En la Iglesia Católica , los días de precepto o días santos son días en los que se espera que los fieles asistan a Misa y descansen del trabajo y la recreación (es decir, deben abstenerse de realizar trabajos o actividades que obstaculicen el culto debido a Dios), según el tercer mandamiento.
La espera se vincula al día santo, aunque se traslade a otra fecha, como sucede a veces en el rito romano . Sin embargo, en algunos países se concede una dispensa en tales circunstancias. [1]
Los días de precepto para los católicos de la Iglesia latina están indicados en el canon 1246 del Código de Derecho Canónico de 1983 : [2]
1246. § 1. En toda la Iglesia se debe observar como fiesta primordial de precepto el domingo, en el que, por tradición apostólica, se celebra el misterio pascual . Además, se deben observar los días siguientes: la Natividad de nuestro Señor Jesucristo, la Epifanía, la Ascensión, el Cuerpo y la Sangre de Cristo, Santa María Madre de Dios, su Inmaculada Concepción, su Asunción, san José, san Pedro y san Pablo Apóstoles, y todos los santos. § 2. Sin embargo, con la aprobación previa de la Sede Apostólica, la Conferencia Episcopal puede suprimir algunas fiestas de precepto o trasladarlas al domingo.
Colocados en el orden del calendario litúrgico , los diez días (aparte del domingo) que menciona este canon son:
En el pasado, había muchos más días de precepto. Con el motu proprio del 2 de julio de 1911, Supremi disciplinae , el Papa Pío X redujo el número de estos días festivos no dominicales de 36 a 8: las 10 fechas mencionadas anteriormente (el 1 de enero era entonces la fiesta de la Circuncisión de Cristo ) menos las fiestas del Cuerpo y la Sangre de Cristo y de San José. [3] La lista actual fue establecida en el canon 1247 del Código de Derecho Canónico de 1917 , [4] ahora canon 1246 del Código de Derecho Canónico actual .
Ya antes de Pío X, los obispos de muchos países habían obtenido de la Santa Sede la aprobación para disminuir el número de días de precepto no dominicales, llegando a ser menos de 36. También hoy las conferencias episcopales han hecho uso de la autoridad que les fue concedida para reducir dichos días a los diez arriba mencionados.
Las fiestas de precepto no dominicales tienen todas rango de solemnidad . Por consiguiente, si en el Tiempo Ordinario una de ellas cae en domingo, la celebración dominical cede su lugar; pero los domingos de Adviento , Cuaresma y Pascua tienen precedencia sobre todas las demás solemnidades, que entonces se trasladan a otro día [5] (pero no así el precepto). Ocasionalmente, la Fiesta del Sagrado Corazón puede caer en el día de la festividad de San Pedro y San Pablo, en cuyo caso tiene precedencia sobre la Solemnidad de San Pedro y San Pablo; el precepto entonces se aplica a la fiesta del Sagrado Corazón. [ cita requerida ]
Aunque las conferencias episcopales pueden suprimir los días de precepto o trasladarlos al domingo, algunas de ellas han mantenido como días de precepto algunos días que no son festivos . Para la mayoría de las personas, estos días son días laborables normales y, por lo tanto, no pueden observar la obligación de "abstenerse de aquellas obras y asuntos que impiden el culto que se debe rendir a Dios, la alegría propia del día del Señor o el descanso adecuado de la mente y el cuerpo". [6] Sin embargo, los fieles siguen sujetos a la obligación de participar en la Misa. Para estos días, conocidos coloquialmente como "días santos de trabajo", las iglesias pueden tener un horario especial, con Misa disponible fuera del horario laboral normal o la tarde anterior. En tiempos pasados, los días santos a menudo se denominaban días de precepto simple o doble, y los de precepto doble requerían que los fieles asistieran a Misa y se abstuvieran de trabajos serviles, mientras que los días de precepto simple permitían el trabajo servil. [7]
En Irlanda, los únicos días de precepto que son también festivos son Navidad y el día de San Patricio . Por lo tanto, hay cinco días festivos laborables. De manera similar, Eslovaquia tiene cuatro días festivos que también son festivos: Navidad, Solemnidad de María Madre de Dios, Epifanía y Todos los Santos, lo que le deja con cinco días festivos laborables. En los Países Bajos, la conferencia episcopal decretó que, a partir del 1 de enero de 1991, las fiestas de la Asunción y de Todos los Santos, cada una de las cuales había decidido previamente celebrar el domingo siguiente, serían de obligación en lo que respecta a la misa, pero no a la abstención de trabajar. [8]
En la Ciudad del Vaticano, pero no en el resto de la diócesis de Roma, los domingos y los diez días enumerados en el canon 1246 se observan como días de precepto. Esto también sucede en la diócesis de Lugano (que abarca el cantón suizo de Ticino ), pero quizás en ningún otro lugar.
Algunos países tienen como días de precepto festividades que no están incluidas en el canon 1246. Irlanda tiene el día de San Patricio. [9] Alemania y Hungría tienen a San Esteban el "Segundo día de Navidad" (26 de diciembre), el Lunes de Pascua y el Lunes de Pentecostés (Lunes de Pentecostés). [10]
En los países donde no son días festivos de precepto, tres de los diez días festivos enumerados anteriormente se asignan a un domingo como su día propio: [11]
Si se asignan así a un domingo, no se incluyen en las siguientes listas nacionales de días santos de precepto, ya que "en cada país todos los domingos son días santos de precepto". [12]
No existe ninguna norma legislativa formal de la Conferencia Episcopal de Bélgica en la que se enumeren los días de precepto. Sin embargo, los cuatro días mencionados anteriormente han sido días de precepto en Bélgica desde el concordato de 1801 (que a su vez no está reconocido como legalmente vinculante en Bélgica desde la independencia). Por lo tanto, el sistema actual está en vigor debido al canon 5 del Código de Derecho Canónico de 1983. [ 13]
[15]
Desde los años 50, China no ha tenido una conferencia episcopal reconocida por la Santa Sede. La actual conferencia episcopal de China no incluye a todos los obispos del país, ya que no se incluyen los obispos "clandestinos" sin la aprobación del estado. Poseer una conferencia episcopal reconocida es un requisito previo en el derecho canónico para trasladar los días festivos o eliminar su obligación de forma permanente, ya que la conferencia episcopal debe recibir permiso de la Santa Sede para hacer cualquiera de las dos cosas. [16] De lo contrario, los obispos y los pastores solo tienen la autoridad para suspender una obligación caso por caso. Una fuente en línea publicada por la Arquidiócesis de Beijing recita el derecho canónico textualmente (incluyendo los 10 días festivos del calendario general) en respuesta a la pregunta de "qué días festivos deben observarse" sin ninguna mención de los días que se cancelan o trasladan. [17]
Sin embargo, esta situación sólo existe en China continental. En la diócesis de Hong Kong , la Navidad es el único día de precepto. [18] Lo mismo parece ser cierto en Taiwán. En la diócesis de Macao , los días de precepto son la Inmaculada Concepción de la Bienaventurada Virgen María , la Navidad y la Solemnidad de María, Madre de Dios . [19]
En la República Checa, los días de precepto están reducidos a sólo dos días, por decisión de la Conferencia Episcopal Checa , que también son festivos en la República Checa [ 20]. Como los demás días de precepto mencionados en el Código de Derecho Canónico no son festivos, la Conferencia Episcopal Checa no hace obligatoria la asistencia a Misa para los católicos, sino que sólo la recomienda, como lo hace también en los días festivos de los santos Cirilo y Metodio (5 de julio) y San Wenceslao (28 de septiembre). La asistencia a Misa es, por supuesto, obligatoria todos los domingos.
Incluye las Islas Feroe y Groenlandia.
(Véase Oficio de Liturgia. [21] )
Según una decisión de 1984 de la Conferencia Episcopal Católica de Inglaterra y Gales , los días festivos que caen en sábado o lunes (con excepción de Navidad) se trasladan al domingo adyacente. En 2006, la Epifanía, la Ascensión y el Corpus Christi se trasladaron al domingo más cercano. El 17 de noviembre de 2016, en su reunión en Leeds, la Conferencia Episcopal determinó que la Epifanía y la Ascensión se debían celebrar en sus días oficiales, o en el domingo adyacente cuando el 6 de enero fuera sábado o lunes. Esta decisión fue aprobada por la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos y entró en vigor el 3 de diciembre de 2017. [22] [23]
Existen regulaciones diferentes para Escocia y para Irlanda.
(Véase Iglesia católica en Finlandia: cuestiones prácticas. [24] )
Además, algunos estados federados con un alto porcentaje de población católica tienen uno o más de los siguientes días festivos de obligación:
En Alemania no se celebran como días de precepto las solemnidades de San José, de los Santos Pedro y Pablo y de la Inmaculada Concepción de María; tampoco suelen trasladarse al domingo (aunque en el caso de San Pedro y San Pablo esto es teóricamente posible). También se suele asistir a la liturgia del Viernes Santo , que es un día festivo, aunque no sea un día de precepto. [25]
En lugar de trasladarse al domingo siguiente, la fiesta de la Ascensión de Nuestro Señor, aunque no es un día de precepto en Grecia, se celebra el jueves de la sexta semana de Pascua, para celebrarla el mismo día que la Iglesia Ortodoxa de Grecia .
[26]
La Conferencia Episcopal de Indonesia no ha emitido una normativa sobre los días festivos de precepto, por lo que se aplican los diez días festivos del canon 1246 § 1. [28] [29]
incluye toda la isla de Irlanda , es decir, tanto la República de Irlanda como Irlanda del Norte.
(Ver "Días festivos de trabajo", más arriba)
Incluye toda la península de Corea , incluidas Corea del Norte y Corea del Sur.
(Ver "Días festivos de trabajo", más arriba)
Según la Conferencia Episcopal de Escocia de 1986, los días festivos que caen en sábado o lunes (con excepción de Navidad) se trasladan al domingo siguiente. Existen normas distintas para Irlanda y para Inglaterra y Gales.
[35]
En Eslovaquia se respetan todos los días festivos de precepto enumerados en el Código de Derecho Canónico, excepto la solemnidad de San José , aunque sólo la solemnidad de Santa María, la Epifanía, el día de Todos los Santos y la Navidad son también días festivos. Véase el apartado "Días festivos laborables", más arriba.
Además, la Conferencia Episcopal Eslovaca recomienda la asistencia a Misa en las siguientes solemnidades, debido a su importancia nacional:
También es fiesta de precepto en toda España la siguiente:
[36]
También son días de precepto en Suiza los siguientes:
En la diócesis de Lugano (que abarca el cantón del Tesino ) también son días de precepto los tres siguientes:
Esto probablemente convierte a la diócesis de Lugano en la única diócesis del mundo (a excepción de la parte de la Ciudad del Vaticano de la diócesis de Roma ) donde se observan los diez días santos de precepto. [ cita requerida ]
(Véase Oficina Arquidiocesana. [37] )
Estas normas también se aplican en los territorios de Ucrania ocupados por Rusia .
En la mayor parte de los Estados Unidos, la Ascensión se traslada al domingo siguiente (que de otro modo sería el séptimo domingo de Pascua). Solo se celebra como día de precepto el jueves en las provincias eclesiásticas de Boston , Hartford , Nueva York , Omaha y Filadelfia , así como por los miembros del Ordinariato Personal de la Cátedra de San Pedro . [38] [39]
Según una norma complementaria emitida por la USCCB , "Siempre que el 1 de enero, solemnidad de María, Madre de Dios, o el 15 de agosto, solemnidad de la Asunción, o el 1 de noviembre, solemnidad de Todos los Santos, caiga en sábado o en lunes, queda abrogado el precepto de asistir a la Misa". [40]
En los años en que el 8 de diciembre cae en domingo, la solemnidad de la Inmaculada Concepción normalmente se traslada al 9 de diciembre, ya que es superada en rango por el Segundo Domingo de Adviento. [41] En este caso, sin embargo, el precepto de asistir a Misa queda abrogado por el traslado. [1] Según el Código de Rúbricas de 1960 , todavía observado por algunos de acuerdo con Summorum Pontificum , la fiesta de la Inmaculada Concepción tiene precedencia incluso sobre un domingo de Adviento y no se traslada. [42]
En Hawaii , la Fiesta de la Inmaculada Concepción y la Navidad son los únicos días santos de obligación, según lo decretado por el Obispo de Honolulu en 1992, de conformidad con un indulto de la Santa Sede y aprobado por la Conferencia Episcopal Nacional. [43]
La Provincia Eclesiástica de Hanoi observa los siguientes cuatro días santos de obligación, conocidos como las "Cuatro Estaciones" ( vietnamita : Tứ Quý ): [44]
Las provincias eclesiásticas de Huế y de Ho Chi Minh City sólo observan un día festivo de precepto recurrente, la Navidad. Las diócesis individuales pueden observar días festivos de precepto adicionales según las circunstancias. [45]
El Código de Cánones de las Iglesias Orientales (CCEO) establece las normas pertinentes en materia de días de precepto para las Iglesias católicas orientales . Hay cinco días de precepto, además del domingo, especificados como comunes a todas las Iglesias orientales: [46]
El CCEO establece que sólo la « autoridad suprema » de la Iglesia puede «establecer, trasladar o suprimir días festivos y días de penitencia que sean comunes a todas las Iglesias orientales», si bien la ley particular de una Iglesia sui iuris puede suprimir uno de estos días o trasladarlo al domingo, siempre que dicha ley particular haya sido aprobada por la Sede Apostólica. [47] La autoridad competente para establecer la ley particular de una Iglesia sui iuris puede constituir, trasladar o suprimir otros días festivos y días de penitencia (es decir, que no sean comunes a todas las Iglesias orientales), bajo ciertas condiciones. [47]
Los fieles de las Iglesias orientales católicas «están obligados a participar los domingos y días festivos en la divina liturgia o, según las prescripciones o las legítimas costumbres de la propia Iglesia sui iuris, en la celebración de las alabanzas divinas». [48]
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