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Gobiernos estatales de México

Los gobiernos estatales de México son aquellos gobiernos soberanos formados en cada estado mexicano.

Estructurados de acuerdo con la constitución de cada estado, los gobiernos estatales en México se basan en el sistema federal , con tres poderes de gobierno: ejecutivo , legislativo y judicial , y se forman con base en el sistema del Congreso . El gobierno federal central de México, por otro lado, representa a los Estados Unidos Mexicanos ante organismos internacionales como las Naciones Unidas .

El poder ejecutivo lo ejerce el Poder Ejecutivo, encabezado por el gobernador del estado, asesorado por un gabinete de secretarios independientes del poder legislativo. El poder legislativo lo ejerce el congreso del estado. El poder judicial lo ejercen los diversos tribunales locales ( Ministerio de Justicia ) y la Corte Suprema de Justicia del estado.

Gobiernos estatales

México es una federación de 31 estados soberanos . Todos los estados constituyentes de la federación deben tener una forma republicana de gobierno basada en un sistema de congresos . [1] El poder ejecutivo recae en un gobernador elegido por mayoría simple sin posibilidad de reelección. El poder legislativo recae en un Congreso unicameral cuya composición está determinada por las constituciones de cada estado, pero debe incluir diputados de representación proporcional y de mayoría simple y no deben ser reelegidos para el siguiente periodo inmediato. El poder judicial recae en los tribunales que cada estado establece en su constitución. La reelección de los ministros de justicia es una prerrogativa establecida por cada estado constituyente.

Todos los estados son independientes y autónomos en su administración interna. El gobierno federal no puede intervenir en los asuntos de ningún estado en particular a menos que haya un cese total de los poderes gubernamentales y mediante un estudio, recomendación y/o aprobación previos del Congreso de la Unión. Los estados no pueden hacer alianzas con ninguna potencia extranjera ni con ningún otro estado. No pueden declarar unilateralmente la guerra contra una nación extranjera a menos que su territorio sea invadido y no pueden esperar a que el Congreso de la Unión emita una declaración de guerra.

Gobiernos municipales

Palacio Municipal de Veracruz

Todos los estados se dividen en municipios , la entidad política autónoma más pequeña de México. [2] Los municipios son gobernados por un consejo municipal ( ayuntamiento ) encabezado por un alcalde o presidente municipal ( presidente municipal ) cuyo trabajo es apoyado por un número predeterminado de regidores y síndicos , de acuerdo con las constituciones de los estados de los que forman parte. Desde 1917 no existen entidades o autoridades intermedias entre los municipios y los gobiernos estatales. Los miembros de los consejos municipales no pueden ser reelegidos para el siguiente período inmediato. Los municipios autónomos son conocidos constitucionalmente como "municipios libres " .

Los municipios son responsables de los servicios públicos (como el agua y el alcantarillado), el alumbrado público, la seguridad pública, el tráfico, la supervisión de los mataderos y la limpieza y el mantenimiento de parques públicos, jardines y cementerios, así como de la zonificación y la planificación urbana. También pueden ayudar a los gobiernos estatales y federales en materia de educación, servicios médicos y de emergencia contra incendios, protección del medio ambiente y mantenimiento de monumentos y lugares de interés histórico. A partir de 1983, pueden recaudar impuestos sobre la propiedad y tasas de usuario, aunque obtienen más fondos de los gobiernos estatales y federales que de sus propios esfuerzos de recaudación.

Elecciones

Las elecciones en cada estado se realizan en diferentes fechas, dependiendo del estado, y no necesariamente se realizan al mismo tiempo que las elecciones federales. Actualmente, Morena es la fuerza política más grande en el Congreso de la Unión, en cuanto a número de escaños, y la fuerza política más grande en cuanto a número de estados que gobierna. A partir de 2024: [3]

Desarrollo político histórico

Jurisdicciones específicas

México

El Estado de México se rige de acuerdo con la Constitución del Estado de México y la ley del Estado de México. Las constituciones anteriores de 1827, 1861 y 1870 fueron reemplazadas en 1917. [4] El gobierno está compuesto por los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El poder legislativo está compuesto por la Legislatura del Estado de México ; el poder ejecutivo está compuesto por el Gobernador , el Gabinete y el Fiscal Público; y el poder judicial está compuesto por el Consejo de la Judicatura, el Tribunal Superior de Justicia y los tribunales inferiores.

Yucatán

La Constitución de Yucatán establece que el gobierno de Yucatán , al igual que el de todos los estados de México, está integrado por tres poderes : el ejecutivo, el legislativo y el judicial . El poder ejecutivo reside en el gobernador de Yucatán , quien es elegido directamente por los ciudadanos, mediante votación secreta, para un periodo de seis años sin posibilidad de reelección. El poder legislativo reside en el Congreso de Yucatán , que es una legislatura unicameral compuesta por 25 diputados. El poder judicial reside en el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán.

El Distrito Federal

La Ciudad de México no pertenece a ningún estado en particular, sino a la federación, siendo la capital del país y sede de los poderes de la Unión. Como tal, se constituye como un Distrito Federal, administrado en última instancia por los Poderes de la Unión. [5] No obstante, desde finales de la década de 1990 se le ha otorgado gradualmente cierto nivel de autonomía y poder jurisdiccional local. El poder ejecutivo recae en un jefe de gobierno elegido ahora por mayoría simple. El poder legislativo recae en una Asamblea Legislativa unicameral . El poder judicial lo ejercen el Tribunal Supremo de Justicia y el Consejo de la Judicatura.

El Distrito Federal está dividido en delegaciones o municipios. Aunque no son totalmente equivalentes a un municipio en el sentido de que no tienen poderes regulatorios, han ganado una autonomía limitada en los últimos años y los representantes del jefe de gobierno ahora también son elegidos por los ciudadanos.

Referencias y notas

  1. ^ La forma de gobierno de los estados constituyentes se describe brevemente en el artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se amplía aún más en las constituciones de cada estado.
  2. ^ La forma de gobierno de los municipios está brevemente delineada en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y desarrollada en las constituciones de cada entidad federativa de la que forman parte.
  3. ^ https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/0/00/Gobernadores_mexicanos_Actualizado_%282023%29.png [ archivo de imagen URL simple ]
  4. Estado de México (1974). Colín, Mario (ed.). Constituciones del Estado de México, 1827, 1861, 1870, 1917: conmemoración del sesquicentenario de la erección del Estado de México, 1824-1974 . México: Biblioteca Enciclopédica del Estado de México. OCLC  1973617.
  5. ^ La forma de gobierno del Distrito Federal está delineada en el artículo 112 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Archivado el 22 de julio de 2011 en Wayback Machine .

Véase también

Enlaces externos