stringtranslate.com

Directiva de entidades de crédito de 2013

La Directiva sobre instituciones de crédito 2013/36/UE es una ley de la UE que tiene como objetivo garantizar que los bancos se administren con prudencia y no se declaren insolventes . Se introdujo como parte de un paquete de normas, tras la crisis financiera de 2007-2008 , con el Reglamento sobre requisitos de capital de 2013 .

Contenido

Títulos I-II, administración

El título I se refiere a las definiciones. El Título II explica las autoridades competentes para administrar la Directiva, descentralizadas dentro de los estados miembros (por ejemplo, la Autoridad de Conducta Financiera en el Reino Unido, el Bundesamt für Finanz en Alemania).

Título III, autorización

El título III establece los requisitos para estar activo como entidad de crédito" (especialmente, administrar un banco). El artículo 8 contiene el requisito clave para que las entidades de crédito estén autorizadas. Artículo 9, prohibición de recibir depósitos sin autorización. Art. 11, 'Estados miembros No será necesario que la solicitud de autorización sea examinada en función de las necesidades económicas del mercado.» art 12, capital inicial de 12 millones de euros art 14, la autoridad depende de revelar las identidades de los accionistas o miembros con participaciones calificadas, o de los 20 mayores tenedores art 18, razones exhaustivas para retirar la autorización – especialmente (c) ya no cumple las condiciones. en virtud del cual se le concedió la autoridad. Capítulo 2, El derecho de establecimiento de entidades de crédito.

Títulos IV-VI, establecimiento

El título IV se refiere al capital inicial mínimo.

El título V se refiere a los derechos de establecimiento y a la libre prestación de servicios. El artículo 35, reafirma el derecho a establecer una sucursal en otro estado miembro, una CI debe notificar a las autoridades del estado miembro de origen. El artículo 40 se refiere a los requisitos de presentación de informes que los estados miembros anfitriones pueden exigir. El artículo 43 añade que los Estados anfitriones pueden tomar medidas cautelares de emergencia en detrimento de los derechos generales.

El título VI se refiere a las relaciones con terceros países.

Título VII, normas prudenciales y de gobernanza

El título VII se refiere a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y al gobierno corporativo . El artículo 49 dice que la posición básica es que el Estado de origen de la entidad de crédito es responsable de la supervisión. El artículo 50 exige la colaboración en materia de supervisión entre las autoridades de los Estados miembros. El artículo 73 contiene disposiciones sobre capital interno. El artículo 74 dice que la gobernanza interna y los planes de recuperación deben ser definidos y transparentes. El artículo 76 exige normas para la organización y tratamiento de riesgos.

Los artículos 88 a 96 contienen disposiciones laxas sobre gobierno corporativo. Según el artículo 88, apartado 1, debe haber una segregación de las funciones de gestión y supervisión para evitar conflictos de intereses, y (2) los directores no ejecutivos deben estar en el comité de nombramientos para los nuevos nombramientos. El artículo 89 exige que los informes país por país revelen (a) el nombre y lugar de las actividades (b) el volumen de negocios de la institución de crédito (c) los empleados a tiempo completo (d) las ganancias y pérdidas antes de impuestos (e) después de impuestos (f) públicas subvenciones recibidas. El artículo 91 dice que los miembros del órgano de administración deben tener habilidades para desempeñar sus funciones, "reflejar una gama suficientemente amplia de experiencias" (2) dedicar suficiente tiempo para realizar el trabajo (3) no más de un puesto de director ejecutivo y dos puestos de dirección no ejecutivos o cuatro no ejecutivos. directorios ejecutivos (4) definiciones (5) sin contar los trabajos no comerciales (6) las autoridades competentes pueden autorizar uno adicional (7) la gerencia debe comprender los principales riesgos (8) independencia (9) capacitación (10) el comité de nominaciones debe establecerá una política que promueva la diversidad en el consejo de administración» (11) con referencia al artículo 435, apartado 2, del Reglamento sobre requisitos de capital n.º 575/2013 para evaluar la diversidad y, por último, (12) la Autoridad Bancaria Europea establecerá directrices a tiempo, conocimiento, integridad, diversidad, etc. El artículo 92 establece que las políticas de remuneración deben ser aplicadas por las autoridades competentes. El artículo 93 establece que las instituciones que reciben apoyo gubernamental deben (a) limitar estrictamente el pago variable al "porcentaje de los ingresos netos" (b) establecido por la autoridad competente, (c) y no recibir ningún pago variable a la gerencia "a menos que esté justificado". El artículo 95 dice que debe haber un comité de remuneraciones para todas las entidades de crédito, con directores no ejecutivos. «Si la legislación nacional prevé la representación de los trabajadores..., el comité de remuneraciones estará compuesto por uno o varios representantes de los trabajadores.» Por último, el artículo 96 exige que una entidad de crédito mantenga un sitio web sobre gobernanza y pago según las normas previstas en los artículos 88 a 96.

La Sección III del Título VII se refiere al proceso de revisión y evaluación supervisora. El artículo 100 contiene normas sobre la "prueba de resistencia anual".

Títulos VIII-XI, disposiciones finales

El Título VIII exige la divulgación por parte de las autoridades competentes. El título IX se refiere a los actos de ejecución. El título X se refiere a las modificaciones. El título XI contiene disposiciones transitorias y finales.

Ver también

Notas

Referencias