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Audiencia del artículo 32

Una audiencia del artículo 32 es un procedimiento según el Código Uniforme de Justicia Militar de los Estados Unidos , similar al de una audiencia preliminar en derecho civil. Su nombre se deriva del artículo 32 de la sección VII ("Procedimiento de juicio") de la UCMJ (10 USC § 832), que exige la audiencia.

La UCMJ especifica varios niveles diferentes de formalidad con los que se pueden abordar las infracciones. El más grave es un consejo de guerra general . Se requiere una audiencia conforme al artículo 32 antes de que un acusado pueda ser remitido a un consejo de guerra general, a fin de determinar si hay pruebas suficientes para merecer un consejo de guerra general. Los infractores en el ejército estadounidense pueden enfrentar castigos no judiciales , un consejo de guerra sumario , un consejo de guerra especial , un consejo de guerra general o una separación administrativa. Un oficial al mando, en su función de autoridad para convocar el consejo de guerra , consultará con el juez de mando para obtener asesoramiento sobre la disposición del caso; Los factores que deben considerarse incluyen, entre otros , la legislación y la jurisprudencia pertinentes, la gravedad de los delitos, la fortaleza o debilidad de cada elemento del caso, la promoción del buen orden y la disciplina, y el deseo del comandante de resolver el caso.

Normalmente se dirige una investigación cuando parece que los cargos son de naturaleza tan grave que puede justificarse un juicio ante un consejo de guerra general. El comandante que dirige una investigación conforme al artículo 32 designa a un oficial comisionado como oficial investigador que llevará a cabo la investigación y elaborará un informe de conclusiones y recomendaciones. Este oficial nunca es el acusador, el abogado litigante (juez defensor fiscal), ni está en la cadena de mando del acusado . Este oficial puede tener o no formación jurídica, aunque se recomienda y es común dentro de la práctica del servicio el uso de abogados militares (defensores de jueces). Si el funcionario investigador no es abogado, podrá buscar asesoramiento jurídico de una fuente imparcial, pero no podrá obtenerlo de un abogado de ninguna de las partes.

Se programa una audiencia de investigación tan pronto como sea razonablemente posible después del nombramiento del oficial investigador. A la audiencia normalmente asisten el investigador, el acusado y el abogado defensor. El comandante normalmente designará un abogado para representar a los Estados Unidos y, en algunos casos, un taquígrafo judicial y un intérprete; estos nombramientos son, en la realidad práctica, asignaciones de funciones realizadas por la rama de derecho penal de la oficina del abogado del juez de mando. Normalmente, esta audiencia de investigación está abierta al público y a los medios de comunicación.

El oficial investigador generalmente revisará todas las pruebas no testimoniales y luego procederá al interrogatorio de los testigos. Excepto por un conjunto limitado de reglas sobre privilegios, interrogatorios y la regla del escudo contra la violación (MRE 412), las reglas militares sobre evidencia no se aplican en esta audiencia de investigación. Sin embargo, esto no significa que el funcionario investigador ignore las cuestiones probatorias. El oficial investigador comentará sobre todas las cuestiones probatorias que sean críticas para la resolución de un caso. Todo testimonio se toma bajo juramento o afirmación, excepto que un acusado pueda hacer una declaración sin juramento.

La defensa tiene amplia libertad para interrogar a los testigos. A partir de 2013, en los casos en los que se alega agresión sexual , algunos críticos alegan que se permite un interrogatorio extremadamente intrusivo y agresivo de la víctima, una práctica que ha sido citada por los críticos del manejo de la agresión sexual por parte del ejército en el ejército de los Estados Unidos . En un caso, un guardiamarina de la Academia Naval fue interrogado durante 30 horas durante varios días sobre su comportamiento sexual pasado. [1] Si el comandante designa un abogado para representar a los Estados Unidos, este representante del gobierno normalmente llevará a cabo un interrogatorio directo de los testigos del gobierno. A esto le sigue un contrainterrogatorio por parte de la defensa y un interrogatorio por parte del oficial investigador una vez finalizado el interrogatorio de ambos abogados. Del mismo modo, si se llama a un testigo de la defensa, el abogado defensor normalmente realizará un interrogatorio directo seguido de un contrainterrogatorio gubernamental. Después de que el abogado defensor realice un nuevo interrogatorio o de que ambos abogados completen el interrogatorio, el funcionario investigador podrá realizar un examen adicional. Los procedimientos exactos a seguir en la audiencia no están especificados ni en el Código Uniforme de Justicia Militar ni en el Manual de Corte Marcial.

Ver también

notas y referencias

  1. ^ Steinhauer, Jennifer (20 de septiembre de 2013). "La audiencia de la Marina en un caso de violación genera alarma". Los New York Times . Consultado el 21 de septiembre de 2013 .

enlaces externos