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Infracción contributiva de derechos de autor

La infracción contributiva de derechos de autor es una forma de imponer una responsabilidad secundaria por la infracción de un derecho de autor . Es un medio por el cual una persona puede ser considerada responsable de una infracción de derechos de autor aunque no haya participado directamente en la actividad infractora. [1] En los Estados Unidos , la Ley de Copyright no impone expresamente responsabilidad por infracción contributiva. Es una de las dos formas de responsabilidad subsidiaria además de la responsabilidad vicaria . Se entiende por infracción contributiva una forma de infracción en la que una persona no está violando directamente un derecho de autor sino que induce o autoriza a otra persona a infringir directamente el derecho de autor.

Esta doctrina es un desarrollo del derecho general de daños y es una extensión del principio del derecho de daños de que, además del autor del daño, cualquiera que haya contribuido al daño también debe ser considerado responsable.

Requisitos

Los requisitos para alcanzar el umbral de infracción contributiva e imponer responsabilidad por infracción de derechos de autor a una parte son: [2]

  1. El demandado teniendo conocimiento de una infracción directa; y
  2. El demandado contribuyó materialmente a esa infracción.

La infracción concurrente da lugar a la imposición de responsabilidad en dos situaciones. La primera situación es cuando el demandado, a través de su conducta, ayuda en la infracción, y la segunda situación es cuando el demandado proporciona los medios para facilitar la infracción, como por ejemplo una maquinaria. [3]

Conocimiento

El requisito de conocimiento para la infracción concurrente es una evaluación objetiva y se cumple si el demandado tiene conocimiento real o implícito de una infracción, es decir, si tiene motivos para creer que se está cometiendo una infracción. [4] Sin embargo, no es necesario imputar conocimiento implícito al demandado si el producto era susceptible de usos significativos no infractores. [5]

Aporte material

La aportación material es el segundo requisito de la infracción contributiva. Por ejemplo, simplemente proporcionar instalaciones o el lugar para una infracción podría equivaler a una contribución material. [6] Sin embargo, algunos tribunales ponen énfasis en que la contribución sea "sustancial" y, por lo tanto, sostendrían que proporcionar equipos e instalaciones para la infracción no es en sí mismo determinante de la contribución material. [7]

Diferencia de la responsabilidad vicaria

La responsabilidad indirecta es otra forma de responsabilidad secundaria por infracción de derechos de autor, mediante la cual una persona que no ha infringido directamente un derecho de autor puede, no obstante, ser considerada responsable. Los requisitos para atraer responsabilidad indirecta según la ley de derechos de autor son:

  1. El demandado tenía derecho a controlar la actividad infractora; y
  2. El demandado obtiene un beneficio financiero o comercial de la infracción [8]

A diferencia de la infracción concurrente, la responsabilidad indirecta puede imponerse incluso en ausencia de intención o conocimiento por parte del demandado. En el caso Napster , el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito observó:

"En el contexto de la ley de derechos de autor, la responsabilidad indirecta se extiende más allá de una relación empleador/empleado a casos en los que un acusado "tiene el derecho y la capacidad de supervisar la actividad infractora y también tiene un interés financiero directo en dichas actividades".

En los Estados Unidos

En los Estados Unidos de América , la doctrina de la infracción contributiva se basa en el caso de 1911 Kalem contra Harper Brothers. [9] Los ingredientes de la infracción contributiva se establecieron en la decisión del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito en el caso Gershwin Publishing Corp contra Columbia Artists Management Inc. [10] en el que el tribunal dijo que se dice que la infracción contributiva ocurre cuando alguien, con conocimiento de la actividad infractora, induce, causa o contribuye materialmente a la conducta infractora de otro. Esta doctrina se desarrolló en el contexto de la Ley de Derecho de Autor de 1909, que no hacía ninguna referencia a la infracción contributiva. Pero la Ley de 1976 reconoció el derecho exclusivo del propietario de un derecho de autor a "hacer y autorizar" los derechos inherentes a un derecho de autor enumerados en la Ley. [11] Las palabras 'autorizar' tenían como objetivo incluir las infracciones concurrentes dentro del ámbito de la Ley. [12] Pero, aún así, la Ley no especificaba los requisitos de tales formas de infracción y dejaba su aplicación a la discreción de los tribunales.

Funda Sony Betamax

El caso Sony Corp contra Universal City Studios Inc , [13] comúnmente conocido como el caso Betamax , le dio a la Corte Suprema de los Estados Unidos su primera oportunidad de examinar e interpretar exhaustivamente las reglas relativas a la responsabilidad secundaria y la infracción contributiva en el contexto de la Ley de Derechos de Autor de 1976. estatuto. La cuestión principal en este caso era si una empresa fabricante de vídeos podía ser considerada responsable de las infracciones de derechos de autor cometidas por sus clientes. El tribunal sostuvo que la responsabilidad secundaria por infracciones de derechos de autor no era un concepto ajeno a la ley de derechos de autor de los Estados Unidos y estaba bien consagrada en la ley de derechos de autor de los Estados Unidos. En palabras del propio tribunal:

La responsabilidad indirecta se impone prácticamente en todas las áreas del derecho, y el concepto de infracción concurrente es simplemente una especie del problema más amplio de identificar las circunstancias en las que es justo responsabilizar a un individuo por las acciones de otro [14]

Pero, en este caso, el Tribunal sostuvo que Sony no tenía conocimiento real de las actividades infractoras de sus clientes. A lo sumo se podría argumentar que Sony tenía conocimiento constructivo del hecho de que "sus clientes pueden utilizar ese equipo para hacer copias no autorizadas de material protegido por derechos de autor". [15] El tribunal luego se basó en la doctrina del "artículo básico de comercio" de la ley de patentes y la aplicó a los derechos de autor. La defensa del "artículo comercial básico" está disponible bajo la ley de patentes en los Estados Unidos y establece que cuando un artículo infractor es capaz de "usos sustanciales no infractores", se convertiría en un "artículo comercial básico" y, por lo tanto, no asumir cualquier responsabilidad por infracción.

Con base en este razonamiento se sostuvo

La venta de equipos de copia, al igual que la venta de otros artículos comerciales, no constituye infracción concurrente si el producto se utiliza ampliamente para fines legítimos e inobjetables. De hecho, basta con que pueda tener usos sustanciales no infractores. Por lo tanto, la pregunta es si Betamax es capaz de tener usos comercialmente significativos y no infractores. [dieciséis]

Dado que Betamax era capaz de "usos importantes no infractores", Sony no fue considerada responsable de la infracción contributiva.

Infracción contributiva en servicios P2P

La infracción contributiva ha sido la cuestión central en los casos que involucran servicios peer-to-peer como Napster , Aimster , Grokster y Morpheus . Los tribunales han aplicado el ratio Sony Betamax de forma diferente en todos estos casos. Por ejemplo, Napster fue considerado responsable de infracción concurrente. Sin embargo, un servicio similar como Grokster no fue considerado responsable de la infracción contributiva, ya que en este caso un tribunal de distrito, fundamentando su razonamiento en la decisión de Sony Betamax , sostuvo que la responsabilidad secundaria no podía aplicarse a los servicios de igual a igual.

A&M Records contra Napster

Napster fue el primer servicio peer-to-peer sujeto a un litigio por infracción de derechos de autor. En el caso Napster , [17] la cuestión se refería a la infracción de derechos de autor a través del software ' Music Share ' de Napster. Siempre que se utilizaba este software en un sistema informático, recopilaba información sobre los archivos MP3 almacenados en la computadora y la enviaba a los servidores de Napster. Con base en esta información, Napster creó un índice centralizado de archivos disponibles para descargar en la red Napster. Cuando alguien quería descargar ese archivo, el software Music Share usaba el índice de Napster para localizar al usuario que ya tenía ese archivo en su sistema y luego conectaba a los dos usuarios directamente para facilitar la descarga del archivo MP3, sin enrutar el archivo a través de Los servidores de Napster. [18]

El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito declaró a Napster responsable tanto de "infracción contributiva" como de "infracción indirecta". En cuanto a la cuestión de la infracción contributiva, el tribunal sostuvo que Napster tenía "conocimiento real" de la actividad infractora y que proporcionar su software y servicios a los infractores significaba que había "contribuido materialmente" a la infracción. Se sostuvo que la defensa en Sony fue de "ayuda limitada a Napster". La prueba de si una tecnología es susceptible de usos sustanciales no infractores sólo era pertinente para imputar el conocimiento de la infracción al proveedor de tecnología. Pero, en el caso de Napster, se concluyó que Napster tenía "conocimiento real y específico de la infracción directa" y, por lo tanto, la prueba de Sony no sería aplicable.

En Re Aimster

En ' In re Aimster ' , [19] se pidió al Séptimo Circuito que decidiera la responsabilidad del intercambio de archivos de música entre pares a través de los servicios de mensajería instantánea proporcionados por Aimster . Aimster había argumentado que la transmisión de archivos entre sus usuarios estaba cifrada y, por eso, Aimster no podía conocer la naturaleza de los archivos que se transmitían utilizando sus servicios. Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito confirmó la decisión del tribunal de distrito que había emitido una orden judicial preliminar contra Aimster. Se descubrió que Aimster tenía conocimiento de la actividad infractora. Su tutorial mostraba ejemplos de archivos de música con derechos de autor compartidos. [20] Además, el servicio 'Club Aimster' proporcionó una lista de las 40 canciones más populares disponibles en el servicio. [21] También se sostuvo que la naturaleza cifrada de la transmisión no era una defensa válida, ya que era simplemente un medio para evitar la responsabilidad al permanecer deliberadamente ignorante. Se sostuvo que ' la ceguera deliberada es conocimiento, en la ley de derechos de autor. ' Usos infractores Por último, Aimster tampoco pudo beneficiarse de las disposiciones de ' puerto seguro ' de la DMCA porque no había hecho nada para cumplir con los requisitos de la Sección 512. En cambio, fomentó la infracción.

Estudios MGM contra Grokster

El Tribunal de Distrito para el Distrito Central de California, en MGM Studios v Grokster , [23] sostuvo que los servicios peer-to-peer Morpheus y Grokster no eran responsables de las infracciones de derechos de autor llevadas a cabo por sus usuarios. A diferencia de Napster, estos servicios no mantenían un índice centralizado. En cambio, crearon índices ad hoc conocidos como supernodos en las computadoras de los usuarios. A veces, el software funcionaba sin crear ningún índice. Así, se sostuvo que Grokster y Morpheus no tenían forma de controlar el comportamiento de sus usuarios una vez vendido su software, tal como lo hizo Sony con Betamax. Se encontró que los demandados sí tenían conocimiento de la infracción debido a los avisos legales que se les enviaron. Pero también se sostuvo que para generar responsabilidad por infracción concurrente, debería haber conocimiento de una infracción específica en el momento preciso en que sería posible para el demandado limitar dicha infracción. [24] Asimismo, se constató que no hubo aporte material. Para ello, el tribunal se basó en Sony y comparó la tecnología con la de una videograbadora o una fotocopiadora para sostener que la tecnología era capaz tanto de usos infractores como de no infractores. Grokster se diferencia de Sony en que analiza la intención del demandado y no sólo el diseño del sistema. Según Grokster, el demandante debe demostrar que el demandado realmente indujo la infracción. La prueba fue reformulada como "quien distribuye un dispositivo con el objeto de promover su uso para infringir los derechos de autor, como lo demuestra una expresión clara u otras medidas afirmativas tomadas para fomentar la infracción, es responsable de los actos de infracción resultantes por parte de terceros". [25]

Ley de derechos de autor del milenio digital

El Título II de la Ley de Derechos de Autor del Milenio Digital , conocida como Ley de Limitación de Responsabilidad por Infracción de Derechos de Autor en Línea , proporciona un puerto seguro para los proveedores de servicios en línea y de servicios de Internet contra la responsabilidad secundaria por infracciones de derechos de autor, siempre que se cumplan ciertos requisitos. [26] Lo más importante es que el proveedor de servicios debe eliminar o limitar rápidamente el acceso al material infractor en su red si recibe una notificación de infracción. [27]

Ley de Decencia en las Comunicaciones

La inmunidad prevista en la Ley de Decencia en las Comunicaciones no se aplica a la infracción de derechos de autor como causa de acción. [28] [29]

Inducir infracciones del proyecto de ley de derechos de autor

La Ley de Inducción a la Infracción de Derechos de Autor , o Ley INDUCE, fue una propuesta de 2004 en el Senado de los Estados Unidos que pretendía insertar una nueva subsección '(g)' a la Sección 501 existente de la Ley de Derechos de Autor que define la "infracción". La enmienda propuesta establecería que quien intencionalmente induzca una violación del inciso (a) sería responsable como infractor. El término "inducir intencionalmente" ha sido definido en el proyecto de ley como:

"intencionalmente ayuda, instiga, induce o procura, y la intención puede demostrarse mediante actos de los cuales una persona razonable encontraría la intención de inducir una infracción basándose en toda la información relevante sobre dichos actos entonces razonablemente disponible para el actor, incluso si la actividad se basa en infracción para su viabilidad comercial."

En la Unión Europea

En la Unión Europea , el Tribunal de Justicia Europeo ha emitido varios fallos sobre cuestiones relacionadas, basándose principalmente en la Directiva sobre derechos de autor y sociedad de la información de 2001 y la Directiva sobre comercio electrónico de 2000 [30] y centrados en lo que constituye un acto de "comunicación al público". o de "poner a disposición". [31]

En India

El artículo 51 de la Ley de derechos de autor de 1957 se ocupa de la infracción de los derechos de autor en la India. El artículo 51(a)(i) establece cuándo se considera que se ha producido una infracción de los derechos de autor. Establece que cuando alguien hace algo, cuyo derecho exclusivo se confiere al propietario de los derechos de autor, sin obtener primero una licencia para hacerlo del propietario de los derechos de autor o en contravención de una licencia, se considerará que los derechos de autor han sido infringidos. La base para una infracción contributiva según la ley de derechos de autor de la India se puede encontrar en la Sección 51(a)(ii), que establece que cuando alguien 'permite, con fines de lucro, que se utilice cualquier lugar para la comunicación de la obra al público cuando dicha comunicación constituya una infracción' de los derechos de autor sobre la obra, a menos que no fuera consciente y no tuviera motivos razonables para creer que dicha comunicación al público constituiría una infracción de los derechos de autor», entonces también se considerará que los derechos de autor han sido infringidos. La infracción secundaria en sí misma se puede subdividir en dos categorías: actividades que ayudan a las infracciones primarias y actividades que acentúan los efectos de la infracción primaria. [32] La sección 51(a)(ii) se ocupa de los casos en los que alguien colabora en la infracción principal. El propio artículo 51(a)(ii) establece la defensa que puede adoptar un demandado para evitar la responsabilidad en virtud de esta disposición, es decir, el demandado no tenía conocimiento o no tenía motivos razonables para creer que la comunicación al público constituiría una infracción. de los derechos de autor. El artículo 51(b) se ocupa de situaciones en las que los efectos de una infracción primaria ya existente se ven acentuados por las acciones del demandado. El artículo 51(b) establece que también se considerará que se ha producido una infracción de los derechos de autor si una persona vende, distribuye, importa o exhibe en público a modo de comercio una copia infractora de una obra protegida por derechos de autor. Por lo tanto, la Sección 51(a)(ii) y la Sección 51(b) son la base legal para la responsabilidad secundaria en la India, incluida la infracción concurrente.

Ley de tecnología de la información de 2000

La Ley de Tecnología de la Información de 2000 ("Ley de TI") contiene disposiciones específicas que tratan de las responsabilidades de los proveedores de servicios de Internet . Estas disposiciones prevén "puertos seguros" para los proveedores de servicios de Internet. La sección 2 (w) de la Ley de TI define un " intermediario " como "intermediario con respecto a cualquier mensaje electrónico en particular significa cualquier persona que, en nombre de otra persona, recibe, almacena o transmite ese mensaje o proporciona cualquier servicio con respecto a ese mensaje". . Debido a esta amplia definición, casi todas las entidades, incluidos los ISP, los motores de búsqueda y los proveedores de servicios en línea, pueden beneficiarse de las disposiciones de puerto seguro de la Ley de TI . [33] El artículo 79 de la Ley de TI establece que un intermediario no será responsable de ninguna información, datos o enlace de comunicación de terceros puestos a disposición o alojados por el intermediario. Sin embargo, un intermediario obtendrá el beneficio de las disposiciones de puerto seguro sólo si cumple ciertas condiciones. La función del intermediario debe limitarse a brindar acceso a un sistema de comunicación, el intermediario no debe iniciar la transmisión, seleccionar el receptor ni modificar la transmisión y debe observar los lineamientos formulados por el Gobierno Central al respecto. [34] Las 'Reglas TI (directrices para intermediarios) de 2011' se han formulado para especificar las condiciones que un intermediario debe cumplir para obtener la protección de las disposiciones de puerto seguro. Según estas directrices, el intermediario debe observar las medidas de debida diligencia especificadas en la Regla 3 de las directrices. Por ejemplo, el intermediario debe eliminar cualquier material infractor de su red dentro de las treinta y seis horas siguientes a que se le haya comunicado la infracción.

My Space Inc. contra Super Cassettes Industries Ltd.

En diciembre de 2016, el Tribunal Superior de Delhi revocó la sentencia dictada anteriormente por un tribunal único para sostener que, a menos que se demostrara el "conocimiento real", un intermediario no podía ser considerado responsable de una infracción contributiva de los derechos de autor. En 2008, T-Series (Super Cassettes) había interpuesto una demanda por infracción de derechos de autor contra MySpace por albergar material infractor en el que Super Cassettes era el propietario de los derechos de autor, sin obtener primero una licencia. [35] El material infractor consistía principalmente en grabaciones sonoras. Se alegó que MySpace estaba explotando comercialmente las obras de T Series al incluir anuncios con las obras que ésta pone a disposición. El juez único había sostenido que MySpace era culpable de infracción de derechos de autor en virtud del artículo 51 de la Ley de derechos de autor y que no podía disfrutar del beneficio de las disposiciones de puerto seguro en virtud del artículo 79 de la Ley de TI a la luz del artículo 81 de la Ley de TI. La sentencia del juez único fue revocada por los siguientes motivos:

El demandado puede evitar la responsabilidad conforme a la Sección 51(a)(ii) si puede demostrar que no tenía ningún conocimiento del acto infractor o que no tenía ninguna razón para creer que la comunicación equivaldría a una infracción. Super Cassettes había argumentado que el "lugar" según la Sección 51(a)(ii) incluye un espacio virtual similar al proporcionado por MySpace. Se argumentó que MySpace tenía conocimiento de la infracción basándose en el hecho de que había incorporado herramientas de protección para eliminar el material infractor y que invitaba a los usuarios a cargar y compartir contenido. Por tanto, se argumentó que había conocimiento implícito. El Tribunal sostuvo que para calificar como conocimiento debe haber conciencia en forma de "conocimiento real" en lugar de simplemente conciencia general. Sin un conocimiento específico de las infracciones, no se puede decir que el intermediario tenga motivos para creer que transportaba material infractor. Por lo tanto, el demandante tenía el deber de identificar primero el material infractor específico antes de poder imputar el conocimiento al demandado.

El artículo 79 de la Ley de TI proporciona protección a los intermediarios siempre que cumplan determinadas condiciones. Pero el artículo 81 de la Ley de TI también establece que nada de lo dispuesto en la Ley de TI restringirá los derechos de cualquier persona en virtud de la Ley de derechos de autor de 1957. El juez único había interpretado que el artículo 81 significaba que el puerto seguro conforme a la Ley de TI no es aplicable en casos de infracción de derechos de autor. El Tribunal revocó esto y sostuvo que la Sección 79 comienza con una cláusula no obstante e impide la aplicación de cualquier otra ley, incluida la ley de derechos de autor. Por lo tanto, cualquier restricción a las disposiciones de puerto seguro como la Sección 81 puede ser de sólo lectura dentro de los límites de la Sección 79. Además, la Ley de TI y la Ley de Derecho de Autor deben interpretarse armoniosamente dada su naturaleza complementaria. Además, la función de MySpace se limitaba a proporcionar acceso a un sistema de comunicación. Sólo modificó el formato y no el contenido e incluso esto fue un proceso automatizado. Por lo tanto, tampoco hubo ninguna contribución material. Para constituir una infracción según el artículo 51 de la Ley de derechos de autor, la autorización para hacer algo que formaba parte de los derechos exclusivos de un propietario requiere algo más que simplemente proporcionar los medios o el lugar para la comunicación. Para ser considerado responsable de un infractor por motivos de autorización, era necesario demostrar participación activa o incentivo. Por lo tanto, la Sección 79 está disponible en casos de infracción de derechos de autor también siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la Ley y las Directrices para intermediarios de 2011. Dado que MySpace había cumplido estos requisitos, se le otorgó la protección del artículo 79 de la Ley de TI.

Ver también

Referencias

  1. ^ "Infracción contributiva". Instituto de información jurídica . Consultado el 7 de mayo de 2017 .
  2. ^ Gershwin Publishing Corp. contra Columbia Artists Management, Inc., 443 F.2d 1159, 1162 (2d Cir. 1971).
  3. ^ Matthew Bender & Co. contra West Publ'g Co., 158 F.3d 693, 706 (2d Cir.1998)
  4. ^ Sega entra. Ltd. contra MAPHIA, 948 F. Supp. 923, 933 (ND Cal. 1996)
  5. ^ Sony Corp. of America contra Universal City Studios, Inc., 464 US 417 (1984)
  6. ^ Fonovisa, 76 F.3d en 264
  7. ^ Apple Computer, Inc. contra Microsoft Corp., 821 F. Supp. 616, 625 (ND Cal. 1993)
  8. ^ "Infracción indirecta". law.cornell.edu .
  9. ^ Kalem contra Harper Brothers, 222 Estados Unidos 55 (1911).
  10. ^ 443 F.2d 1159, 1162 (2.º Cir. 1971).
  11. ^ 17 USC § 106
  12. ^ "Declaración de Marybeth Peters El Registro de Derechos de Autor ante el Comité del Poder Judicial" . Consultado el 7 de mayo de 2017 .
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  15. ^ 464 Estados Unidos 417 (1984). en 439
  16. ^ 464 Estados Unidos 417 (1984) en 442.
  17. ^ 239 F.3d 1004 (9.º Cir.2001)
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  19. ^ 334 F.3d 643 (7mo circuito 2003)
  20. ^ 334 F.3d 643 (7mo Cir.2003) en 649.
  21. ^ 334 F.3d 643 (7mo Cir.2003) en 651.
  22. ^ 334 F.3d 643 (7mo Cir.2003) en 650.
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  34. ^ Artículo 79 (2), Ley de derechos de autor de 1957.
  35. ^ FAO (OS) 540/2011 (disponible en https://indiankanoon.org/doc/12972852/)