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Palko contra Connecticut

Palko v. Connecticut , 302 US 319 (1937), fue uncaso de la Corte Suprema de los Estados Unidos relacionado con la incorporación de la protección de la Quinta Enmienda contra el doble enjuiciamiento . [1]

El juez Benjamin Cardozo , escribiendo para la mayoría, explicó que algunas protecciones constitucionales que se aplicarían contra el gobierno federal no se incorporarían para aplicarse contra los estados a menos que la garantía estuviera "implícita en el concepto de libertad ordenada ". [2] La incorporación de la Carta de Derechos fue selectiva, no una regla general, y en este caso la Corte se negó a incorporar la protección contra el doble enjuiciamiento contra los estados, a pesar de que la protección con toda seguridad se habría mantenido contra el gobierno federal. [3]

Fondo

En 1935, Frank Palko, un residente de Connecticut , irrumpió en una tienda de música local y robó un fonógrafo, huyó a pie y, cuando fue acorralado por la policía , disparó y mató a dos agentes de policía y logró escapar. Fue capturado un mes después. [4]

Palko había sido acusado de asesinato en primer grado , pero en su lugar fue condenado por el delito menor de asesinato en segundo grado y recibió una sentencia de cadena perpetua. Los fiscales apelaron según la ley de Connecticut y ganaron un nuevo juicio en el que Palko fue declarado culpable de asesinato en primer grado y condenado a muerte . Palko luego apeló, argumentando que la protección de la Quinta Enmienda contra el doble enjuiciamiento se aplicaba a los gobiernos estatales a través de la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda . La Corte había sostenido previamente, en los casos de Slaughterhouse , que las protecciones de la Declaración de Derechos no deberían aplicarse a los estados bajo la cláusula de Privilegios o Inmunidades , pero Palko sostuvo que, dado que el derecho infringido caía bajo una protección del debido proceso, Connecticut todavía actuaba en violación de la Decimocuarta Enmienda.

Decisión

En una opinión del juez Benjamin Cardozo , la Corte sostuvo que la Cláusula del Debido Proceso protegía únicamente aquellos derechos que eran "de la esencia misma de un esquema de libertad ordenada" y que, por lo tanto, la corte debería incorporar la Declaración de Derechos a los estados gradualmente, a medida que surgieran violaciones justiciables , en función de si el derecho infringido cumplía con esa prueba.

Aplicando el enfoque subjetivo caso por caso (conocido como incorporación selectiva ), la Corte confirmó la condena de Palko sobre la base de que la apelación de doble enjuiciamiento no era "esencial para un esquema fundamental de libertad ordenada". El caso fue decidido por una votación de 8 a 1. El juez Pierce Butler fue el único disidente, pero no redactó una opinión disidente.

Palko fue ejecutado en la silla eléctrica de Connecticut el 12 de abril de 1938. [5]

Desarrollos posteriores

Finalmente, el Tribunal revirtió su postura y anuló el caso Palko incorporando la protección contra el doble enjuiciamiento en su fallo en Benton v. Maryland . [6]

Véase también

Referencias

  1. ^ Palko contra Connecticut , 302 U.S. 319 (1937).
  2. ^ "Se ha determinado que las inmunidades que son válidas frente al gobierno federal en virtud de las promesas específicas de enmiendas particulares están implícitas en el concepto de libertad ordenada y, por lo tanto, a través de la Decimocuarta Enmienda, se vuelven válidas frente a los estados".
  3. ^ Konvitz Milton R. 2001. Derechos fundamentales: Historia de una doctrina constitucional. New Brunswick NJ: Transaction Publishers/Rutgers University.
  4. ^ "Doble riesgo: ¿dos mordiscos a la manzana o sólo uno?", por Charles A. Riccio Jr., julio de 1997.
  5. ^ Palko v. Connecticut , Oyez  (última visita el 3 de junio de 2018).
  6. ^ Benton contra Maryland , 395 U.S. 784 (1969).

Enlaces externos