fiduciaria, aunque la Carta sí estableció el principio de que los Estados miembros debían administrar dichos territorios de conformidad con los mejores intereses de sus habitantes.
Cumplida su misión, el Consejo de Administración Fiduciaria suspendió sus actividades el 1 de noviembre de 1994 y, aunque según la Carta de las Naciones Unidas sigue existiendo en el papel, su papel futuro e incluso su existencia siguen siendo inciertos. El Consejo de Administración Fiduciaria tiene un presidente y un vicepresidente [1] , aunque actualmente el único deber de estos funcionarios es reunirse ocasionalmente con los jefes de otros organismos de las Naciones Unidas. Según el sitio web de las Naciones Unidas:
Mediante una resolución adoptada el 25 de mayo de 1994, el Consejo modificó su reglamento para suprimir la obligación de reunirse anualmente y acordó reunirse cuando la ocasión lo requiriera, por decisión propia o de su Presidente, o a petición de la mayoría de sus miembros o de la Asamblea General o del Consejo de Seguridad. [2]
La cámara en sí todavía se utiliza para otros fines. Tras una remodelación de tres años, en la que se restauró su diseño original a cargo del arquitecto danés Finn Juhl , la cámara fue reabierta en 2013. [3] El actual presidente del Consejo de Administración es James Kariuki y la vicepresidenta es Nathalie Broadhurst Estival. [4]
La eliminación formal del Consejo de Administración Fiduciaria requeriría la revisión de la Carta de las Naciones Unidas. Aunque esto se ha propuesto como parte de la reforma de las Naciones Unidas , [5] las dificultades políticas de tales cambios significan que no se han promulgado. Se han considerado otras funciones para el Consejo de Administración Fiduciaria, como el informe de 1995 de la Comisión de Gobernanza Mundial Nuestro Vecindario Global , que recomendaba ampliar el mandato del Consejo de Administración Fiduciaria a la protección de la integridad ambiental y los bienes comunes globales en los dos tercios de la superficie del mundo que están fuera de las jurisdicciones nacionales. [6] [7]