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Casos de ratificación

Los Casos de Ratificación , oficialmente titulados Javellana contra el Secretario Ejecutivo (GR No. L-36142, 31 de marzo de 1973; 50 SCRA 30), fue un caso de la Corte Suprema de Filipinas de 1973 que permitió que la Constitución filipina de 1973 entrara en plena vigencia. , lo que llevó al presidente Ferdinand Marcos a permanecer en el cargo y gobernar por decreto hasta que fue derrocado por la Revolución del Poder Popular en 1986. La decisión se convirtió en la piedra angular de decisiones posteriores cada vez que se cuestionó la validez de la Constitución de 1973.

Fondo

Marcos declaró la ley marcial el 21 de septiembre de 1972. Luego, el Congreso de Filipinas fue cerrado con candado y Marcos recibió plena autoridad legislativa, quien ordenó por decreto. Muchos miembros destacados de la oposición, en particular Benigno Aquino Jr. y José W. Diokno , fueron arrestados y encarcelados en cárceles militares.

A pesar de la declaración de la ley marcial, la Convención Constitucional de 1971 continuó. El 29 de noviembre de 1972, la Convención aprobó la nueva constitución y al día siguiente, Marcos emitió el Decreto Presidencial 73, "sometiendo al pueblo filipino, para su ratificación o rechazo, la Constitución de la República de Filipinas propuesta por la Convención Constitucional de 1971, y asignar fondos para ello", [1] además de fijar el plebiscito para su ratificación el 15 de enero de 1973. Charito Planas, un crítico acérrimo y más tarde vicealcalde de Quezón City , presentó un caso, conocido como los Casos del Plebiscito ( Planas v COMELEC (1973) ) ante la Corte Suprema pidiendo que se detenga la ratificación propuesta basándose, entre otros, en que el Decreto Presidencial "no tiene fuerza ni efecto como ley debido a la convocatoria... de tal plebiscito, la fijación de las directrices para la realización de las mismas, la prescripción de las papeletas a utilizar y la pregunta a responder por los electores, y la asignación de fondos públicos para el efecto, están, por la Constitución, radicadas exclusivamente en el Congreso..." y "no hay una sumisión adecuada al pueblo al no existir libertad de expresión, prensa y reunión, y no haber tiempo suficiente para informar al pueblo sobre el contenido de las mismas". [2]

El 15 de enero de 1973, mientras se tramitaban los casos del plebiscito en la Corte Suprema, el presidente firmó la Proclama No. 1102, que establece que la Constitución de 1973 fue "ratificada por una abrumadora mayoría de todos los votos emitidos por los miembros de todas las barangays (asambleas de ciudadanos) en todo Filipinas..." durante el plebiscito constitucional de 1973 .

En virtud de ese decreto, la Corte Suprema desestimó el caso por ser discutible y académico, sin perjuicio de que se interponga un caso que cuestione la validez de la Proclama No. 1102.

Presentaciones y audiencias

El 20 de enero de 1973, Josué Javellana presentó inicialmente un caso cuestionando la Proclama No. 1102. Peticiones similares siguieron las de Vidal Tan, J. Antonio Araneta, Alejandro Roces , Manuel Crudo, Antonio U. Miranda, Emilio de Peralta y Lorenzo M. Tañada. el 23 de enero de 1973; el 3 de febrero de 1973, por Eddie Monteclaro, (como Presidente del Club Nacional de Prensa de Filipinas); y el 12 de febrero de 1973, por Napoleón V. Dilag, Alfredo Salapantan Jr., Leonardo Asodisen Jr. y Raúl M. González . Asimismo, el 23 de enero de 1973, varios senadores presentaron una demanda contra el Secretario Ejecutivo, así como contra el Presidente del Senado, Gil Puyat , y el Presidente Pro Tempore del Senado, José Roy, alegando que el Congreso aún debía sesionar y que se les estaba impidiendo hacerlo. por agentes del Gobierno, invocando la Proclama 1102.

Los abogados que representaron a los peticionarios fueron Ramón A. Gonzales, Lorenzo Tañada , Jovito Salonga , Sedfrey Ordoñez , Francisco "Soc" Rodrigo , Pablo Sanidad, Joker Arroyo , Rogelio B. Padilla y Raúl M. González. Por el gobierno representaron el Procurador General Estelito P. Mendoza , el Procurador Vicente V. Mendoza y el Procurador Reynato S. Puno , así como Arturo Tolentino por Gil J. Puyat y José Roy.

Del 12 al 16 de febrero de 1973 se celebraron audiencias en la mañana y en la tarde ante la Corte Suprema. Durante las deliberaciones, el exsenador Lorenzo Tañada increpó ocasionalmente a los magistrados. Después de las deliberaciones, se permitió a las partes presentar sus notas y otros argumentos.

La Corte Suprema en ese momento estaba integrada por el presidente del Tribunal Supremo , Roberto Concepción , y los jueces adjuntos Querube Makalintal , Calixto Zaldívar , Fred Ruiz Castro , Enrique Fernando , Claudio Teehankee , Antonio Barredo, Félix Makasiar , Félix Antonio y Salvador Esguerra. De los miembros del tribunal, Concepción, Makalintal y Zaldívar fueron los magistrados que no fueron nombrados inicialmente por Marcos, siendo Concepción nombrado en 1954 (luego fue nombrado Presidente del Tribunal Supremo en 1966), Makalintal en 1962 y Zaldívar en 1964.

Decisión

El presidente del Tribunal Supremo, Roberto Concepción, redactó la decisión. Hizo un resumen de los hechos, luego su propio voto disidente del caso en el que dijo que la Constitución de 1973 no ha sido debidamente ratificada conforme a derecho, y luego procedió a hacer el resumen de votos de los miembros del tribunal.

Las cuestiones planteadas fueron:

  1. ¿Es la cuestión de la validez de la Proclamación núm. 1102 una cuestión (política)?
  2. ¿Se ha ratificado válidamente la Constitución de 1973?
  3. ¿La Constitución ha sido aceptada (con o sin ratificación válida) por el pueblo?
  4. ¿Tienen los peticionarios derecho a recibir reparación?
  5. ¿Está vigente la Constitución?

El tribunal estaba severamente dividido sobre las cuestiones planteadas en la petición, pero cuando se resolvió la cuestión crucial de si los peticionarios tienen derecho a una reparación, seis miembros del tribunal (los jueces Makalintal, Castro, Barredo, Makasiar, Antonio y Esguerra) votaron a favor de desestimar la petición. petición, ratificando así la Constitución de 1973 y el gobierno de Marcos. Concepción, junto con los jueces Zaldívar, Fernando y Teehankee, votaron a favor de conceder la reparación solicitada.

A la cuestión de si la Constitución de 1973 había sido ratificada válidamente o no, seis miembros de la corte (el presidente del Tribunal Supremo y los magistrados Makalintal, Zaldívar, Castro, Fernando y Teehankee) respondieron que la Constitución no fue ratificada válidamente. La opinión de Barredo era de naturaleza equívoca según Cruz, pero Joaquín Bernas, en su libro sobre la Constitución, comenta que su opinión se contaría como concordante con la de los seis magistrados. Pero es inusual [ ¿según quién? ] que de quienes dijeron que la Constitución no fue ratificada válidamente, Querube Makalintal y Fred Ruiz Castro votaron a favor de desestimar las peticiones. Makalintal y Castro, en una opinión conjunta, justificaron su no concesión de reparación sobre la base de un caso en relación con Luther v. Borden (48 US (7 How.) 1; 12 L.Ed. 581, 1849). Dijo que la investigación era efectivamente una determinación política y no judicial.

Se especuló [ ¿por quién? ] que los dos magistrados, siendo los siguientes en la fila para el cargo de Presidente del Tribunal Supremo, votaron como tales para no perder el favor de Marcos. Posteriormente, Makalintal fue nombrado presidente del Batasang Pambansa interino , y Castro evidentemente mostró su apoyo al régimen de Marcos a través de sus decisiones judiciales y declaraciones públicas.

La última frase de la decisión decía: "Siendo este el voto de la mayoría, no hay ningún obstáculo judicial adicional para que la nueva Constitución sea considerada en vigor y efecto". Es disputado [ ¿por quién? ] sobre si Concepción puso esta frase intencionalmente o alguien insertó estas palabras después de que firmó la decisión.

Secuelas

Los Casos de Ratificación eliminaron cualquier desafío legal a la presidencia de Marcos. Tuvo tal poder como Presidente de Filipinas hasta que fue obligado a dejar el poder en la Revolución del Poder Popular de 1986 .

El presidente del Tribunal Supremo, Concepción, tomó licencia 18 días después de que la decisión se hiciera pública (50 días después de su retiro programado) supuestamente porque estaba decepcionado con el resultado de la decisión. Posteriormente se convertiría en miembro de la Comisión Constitucional de Filipinas de 1986 que redactó la Constitución de Filipinas de 1987 . A partir de sus experiencias en los años de la ley marcial, introdujo varias innovaciones diseñadas para asegurar la independencia de la Corte Suprema, como el Consejo Judicial y de Abogados y la concesión expresa a la Corte del poder de revisar cualquier acto de gobierno.

En La dictadura conyugal de Fernando e Imelda Marcos , Primitivo Mijares observó en el capítulo "Un poder judicial sin carácter: legitimando a un pretendiente" que, si bien los Casos de Ratificación se resolvieron en cuestión de meses, los otros casos que involucraban a los críticos encarcelados de Marcos fueron No se decidió hasta uno o dos años después. [ cita necesaria ] De hecho, algunos de los críticos retiran sus peticiones, principalmente de hábeas corpus , debido a la falta de confianza en que la Corte Suprema conceda su reparación.

Makalintal, cuando se convirtió en presidente del Tribunal Supremo, también adoptó un enfoque similar al de Concepción al decidir el caso de los casos de hábeas corpus de Benigno Aquino Jr. ( [3] ) al resumir los diversos votos de los miembros del tribunal. Explicó la razón por la cual no hubo una opinión colegiada del Tribunal, entre otras cosas, de que los magistrados del Tribunal Supremo son conscientes del "futuro veredicto de la historia".

En la época de los Presidentes Castro y Fernando, la Corte Suprema, usando el poder 'legitimador', afirmó la legalidad de los Casos de Ratificación a través de varios casos, como Sanidad v. COMELEC (1976) [4] y Occena v. COMELEC ( 1981) . [5]

De los cuatro magistrados que votaron a favor de conceder la reparación, Concepción y Calixto Zaldívar abandonaron el tribunal por jubilación. Los jueces Teehankee, identificados por primera vez con el régimen, [ ¿por quién? ] comenzó a mostrar su independencia al disentir constantemente de varias decisiones tomadas por el tribunal. Estuvo acompañado en tales disidencias por la magistrada Cecilia Muñoz-Palma , y ​​posteriormente, por Vicente Abad Santos . Fernando, aunque esperaba que fuera alguien que se opusiera a los excesos del régimen de Marcos, se convirtió en su partidario.

Legado

La decisión en los Casos de Ratificación todavía es estudiada por los estudiantes de Derecho filipino con respecto a la adecuada ratificación y aprobación de una nueva Constitución. También dio una lección y un recordatorio del régimen de Marcos y sus efectos para el pueblo filipino.

También demuestra que la Corte Suprema está compuesta por seres humanos susceptibles de error, en palabras del magistrado Isagani Cruz , "...no es una torre de marfil ocupada por semidioses pero tampoco una institución infalible compuesta por personas ligeramente superiores a sus semejantes, tal vez, pero también mostrando sus debilidades y fracasos." [6]

Ver también

Referencias

  1. ^ "Decreto Presidencial N° 73, art. 1972". El Diario Oficial . Gobierno de Filipinas. 1 de diciembre de 1972.
  2. ^ Planas contra COMELEC , RP (SC 1973).
  3. ^ Aquino, Jr. contra Enrile (1973)
  4. ^ "GR Nº L-44640". www.lawphil.net .
  5. ^ "GR No. L-56350". www.lawphil.net .
  6. ^ Chang, Wen-Chen; Thio, Li-ann; Bronceado, Kevin YL (2014). Constitucionalismo en Asia: casos y materiales. Publicación de Bloomsbury. págs. 524–525. ISBN 978-1-78225-223-8.

Bibliografía

enlaces externos