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Mercado único y economía de CARICOM

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Un diagrama de Euler en el que se puede hacer clic que muestra las relaciones entre varias organizaciones multinacionales en las Américas.v · d ·e

El Mercado y Economía Únicos de CARICOM , también conocido como Mercado y Economía Únicos del Caribe ( CSME ), es una estrategia de desarrollo integrada prevista en la Décima Reunión de la Conferencia de Jefes de Gobierno de la Comunidad del Caribe (CARICOM) que tuvo lugar en julio de 1989. en Grand Anse, Granada . La Declaración de Grand Anse [1] tenía tres características clave:

  1. Profundizar la integración económica avanzando más allá de un mercado común hacia un mercado y una economía únicos.
  2. Ampliar el número de miembros y, por tanto, ampliar la masa económica de la Comunidad del Caribe (por ejemplo, Surinam y Haití fueron admitidos como miembros de pleno derecho en 1995 y 2002, respectivamente).
  3. Inserción progresiva de la región en el sistema económico y comercial mundial mediante el fortalecimiento de vínculos comerciales con socios no tradicionales.

Un precursor de la CARICOM y su CSME fue el Tratado de Libre Comercio del Caribe , formado en 1965 y disuelto en 1973.

Mercado único y economía

El CSME se implementará a través de varias fases, siendo la primera el Mercado Único de la CARICOM (MSC). El MSC se implementó inicialmente el 1 de enero de 2006, con la firma del documento para su implementación por parte de seis estados miembros originales. Sin embargo, el Tratado Revisado de Chaguaramas que establece el CSME había sido aplicado provisionalmente por doce estados miembros de CARICOM desde el 4 de febrero de 2002, en virtud de un Protocolo sobre la Aplicación Provisional del Tratado Revisado de Chaguaramas. [2] Se habían redactado nueve protocolos para modificar el Tratado Original de Chaguaramas y se habían consolidado en el Tratado Revisado [2] firmado en Nassau en 2001, [3] y varios de los Protocolos se habían aplicado parcial o totalmente desde su creación en 1997-1998, incluida la disposición sobre la libre circulación de personas cualificadas. [4]

Al 3 de julio de 2006, cuenta ahora con 12 miembros. Aunque se ha establecido el Mercado y la Economía Únicos del Caribe (MEUC), en 2006 se esperaba que no se implementara plenamente hasta 2008. [5] Posteriormente, en 2007, se fijó una nueva fecha límite para la entrada en vigor de la Economía Única en 2015. [6] sin embargo, tras la crisis financiera de 2007-2008 y la resultante Gran Recesión , en 2011, los Jefes de Gobierno de CARICOM declararon que el progreso hacia la Economía Única se había puesto en pausa. [7] La ​​culminación del CSME con la Economía Única se logrará con la armonización de la política económica y, posiblemente, con una moneda única. [5]

En la decimoctava Conferencia Intersesional de Jefes de Gobierno de CARICOM, celebrada en San Vicente y las Granadinas del 12 al 14 de febrero de 2007, [8] se acordó que, si bien el marco para la Economía Única estaría en el objetivo previsto para 2008, las recomendaciones de un Se aceptaría el informe sobre el CSME para la implementación gradual de la Economía Única. [9] Actualmente se espera que la Economía Única se implemente en dos fases.

Fase 1

La fase 1 debía tener lugar entre 2008 y 2009 [9] con la consolidación del Mercado Único y el inicio de la Economía Única. Sus elementos principales incluirían:

Durante la Fase 1 también se espera que para el 1 de enero de 2009 haya:

Avances y retrasos

Si bien los avances en los elementos de la Fase 1 no han dado como resultado su finalización para 2009, se han cumplido varios de sus elementos, entre ellos:

Los elementos notables que aún no se han completado son; afianzamiento legal de la Carta de la Sociedad Civil de CARICOM, [14] aprobación del Régimen de Inversiones de CARICOM y el Acuerdo de Servicios Financieros de CARICOM (aunque en agosto de 2013 los Ministros de Finanzas de los estados miembros en una reunión del Consejo Comunitario aprobaron el borrador del Acuerdo de Servicios Financieros de CARICOM y el borrador enmienda al Acuerdo de Doble Imposición Intra-CARICOM), [15] e implementación de las disposiciones de la Declaración de Rose Hall sobre Gobernanza y Regionalismo Maduro . [dieciséis]

Fase 2

La fase 2 tendrá lugar entre 2010 y 2015 [9] y consiste en la consolidación y finalización de la Economía Única. Se espera que las decisiones tomadas durante la Fase 1 se implementen dentro de este período, aunque los detalles dependerán del trabajo técnico, las consultas y las decisiones que se hubieran tomado. La fase 2 incluirá:

Declaración de Santa Ana

Al concluir una cumbre especial sobre el CSME celebrada en Trinidad y Tobago los días 3 y 4 de diciembre de 2018, los líderes acordaron un plan trienal sobre el CSME. Este plan incluirá: [17]

Estados miembros

  Miembros de CARICOM forman parte del CSME
  Miembros de CARICOM que no forman parte del CSME
  Miembros asociados de la CARICOM

Doce miembros de pleno derecho actuales tanto de CARICOM como del CSME:

De los doce miembros que se espera que se unan al CSME, Barbados, Belice, Guyana, Jamaica, Suriname y Trinidad y Tobago fueron los primeros seis en implementar el Mercado Único de la CARICOM el 1 de enero de 2006. [19] Antigua y Barbuda, Dominica, Granada, St. Kitts y Nevis, Santa Lucía y San Vicente y las Granadinas fueron el siguiente grupo de miembros (seis en total) que se unieron al MSC el 3 de julio de 2006 en la reciente Conferencia de Jefes de Gobierno de CARICOM. [20]

Miembros plenos actuales de CARICOM y participantes parciales del CSME:

El Parlamento de Haití ratificó el Tratado Revisado de Chaguaramas en octubre de 2007 y el Ministro de Asuntos Exteriores haitiano, Jean Renald Clerisme, presentó el Aviso de Ratificación publicado al Presidente del Consejo de Ministros de la Comunidad del Caribe, el 7 de febrero, allanando el camino para la plena participación del país en el CSME [ 21] el 8 de febrero de 2008. [2] [22] Haití no ha completado la implementación del Tratado Revisado de Chaguaramas y, por lo tanto, no es un participante pleno en el Mercado y la Economía Únicos. De acuerdo con el impulso de reconstruir el país tras el terremoto de 2010 y la crisis política anterior de 2004 , también se ha continuado trabajando para preparar a Haití para participar efectivamente en el CSME. En sus preparativos cuenta con la asistencia de la Secretaría, encabezada por la Oficina de Representación de CARICOM en Haití (CROH), que fue reabierta en 2007 con financiación de la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (CIDA). [23] En 2007, la CROH inició el Proyecto CSME de Haití, cuyo objetivo era ayudar al Gobierno de Haití a acelerar su participación en el CSME como medio para permitir a Haití volver a participar plenamente en el proceso de integración regional en la Comunidad del Caribe. [24]

Como primer paso hacia el CSME, Haití debía ingresar en el régimen de comercio de bienes del Mercado Único en enero de 2010 (los objetivos anteriores habían sido durante algún tiempo en 2009) [25] pero no pudo hacerlo debido al terremoto. [23] Hasta ese momento, CROH y su homólogo del gobierno haitiano, la Oficina de Coordinación y Suivi o BCS (Oficina de Coordinación y Seguimiento), habían trabajado mucho en el trabajo técnico necesario para alinear el arancel nacional haitiano. con el Arancel Exterior Común (AEC) del Caricom. El siguiente paso que debía darse para que Haití iniciara el pleno libre comercio de bienes dentro del CSME era, por lo tanto, que el Parlamento haitiano aprobara una legislación que adoptara el arancel externo de Caricom como arancel nacional de Haití. A mediados de 2009, el Gobierno de Haití anunció que estaría dispuesto a participar plenamente en el libre comercio de mercancías dentro del CSME a partir del 1 de enero de 2010; y, de hecho, mediante una Ley de Aduanas revisada adoptada por el Parlamento haitiano a finales de 2009, entre el 20% y el 30% del AEC del Caricom se incorporó al arancel nacional haitiano. Sin embargo, poco después el progreso de Haití hacia la plena adopción del AEC comenzó a estancarse con la destitución del Gobierno de la Primera Ministra Michèle Pierre-Louis en noviembre de 2009 y luego quedó en suspenso como resultado del terremoto de enero de 2010. [24] Para ayudar a estimular la actividad económica, el Consejo de Comercio y Desarrollo Económico (COTED) aprobó en diciembre una solicitud para que algunos productos haitianos se exportaran dentro del Mercado Único sobre una base preferencial no recíproca durante tres años. Se están realizando consultas para la aprobación de elementos adicionales de una lista original que presentó Haití. La concesión entró en vigor el 1 de enero de 2011. Los funcionarios de la Secretaría de CARICOM continúan sus ejercicios de capacitación con funcionarios de aduanas haitianos para facilitar su comprensión del régimen comercial del CSME. [23]

En lo que respecta a la inclusión de los haitianos en la libre circulación de nacionales calificados bajo el régimen CSME y una revisión de la política de visas hacia los nacionales haitianos por parte de otros estados de Caricom, se han logrado algunos avances. A principios de 2009, la representación ante los Jefes de Gobierno de Caricom sobre el tema, particularmente a raíz de las dificultades que enfrentaban los funcionarios gubernamentales que viajaban a las reuniones de Caricom, llevó a la Conferencia de Jefes de Gobierno a renunciar a los requisitos de visa para los funcionarios del Gobierno haitiano que portaran pasaportes oficiales del Gobierno. En 2010, los Jefes de Gobierno de Caricom dieron un paso más para facilitar los viajes de los empresarios haitianos y acordaron que los haitianos que posean visas estadounidenses y Schengen no necesitarían visas para ingresar a otros estados miembros de Caricom. [24] En lo que respecta a la participación en la libre circulación de nacionales calificados, Haití también ha sido incluido en la legislación pertinente de al menos algunos estados del CSME como estado miembro participante. [26]

En 2018, tanto en una reunión del COTED como en una cumbre especial sobre el CSME, se anunció que Haití tiene la intención de contar con el marco legislativo y administrativo necesario para el comercio libre de impuestos de bienes para octubre de 2019 [27] para permitir su plena integración. en el CSME para 2020. [18]

Miembros de pleno derecho actuales de CARICOM y signatarios (y participantes de facto) del CSME:

Montserrat estaba esperando la encomienda (aprobación) del Reino Unido con respecto al Tratado Revisado de Chaguaramas para poder participar, [28] pero dicha encomienda fue denegada a mediados de 2008, y los Jefes de Gobierno de CARICOM (incluida Montserrat) expresaron su decepción y instó al Reino Unido a reconsiderar su posición. [29] Hasta ese momento, Montserrat seguirá siendo miembro en las condiciones existentes inmediatamente antes de la entrada en vigor del Tratado Revisado de Chaguaramas y el MSC el 1 de enero de 2006 y, como tal, se encuentra legalmente en una relación de mercado común con todos los estados participantes del MSC. . [30] Esto significa que, si bien los productos de Montserrat son elegibles para el trato de la CARICOM y el libre comercio (como lo cubre el antiguo Anexo del Mercado Común), los proveedores de servicios en Montserrat no son elegibles para el trato de la CARICOM a menos que así lo dispongan los distintos países del MSC individualmente en legislativa o administrativamente. [31]

Desde el inicio del proceso CSME y después de la denegación de la encomienda, Montserrat ha sido tratada en la legislación pertinente de otros estados miembros como participante del CSME [26] [32] [33] y la propia Montserrat implementa aspectos del CSME. cuando sea posible para sus propios residentes [34] y para los nacionales de otros estados del CSME [35] (o proporciona un trato más favorable para dichos nacionales cuando la implementación total no sea posible). [36] Estas medidas incluyen disposiciones legales para la concesión automática de una estadía de 6 meses bajo las obligaciones de libertad de movimiento y el cumplimiento de los certificados de habilidades de CARICOM en Montserrat [37] (esta última medida el Gobierno de Montserrat había sido implementada mediante enmiendas al Estatuto existente Normas y Órdenes desde 1996 de conformidad con la decisión original de la Conferencia de Jefes de Gobierno sobre la libre circulación de graduados universitarios). [38] Montserrat también expide licencias de tenencia de tierras a nacionales de la CARICOM como procedimiento administrativo para tratar de cumplir con las obligaciones del derecho de establecimiento de la CARICOM, y tiene la intención de eliminar todos los impedimentos excepto los relacionados con la recuperación de costos. El cumplimiento por parte de Montserrat del movimiento de obligaciones de capital bajo el CSME ya está asegurado en el marco de la Unión Monetaria del Caribe Oriental. [37]

En la trigésima quinta reunión ordinaria de la Conferencia de Jefes de Gobierno que finalizó el 4 de julio de 2014, Reuben Meade, Primer Ministro de Montserrat, anunció que Montserrat tiene la intención de adherirse al Tratado Revisado de Chaguaramas en la próxima reunión de la Conferencia, allanando el camino por su plena participación en la Comunidad y, en particular, en el CSME. Montserrat ha ido avanzando progresivamente hacia la adhesión al Tratado Revisado, incluida la obtención del necesario instrumento de encomienda del Reino Unido. Con este fin, Montserrat colaborará con la Secretaría de la CARICOM y las instituciones pertinentes de la CARICOM y la Corte de Justicia del Caribe en preparación para el depósito de su Instrumento de Adhesión en la Vigésima Sexta Reunión Intersesional de la Conferencia, que se celebrará en febrero de 2015. en Las Bahamas. [39]

Tras las elecciones generales de septiembre de 2014 en Montserrat, el gobierno de Reuben Meade fue reemplazado por un nuevo gobierno encabezado por Donaldson Romeo. El gobierno de Romeo mantuvo su compromiso de adherirse al Tratado Revisado, aunque no se alcanzó la fecha prevista de febrero de 2015. En julio de 2015, en la 36ª Reunión de la Conferencia de Jefes de Gobierno en Bridgetown, Barbados, Romeo aseguró que Montserrat continuaba sus esfuerzos para completar el proceso de adhesión al Tratado Revisado de manera oportuna. Reveló que continuaba el compromiso con el gobierno del Reino Unido y que se estaba preparando la legislación necesaria para presentarla a la Asamblea Legislativa de Montserrat. También afirmó que Montserrat consideraba que la adhesión al Fondo de Desarrollo del Caricom y a la jurisdicción original de la Corte de Justicia del Caribe era necesaria para que Montserrat avanzara en su esfuerzo por integrar y salvaguardar las reglas en las que se basaba su comercio. [40]

Miembros de pleno derecho actuales de CARICOM pero no del CSME:

Actuales 5 miembros asociados de CARICOM pero no del CSME:

Actuales 7 miembros observadores de CARICOM pero no del CSME:

Corte de Justicia del Caribe

La Corte de Justicia del Caribe (CCJ) es el máximo tribunal regional establecido por el Acuerdo Constitutivo de la Corte de Justicia del Caribe. Tiene un largo período de gestación que comenzó en 1970, cuando la delegación de Jamaica en la Sexta Conferencia de Jefes de Gobierno, celebrada en Jamaica, propuso el establecimiento de un Tribunal de Apelación del Caribe en sustitución del Comité Judicial del Consejo Privado.

La Corte de Justicia del Caribe ha sido diseñada para ser más que un tribunal de último recurso para los Estados miembros de la Comunidad Caribeña del Privy Council; la CCJ recibió una jurisdicción original con respecto a la interpretación y aplicación del Tratado que establece el Caribe. Comunidad (Tratado de Chaguramas) En efecto, la CCJ ejercería tanto una jurisdicción de apelación como una jurisdicción original.

En el ejercicio de su jurisdicción de apelación, la CCJ considera y resuelve apelaciones en asuntos civiles y penales ante tribunales de derecho consuetudinario dentro de la jurisdicción de los Estados miembros de la Comunidad y que son partes del Acuerdo por el que se establece la CCJ. En el ejercicio de su competencia de apelación, la CCJ es el máximo tribunal municipal de la Región. En el ejercicio de su jurisdicción original, la CCJ desempeñará las funciones de un tribunal internacional que aplica normas de derecho internacional con respecto a la interpretación y aplicación del Tratado y también será el tribunal de arbitraje para disputas comerciales en el marco del CSME.

En 2006, sólo dos países eran signatarios plenos de la Corte: Barbados y Guyana; se esperaba que para fines de 2010, los 14 países miembros estuvieran plenamente involucrados. Sin embargo, solo Belice accedió a la jurisdicción de apelación en 2010, mientras que todos los demás estados se encontraban en diversas etapas de avance hacia la plena adhesión a la jurisdicción de apelación de la corte. Posteriormente, Dominica accedió a la jurisdicción de apelación en marzo de 2015.

(Fuente; sitio web oficial de CARICOM en [41] )

El comercio de bienes

Todos los bienes que cumplen con las reglas de origen de CARICOM se comercializan libres de impuestos en toda la región (excepto Las Bahamas), por lo tanto, todos los bienes originarios de la región se pueden comercializar sin restricciones. Además, la mayoría de los estados miembros aplican un Arancel Externo Común (AEC) a los bienes originarios de países no pertenecientes a la CARICOM. Sin embargo, aún quedan algunas áreas por desarrollar:

Otro elemento clave en las relaciones con las mercancías es la Libre Circulación. Esta disposición permite la libre circulación de bienes importados de fuentes extrarregionales, lo que requeriría la recaudación de impuestos en el primer punto de entrada al CSME y el reparto de los ingresos aduaneros recaudados.

(Fuentes; sitio web de JIS en el CSME en [42] y sitio web de CARICOM en el CSME en [43] )

Armonización de normas

Complementaria a la libre circulación de mercancías será la garantía de normas aceptables para estos bienes y servicios. Para lograr esto, los miembros de CARICOM han establecido la Organización Regional del Caribe sobre Estándares y Calidad (CROSQ). La Organización será responsable de establecer normas regionales en la fabricación y el comercio de bienes a las que todos los Estados miembros deberán adherirse. Esta Organización fue establecida mediante un acuerdo independiente del CSME. [42]

Como ejemplo del trabajo de la CROSQ, en conjunto con otros organismos regionales, el 6 de octubre de 2017, COTED aprobó nueve plantas procesadoras de aves de corral en Barbados, Belice [44] (incluida la planta de Quality Poultry Products y la planta de Caribbean Chicken), [45 ] [46] Guyana, Jamaica, Surinam y Trinidad y Tobago comercializarán aves y productos avícolas en toda la región después de evaluaciones realizadas por Equipos Regionales de Evaluación de Riesgos (coordinados por la Agencia de Sanidad Agrícola e Inocuidad de los Alimentos del Caribe (CAHFSA) y revisados ​​y finalizados por la Comité de Directores Veterinarios de CARICOM) demostraron que cumplían con los requisitos sanitarios (Especificaciones para aves y productos avícolas) desarrollados por CROSQ y aprobados por COTED en 2013. Además, el COTED resolvió el desacuerdo sobre el comercio de carne de pato entre Trinidad y Tobago y Surinam, con Trinidad y Tobago. y Tobago ahora están dispuestos (a mediados de noviembre de 2017) a aprobar a Surinam como uno de los países que ha cumplido con los requisitos sanitarios y fitosanitarios (MSF) para exportar carne de pato al país. [44]

Acreditación regional

Está previsto que los organismos regionales de acreditación evalúen las cualificaciones para su equivalencia, como complemento a la libre circulación de personas. Con este fin, los Estados miembros han celebrado el Acuerdo sobre acreditación de la enseñanza de la medicina y otras profesiones sanitarias. Mediante este acuerdo, se establece una Autoridad (la Autoridad de Acreditación del Caribe para la Educación en Medicina y otras Profesiones de la Salud ) que será responsable de acreditar a los médicos y otro personal de atención médica en todo el CSME. La Autoridad tendrá su sede en Jamaica, que es uno de los seis estados (Antigua y Barbuda, Belice, Jamaica, Suriname, Trinidad y Tobago) en los que el acuerdo ya está en vigor. Las Bahamas también han firmado el Acuerdo.

También se ha previsto una acreditación a nivel regional para las competencias profesionales. Actualmente, las agencias de formación locales otorgan cualificaciones profesionales nacionales (NVQ) [47] o certificaciones nacionales de educación y formación técnica y profesional (EFTP), [48] que no son válidas en todos los Estados miembros. Sin embargo, en 2003, se formó la Asociación Caribeña de Agencias Nacionales (CANTA) como organización coordinadora de varias agencias de capacitación locales, incluida la Agencia Nacional de Capacitación de Trinidad y Tobago, el Consejo de EFTP de Barbados y la agencia de EFTP de la Organización de Estados del Caribe Oriental y HEART. Trust/NTA de Jamaica. Desde 2005, las organizaciones miembros de CANTA han estado trabajando juntas para garantizar un nivel uniforme de mano de obra calificada certificada bajo el Mercado y Economía Únicos de Caricom (CSME) y la propia CANTA ha establecido un esquema de certificación regional que otorga la Calificación Vocacional del Caribe (CVQ). [48] ​​que sustituirá a las NVQ y a las certificaciones nacionales de EFTP. [47] El CVQ se realizará en las escuelas y, aunque se basará en el esquema de certificación de CANTA, será otorgado por el Consejo de Exámenes del Caribe (CXC), que colaborará con CANTA en el programa CVQ. [49] En la reunión del 9 y 10 de febrero de 2007 del Mecanismo de Coordinación Regional para la Educación y Capacitación Técnica y Profesional, los funcionarios discutieron los arreglos para la adjudicación del CVQ que fue aprobado por el Consejo de Desarrollo Humano y Social (COHSOD) en octubre de 2006. [50] Se esperaba que el programa CVQ pudiera estar en vigor a mediados de 2007, si se cumplían todos los requisitos [9] [51] y se estaban tomando disposiciones para que los titulares de NVQ actuales los convirtieran en tipo aceptado regionalmente (aunque todavía no existe un mandato claro). [51] Este plazo se cumplió y en octubre de 2007 se lanzó oficialmente el programa CVQ. El CVQ ahora facilita el movimiento de artesanos y otras personas calificadas en el CSME. Esta calificación será accesible para personas que ya están en la fuerza laboral, así como para estudiantes de escuelas secundarias en toda la región del Caribe. Aquellos que ya forman parte de la fuerza laboral deberán asistir a centros designados para su evaluación. [52]

El CVQ se basa en un enfoque de formación, evaluación y certificación basado en competencias. Se espera que los candidatos demuestren competencia para alcanzar los estándares ocupacionales desarrollados por profesionales, expertos de la industria y empleadores. Esos estándares, cuando son aprobados por CARICOM, permiten su portabilidad en toda la Región. Actualmente, se prevé que los CVQ reflejen un marco de calificación de cinco niveles. Estos son:

Los CVQ se otorgan a aquellos candidatos que hayan cumplido con los estándares requeridos en todas las unidades de estudio prescritas. Las declaraciones se emiten en los casos en que los candidatos no cumplieron con todos los requisitos para la obtención del CVQ. Las escuelas que están adecuadamente equipadas ofrecen actualmente los niveles 1 y 2. [53]

Hasta marzo de 2012 se habían otorgado hasta 2263 CVQ en la fuerza laboral en toda la región y 2872 en las escuelas para un total de 5135 CVQ otorgados hasta ese momento. El desglose de las agencias que otorgaron los más de 5.000 CVQ en marzo de 2012 ascendía a 1.680 otorgados por el CXC y 3.455 otorgados por las distintas Agencias Nacionales de Formación (algunos se otorgaron en el lugar de trabajo y otros en las escuelas secundarias). [54]

(Fuentes principales; sitio web de JIS en el CSME y Google Cache de SICE - Establecimiento del CSME en [55] - ver referencias)

Supresión de los permisos de trabajo/permisos de estancia y de la libre circulación de personas

El Capítulo III del Tratado Revisado de Chaguaramas prevé la libre circulación de nacionales comunitarios cualificados (artículo 46), así como la libre circulación de trabajadores no asalariados, ya sea como proveedores de servicios y/o para establecer empresas, incluidas las de dirección, supervisión y personal técnico, así como sus cónyuges y familiares directos. [56]

Comercio de servicios y derecho de establecimiento

Junto con el libre comercio de bienes, el Tratado Revisado también proporciona el marco para el establecimiento de un régimen para el libre comercio de servicios. El principal objetivo es facilitar el comercio y la inversión en los sectores de servicios de los Estados miembros del CSME mediante el establecimiento de empresas económicas. El régimen de libre comercio de servicios otorga los siguientes beneficios:

Derecho de establecimiento

Se ha previsto el derecho a trabajar por cuenta propia a las personas que deseen dedicarse a actividades no asalariadas de carácter comercial, industrial, agrícola o artesanal. [57] Los no asalariados son nacionales de la CARICOM que trabajan por cuenta propia (tanto personas jurídicas como físicas) que tienen derecho a trabajar como trabajadores por cuenta propia en el CSME y estas personas pueden trasladarse a otro Estado miembro para establecer una empresa o para prestar un servicio de forma temporal. [58]

Esos nacionales pueden crear y gestionar empresas económicas, incluido cualquier tipo de organización que posean o controlen (por ejemplo, empresas unipersonales, empresas, etc.) para la producción o el comercio de bienes o la prestación de servicios. [57] Los proveedores de servicios también pueden establecer empresas en virtud de la Ley de Sociedades o la Ley de Registro de Nombres Comerciales. El procedimiento en esos casos sería el mismo que se aplica al establecimiento de negocios para el suministro de bienes por parte de una Sociedad. [59] Los nacionales que ejerzan este derecho podrán trasladarse a otro Estado miembro con carácter permanente. [57] Esta categoría de personas no está obligada a obtener un Certificado de libre circulación de habilidades; sin embargo, los proveedores de servicios deben obtener un certificado de registro como proveedores de servicios de la CARICOM. [58]

Al derecho de establecimiento está afiliado el derecho de traslado del personal técnico, de supervisión y de dirección de dichas entidades, así como de sus cónyuges y familiares directos dependientes. Las personas dentro de cualquiera de estas cinco (5) clases nombradas no pueden moverse por derecho propio a menos que pertenezcan a una de las nueve (9) categorías aprobadas (cuando el estado miembro reconozca estas categorías). [57]

Se han aprobado varios procedimientos para el tratamiento de personas que deseen establecer empresas comerciales en otros Estados miembros. Estos involucran: [57]

Procedimiento de entrada en el punto de entrada por derecho de establecimiento

Los nacionales de CARICOM que deseen específicamente trasladarse de un Estado miembro a otro en ejercicio del derecho de establecimiento deberán presentar lo siguiente en el punto de entrada: [60]

Inmigración concederá entonces al nacional de CARICOM una estancia definitiva de 6 meses. [60]

Procedimiento posterior a la entrada por derecho de establecimiento

Cada Estado miembro designará una autoridad competente en materia de derecho de establecimiento. Una vez concedida la entrada, el nacional de CARICOM debe presentar a la autoridad competente las pruebas pertinentes, como certificado policial, recursos financieros, certificado de nombres comerciales/certificado de constitución. La Autoridad Competente determinará si se han cumplido todos los requisitos para establecer el negocio en particular. Una vez que se cumplan todos los requisitos, la autoridad competente emitirá una carta de aprobación al nacional de CARICOM con copia al Departamento de Inmigración. Si el negocio se establece dentro del período de 6 meses, entonces el nacional de CARICOM debe informar al Departamento de Inmigración para regularizar aún más su estadía con la Carta de Aprobación de la Autoridad Competente. La inmigración otorgará al nacional de CARICOM una estadía indefinida. [60]

Los Estados miembros determinarán, a través de los mecanismos nacionales que se hayan establecido al efecto, si la empresa está operativa. Si el Nacional de CARICOM ya no opera el negocio u otro negocio, la Autoridad Competente para los Derechos de Establecimiento informará al Departamento de Inmigración, que tiene el derecho de rescindir la estadía indefinida o de indicar a la persona que necesita solicitar un permiso de estancia y/o permiso de trabajo hasta el momento en que exista plena libre circulación en la Comunidad. [60]

Prórroga del derecho de establecimiento

En caso de que el negocio no se establezca dentro del período de 6 meses, el nacional de CARICOM debe presentar al Departamento de Inmigración u otro departamento relevante designado por el Estado miembro, evidencia de la autoridad competente de que se han tomado medidas concretas para establecer el negocio. negocio. Cuando se proporcione dicha evidencia, al Nacional de CARICOM se le concederá una prórroga de 6 meses. [60]

Sellos para el derecho de establecimiento.

Existen sellos específicos para la entrada definitiva de 6 meses, la prórroga de 6 meses y la estancia indefinida con el siguiente texto – [60]

Un nacional de la CARICOM cuyo pasaporte esté sellado con uno de los anteriores tiene automáticamente derecho a entradas múltiples en ese Estado miembro. [60]

Registro en línea integrado

Del 8 al 10 de diciembre de 2014, se celebró una reunión de registradores de empresas de los 12 estados miembros participantes del CSME para discutir el desarrollo de un registro en línea completo. La reunión se celebró en Santa Lucía y fue convocada por la Secretaría de CARICOM y financiada por la Unión Europea en el marco del 10º Fondo Europeo de Desarrollo (FED) como parte del CSME y el Programa de Integración Económica. [61]

Los Registradores de Empresas de toda la región celebraron una reunión para considerar la propuesta para la armonización de los registros en línea en los Estados miembros participantes del CSME. Esta armonización se vería facilitada por la interfaz web y la interoperabilidad de los respectivos sistemas, que permitirían a los usuarios acceder a la información de los Estados miembros participantes. El objetivo de la iniciativa es que las partes interesadas puedan registrar negocios/compañías en línea en todos los Estados miembros, aumentando así la actividad económica transfronteriza. Los otros temas que están bajo discusión son los requisitos de software y hardware de los sistemas que se instalarán, así como la capacitación de los operadores de ingreso de datos y otros usuarios relevantes en los registros. [61]

Los Estados miembros beneficiarios del proyecto son Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Suriname y Trinidad y Tobago. Alfa XP Europe Limited es la empresa que realiza la consultoría. [61]

Prestación temporal de servicios

Si bien los proveedores de servicios pueden establecer empresas en virtud del derecho de establecimiento, pueden, sin embargo, poner sus servicios a disposición en otros Estados miembros utilizando otra modalidad, es decir, trasladándose de forma temporal. [59] Los nacionales de la CARICOM que deseen trasladarse de un Estado miembro de la CARICOM a otro para prestar dichos servicios de forma temporal deben registrarse como proveedores de servicios en el Estado miembro en el que viven y trabajan para poder se le expedirá un certificado que facilitará la entrada en otro Estado miembro. [60] Al igual que con el establecimiento de empresas, existen procedimientos aprobados tanto en los puntos de entrada como después de la entrada, en relación con el tratamiento de los nacionales de la CARICOM que deseen prestar servicios temporalmente. [59]

Para este proceso es fundamental la solicitud y la emisión de un certificado por parte de la autoridad competente dentro del país del nacional, sujeto a la presentación de pruebas relacionadas con: [59]

El certificado, cuya vigencia es indefinida, junto con un pasaporte válido y el contrato para ofrecer servicios o una carta de invitación, debe presentarse al funcionario de inmigración en el puerto de entrada, quien luego debe conceder al nacional de CARICOM tiempo suficiente para proporcionar el servicio. También se ha aprobado un régimen respecto del otorgamiento de prórrogas bajo este régimen. [59]

Procedimiento de entrada en el punto de entrada para prestación de servicios temporales

Los nacionales de CARICOM que deseen específicamente trasladarse de un Estado miembro a otro para prestar servicios de forma temporal deben presentar su certificado de registro como proveedor de servicios de CARICOM en el punto de entrada al Oficial de Inmigración como prueba de que el nacional de CARICOM es un proveedor de servicios que busca ingresar para brindar servicios de manera temporal. [60] Otros documentos requeridos son - [60]

El Oficial de Inmigración otorgará al Nacional de CARICOM tiempo suficiente para brindar el servicio. [60]

Procedimiento de prórroga automática de la estancia por prestación de servicios temporales

En los casos en que el servicio temporal no se complete dentro del plazo estipulado, se deberá solicitar una prórroga automática al Departamento de Inmigración. La extensión automática se otorgará para permitir que el nacional de CARICOM complete el servicio una vez que el proveedor del servicio presente pruebas de que el servicio aún no se ha completado. [60]

La extensión automática se basa en los derechos consagrados en el Tratado Revisado de Chaguaramas, a saber, la no discriminación (trato nacional) y el derecho a proporcionar un servicio a través del modo 4: el movimiento de personas nacionales. [60]

El trámite para ampliar la estancia no deberá durar más de diez días hábiles. [60]

(Fuente principal; sitio web de JIS en CSME - ver referencias)

Abolición de los permisos de trabajo y libre circulación de trabajadores

La Libre Circulación de Personas Calificadas surge de una política acordada por CARICOM que originalmente estaba separada pero relacionada con el Protocolo II original del Tratado Revisado de Chaguaramas. [62] La política acordada, denominada Ley de Libre Circulación de Personas de la Comunidad del Caribe (CARICOM), es ahora legislación promulgada en todos los Estados miembros del CSME. Prevé la libre circulación de ciertas categorías de mano de obra calificada, pero según la política eventualmente habrá libre circulación de todas las personas, originalmente para 2008, pero ahora para 2009. [9] Según esta legislación, las personas dentro de estas categorías pueden calificar para Certificados de Habilidades (que permiten la libre circulación por la región).

Desde el inicio del MSC, ocho categorías de nacionales de la CARICOM han sido elegibles para la libre circulación en todo el CSME sin necesidad de permisos de trabajo. Son: Licenciados Universitarios, Trabajadores de los Medios de Comunicación, Artistas, Músicos, Deportistas, Directivos, Personal Técnico y de Supervisión adscrito a una empresa y Trabajadores Autónomos/Prestradores de Servicios. [63] Además, los cónyuges y los familiares dependientes inmediatos de estos nacionales también estarán exentos de los requisitos de permiso de trabajo. En la Cumbre de la CARICOM de julio de 2006, se acordó permitir la libre circulación de dos categorías más de personas calificadas; Profesores y Enfermeros con formación terciaria. También se acordó que los regateadores, los artesanos, los trabajadores domésticos y los trabajadores de la hostelería se añadirán a las categorías de mano de obra a las que se permitirá la libre circulación en una fecha posterior, en espera de que se acuerde una certificación adecuada. [64] Esta extensión prevista para estas últimas categorías de trabajadores, como los artesanos, se logró en octubre de 2007 con el lanzamiento de la Calificación Vocacional del Caribe (CVQ). [52] En 2009, a Antigua y Barbuda y Belice se les permitió retrasar la extensión de la libre circulación a los trabajadores domésticos hasta que se realizara un estudio sobre el impacto en sus países de la libre circulación de esta nueva categoría de trabajadores. A Antigua y Barbuda también se le concedió una exención absoluta de cinco años a la extensión de la libre circulación de trabajadores domésticos (junto con su exención existente de la libre circulación de docentes y enfermeras no graduados) para poder realizar los ajustes necesarios a su infraestructura y otros imperativos para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones y en reconocimiento del hecho de que Antigua y Barbuda siempre había aplicado una política de inmigración muy liberal que concedía la admisión más allá de las categorías aprobadas elegibles para la libre circulación, lo que dio lugar a una gran población de personas de otros Estados Miembros Estados. [65] [66] En 2015, Antigua y Barbuda buscaba la continuación de esta exención para los trabajadores domésticos por cinco años más, [66] y en 2015 se le concedió una extensión de tres años a esta exención. [67] A raíz de En una cumbre especial sobre el CSME a principios de diciembre de 2018, celebrada en Trinidad y Tobago, los Jefes de Gobierno acordaron ampliar las categorías de nacionales calificados elegibles para la libre circulación para incluir guardias de seguridad, esteticistas/profesionales de servicios de belleza, trabajadores agrícolas y barberos. Además, acordaron que aquellos Estados miembros que deseen hacerlo deberían avanzar hacia la plena libertad de movimiento en los próximos tres años. [18]En la 30.ª Conferencia Intersesiones de Jefes de Gobierno celebrada en febrero de 2019, Antigua y Barbuda y St. Kitts y Nevis solicitaron y obtuvieron un aplazamiento de cinco años para permitir la libre circulación de guardias de seguridad, esteticistas/profesionales de servicios de belleza y barberos. , y trabajadores agrícolas bajo el régimen de libre circulación de habilidades. [68]

La libertad de vivir y trabajar en todo el CSME se otorga mediante el Certificado de Reconocimiento de Calificación de Habilidades de CARICOM (comúnmente llamado Certificado de Habilidades de CARICOM o simplemente Certificado de Habilidades). El Certificado de Habilidades esencialmente reemplaza los permisos de trabajo y se obtiene del ministerio correspondiente una vez que todos los documentos/calificaciones esenciales (que varían según cada categoría de personas calificadas) se entregan con una solicitud. El ministerio emisor varía según el Estado miembro de CARICOM. En Antigua y Barbuda, Jamaica y Suriname los certificados de habilidades los expide el Ministerio de Trabajo. Granada, Guyana, Santa Lucía y Trinidad y Tobago tienen Ministerios de Asuntos de la Comunidad del Caribe que se ocupan de los Certificados. Mientras tanto, Barbados, Belice, Dominica, St. Kitts y Nevis y San Vicente y las Granadinas expiden los Certificados a través de los Ministerios de Inmigración. El Certificado de Habilidades se puede solicitar tanto en el país de origen como en el de acogida. [69]

En la decimoctava Conferencia Intersesiones de Jefes de Gobierno de CARICOM celebrada en febrero, se acordó que a los artesanos no se les concedería inmediatamente el estatus de libre circulación a partir de enero (como se había previsto originalmente), sino que se les concedería la libre circulación a mediados de 2007. La libre circulación de artesanos se facilitará mediante la concesión de Cualificaciones Profesionales del Caribe (CVQ) basadas en estándares ocupacionales industriales. La conferencia también acordó que la libre circulación de trabajadores domésticos y hoteleros podría facilitarse de manera similar a la libre circulación de artesanos y que sus casos se considerarían después de que se lanzara el modelo CVQ. [9] El propio CVQ se puso en marcha en octubre de 2007, facilitando así la libre circulación de estas categorías de trabajadores. [52]

La libre circulación de trabajadores también se ve facilitada por medidas para armonizar los servicios sociales (salud, educación , etc.) y previendo la transferencia de prestaciones de seguridad social (con la participación también de las Bahamas). La acreditación regional también facilitará la libre circulación de personas y mano de obra.

Aunque el régimen de Certificados de Habilidades de la CARICOM es anterior a la inauguración formal del CSME (los Certificados de Habilidades han estado disponibles desde 1997, mientras que el CSME sólo se instituyó formalmente en 2005 tras la aplicación provisional de los protocolos CSME en 2001), el número de Certificados de Habilidades emitidos a calificar a nacionales de CARICOM sólo ha despegado realmente desde que se instituyó el CSME. [70] Entre 1997 y 2005, sólo nueve Estados miembros expidieron certificados de reconocimiento de capacidades a una escala relativamente pequeña. Trinidad y Tobago, Jamaica y Guyana han emitido la mayor parte de estos certificados. [71] En septiembre de 2010, los 12 Estados miembros habían emitido aproximadamente 10.000 certificados de habilidades [72] y los datos disponibles sobre la libre circulación indican que más de 6.000 de estos certificados de habilidades se habían emitido entre 2006 y 2008. [70] En su discurso ante los graduados de la 48ª Convocatoria de la Universidad de Guyana el 8 de noviembre de 2014, el Secretario General de CARICOM, Irwin La Rocque, reveló que hasta noviembre de 2014 se habían emitido un total de 14.000 Certificados de Habilidades e instó a los graduados a solicitar sus sus propios certificados de habilidades ahora que eran elegibles. [73]

Individualmente, algunos países representan un gran porcentaje del total de certificados de habilidades emitidos. Por ejemplo, entre 1997 y julio de 2010, Guyana había emitido 2.829 certificados de competencias. [74] Hasta junio de 2011, Jamaica había emitido 2.113 certificados de competencias. [75] Y hasta septiembre de 2013, Jamaica había emitido 2.893 certificados de habilidades. Los datos también indicaron que el número de verificaciones y el número de certificados emitidos por otros estados miembros a jamaicanos entre 2004 y 2010 ascendieron a 1.020. [76] Y entre 2001 y 2006 Trinidad y Tobago expidió 789 Certificados de Habilidades. [77] [78] En 2008, Trinidad y Tobago había emitido un total de 1.685 certificados de habilidades. [79]

Una encuesta realizada en 2010 concluyó que entre 1997 y junio de 2010 se estima que al menos 4.000 personas se habían trasladado bajo el régimen de libre circulación de calificaciones. Steven Mc Andrew, especialista en Movimiento de Habilidades/Trabajo dentro de la Unidad CSME, dijo: "El estudio demostró que los temores persistentes en los Estados miembros de que están siendo inundados bajo el régimen de libre circulación son claramente infundados". Añadió que otra conclusión clave fue que “la libre circulación no ha tenido un impacto negativo en los servicios sociales en los estados miembros. Por el contrario, ayudó a cubrir vacantes críticas en los estados miembros con respecto a docentes y enfermeras, demostrando así ser muy beneficioso para mantener un cierto nivel de servicios sociales en estos países”. [80]

Se espera que para junio de 2014, todos los nacionales de la CARICOM tengan un acceso más fácil a los Estados miembros participantes del CSME y puedan ejercer plenamente sus derechos a viajar, trabajar y buscar otras oportunidades según lo dispuesto en el Mercado y Economía Únicos de la CARICOM (CSME). ) acuerdo. [81]

Esto se está facilitando a través del Proyecto de Comercio y Competitividad de la CARICOM (CTCP), financiado por la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (CIDA), en virtud del cual se está estableciendo una base de datos electrónica crítica. Entre otras cosas, proporcionará a los países miembros información agregada sobre los diversos conjuntos de habilidades disponibles, a través de un portal web desarrollado por el consultor del proyecto, AZ Information Jamaica Limited. [81]

Además, el consultor propone que el Certificado Nacional de Habilidades de CARICOM se estandarice en todos los países y se presente en forma de sello en los pasaportes de las personas. Esto eliminará las discrepancias en el formato de los certificados, así como la necesidad de un documento físico y facilitará el procesamiento en los distintos puntos de entrada entre los países miembros. [81]

Simultáneamente (y en cierta medida anterior) a la libre circulación de personas está la facilitación más fácil de los viajes intrarregionales . Este objetivo se está logrando mediante el uso de líneas separadas identificadas para nacionales de CARICOM y no CARICOM en los puertos de entrada (ya vigentes para los 13 miembros) y la introducción de un pasaporte de CARICOM y formularios estandarizados de entrada/salida .

Derechos contingentes que acompañan a la libre circulación de habilidades

Además del derecho a circular libremente con fines laborales, se pretendía que aquellas personas que ejercieran esos derechos pudieran tener a sus cónyuges, hijos y otras personas a su cargo acompañándolas y participar en derechos complementarios como el derecho a acceder a la educación primaria. , atención médica, transferencia de capital, acceso a tierras y otras propiedades, trabajar sin necesidad de un permiso de trabajo y salir y volver a ingresar al país de acogida. El trabajo sobre este Protocolo sobre Derechos Contingentes comenzó en 2008. [82] El Protocolo finalmente estuvo listo para su firma en 2018 y fue firmado inicialmente por siete estados miembros (Barbados, Granada, Haití, Jamaica, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas , y Surinam) en la 39ª Reunión Ordinaria de la Conferencia de Jefes de Gobierno de CARICOM celebrada en Montego Bay, Jamaica. [83] [84] [85] Trinidad y Tobago además firmó el Protocolo y la Solicitud Provisional que lo acompaña en una cumbre especial sobre el CSME a principios de diciembre de 2018, celebrada en Trinidad y Tobago. [86] En la 30.ª reunión entre períodos de sesiones de la Conferencia de Jefes de Gobierno, celebrada del 26 al 27 de febrero de 2019 en St. Kitts, todos los demás Estados miembros de la CARICOM que participaban en el CSME firmaron el Protocolo de Derechos Contingentes. Ocho de estos doce países, a saber, Antigua y Barbuda, Barbados, Dominica, Granada, Guyana, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas y Trinidad y Tobago también decidieron aplicar las medidas del protocolo de manera provisional. [87] A finales de febrero y principios de marzo, Barbados se convirtió en el primer Estado miembro en modificar su legislación para dar efecto al Protocolo. [88]

Libre circulación para todas las personas - Decisión de CARICOM

La 45ª Reunión de la Conferencia de Jefes de Gobierno de la Comunidad del Caribe (CARICOM) se celebró en julio de 2023, marcando un hito importante para la integración regional en el Caribe. Un resultado crucial de esta histórica reunión, que coincidió con la celebración del 50º aniversario de la CARICOM, fue el acuerdo sobre la libre circulación de todos los nacionales de la CARICOM para marzo de 2024. [89]

Esta decisión innovadora se extiende más allá del actual esquema de Mercado y Economía Únicos de CARICOM (CSME), que permitía la libre circulación sólo para categorías acordadas de nacionales calificados. Este nuevo acontecimiento fue anunciado por el Presidente de CARICOM, el Honorable Roosevelt Skerrit, Primer Ministro de Dominica, durante la conferencia de prensa final.

Según el Primer Ministro Skerrit, este cambio forma una parte fundamental de la arquitectura de integración y sustenta la idea central del movimiento de integración regional: la capacidad de las personas de moverse libremente dentro de la Comunidad del Caribe. Aunque reconoció posibles desafíos legales en la implementación de esta política, se nombró un equipo legal dedicado para examinar estas cuestiones y presentar una posición definitiva para marzo de 2024.

El anuncio fue recibido con entusiasmo y el Primer Ministro Skerrit expresó su convicción de que los padres fundadores de la organización "sonreirían desde el cielo" ante esta audaz decisión. Destacó que además de la libre circulación, se otorgarán ciertos derechos, como el acceso a la atención médica primaria y de emergencia, la educación y viajar sin complicaciones.

Primer Ministro de Barbados, Excmo. Mia Mottley, responsable del CSME en el Cuasi Gabinete de CARICOM, enfatizó la necesidad de una ejecución cuidadosa. Mencionó la necesidad de modificar los tratados para garantizar que los países no estén sujetos a demandas relacionadas con estos derechos. Se discutirá, acordará e incluirá un conjunto mínimo de derechos en las enmiendas al tratado.

Para financiar estos cambios, los jefes de CARICOM están considerando aprovechar el Fondo de Desarrollo de CARICOM para garantizar que cada estado miembro pueda llevar su nivel mínimo de servicio a un nivel aceptable. El Primer Ministro Mottley afirmó que esta decisión representa el deseo de larga data de todos los ciudadanos caribeños de tener un mayor control sobre su destino.

Sin embargo, se ha hecho una excepción para Haití, que ha solicitado una derogación del acuerdo de libre circulación debido a circunstancias específicas que enfrenta el Estado miembro. A pesar de esta excepción, la decisión tomada en esta histórica conferencia significa un paso significativo hacia una mayor integración regional dentro de la Comunidad del Caribe.


(Fuentes principales; sitio web JIS en el CSME y sitio web de CARICOM en el CSME - ver referencias)

Referencias

https://caricom.org/movimiento-libre-para-todas-las-personas-caricom-heads-decide-at-historic-meeting/

Criterios de nacionalidad

En relación con una serie de cuestiones como los servicios profesionales, la residencia y la propiedad de la tierra, la legislación de los distintos Estados miembros solía discriminar a favor de sus nacionales individuales. Esta legislación fue modificada en 2005 para eliminar las disposiciones discriminatorias. Esto permitirá que los nacionales de la CARICOM, por ejemplo, sean elegibles para registrarse en sus respectivas profesiones en igualdad de condiciones.

Sin embargo, poco antes de firmar el MSC, el segundo grupo de estados miembros (todos ellos de la OECO) negoció un acuerdo de exclusión voluntaria con respecto a la propiedad de la tierra por parte de no nacionales. Como todos los miembros del MSC de la OECO son países pequeños y tienen tierras disponibles limitadas, se les permite mantener sus Leyes de Tenencia de Tierras Extranjeras o Leyes de Propietarios de Tierras Extranjeros (que se aplican a la propiedad de tierras por parte de no nacionales), pero implementarán mecanismos para asegurar el cumplimiento del Tratado Revisado que monitorearán la concesión de acceso a la tierra y las condiciones de dicho acceso. [90] En la situación actual, las empresas extranjeras o los nacionales tienen que solicitar permiso legal para comprar tierras. [91] Sin embargo, todas las demás leyes relacionadas con la discriminación a favor de los nacionales de los Estados miembros únicamente han sido modificadas. Entre los miembros del MSC que no pertenecen a la OECO, no existen restricciones a la propiedad privada de tierras por parte de nacionales de CARICOM (aunque en Surinam, y posiblemente también en los demás miembros, todavía se aplican restricciones con respecto a las tierras de propiedad estatal [92] ).

(Fuente principal; sitio web de JIS en CSME - ver referencias)

Armonización de la legislación

El Tratado revisado también exige regímenes armonizados en una serie de áreas: medidas antidumping y compensatorias, banca y valores, arbitraje comercial, política de competencia, protección del consumidor, aduanas, derechos de propiedad intelectual, regulación y etiquetado de alimentos y medicamentos, servicios sanitarios y Medidas fitosanitarias, Normas y reglamentos técnicos y Subvenciones.

Un Servicio de Redacción Legislativa de CARICOM está elaborando un proyecto de legislación modelo en colaboración con los principales consejos parlamentarios de la región.

(Fuente principal; sitio web de JIS en CSME - ver referencias)

Libre circulación de capitales

La libre circulación de capitales implica la eliminación de diversas restricciones, como los controles de cambios y permitir la convertibilidad de las monedas (ya en vigor) o una moneda única y la integración del mercado de capitales a través de una bolsa de valores regional. Los estados miembros también han firmado y ratificado un Convenio de Doble Imposición Intrarregional .

Tras la conclusión de la 61.ª reunión del Comité de Gobernadores de Bancos Centrales de la CARICOM el 3 de noviembre de 2023, los gobernadores de los bancos centrales regionales apoyaron el avance del trabajo en el piloto de un sistema de pagos intrarregional llamado Sistema de Pagos y Liquidaciones de la CARICOM (CAPSS). [93] CAPSS facilitaría la plena integración de los diversos mercados nacionales de la CARICOM en un mercado único, unificado y abierto y permitiría un flujo fácil y fluido de capital. [94] El sistema se desarrollaría en asociación con el Banco Africano de Exportación e Importación (Afreximbank) [94] y estaría respaldado por la tecnología utilizada en el Sistema Panafricano de Pagos y Liquidación (PAPSS) de ese banco. [95]

A finales de octubre, en el Foro Africano de Comercio e Inversiones celebrado en Guyana, el presidente del Afreximbank, el profesor Benedict Oramah, anunció la asociación inicial y que se había seleccionado un programa de pagos y liquidación con un banco africano para gestionar el programa piloto para los bancos centrales de la CARICOM. También expresó su esperanza de que pronto se integren los sistemas de pagos para África y CARICOM y que se había dirigido a los líderes de CARICOM a principios de año para ayudar en el establecimiento de un Banco de Importación-Exportación de CARICOM, del cual Afreximbank sería accionista de ser así. invitado. [94] [95]

En la misma reunión del 3 de noviembre, los gobernadores de los bancos centrales regionales respaldaron una propuesta para el establecimiento de un Grupo Regional de Administradores de Reservas de Bancos Centrales, que se reuniría virtualmente y compartiría experiencias y enfoques en la gestión de las reservas nacionales de divisas. [93] [94] [95]

Moneda única

Aunque no se espera hasta entre 2010 y 2015, [10] se pretende que el CSME tenga una moneda única. Tal como están las cosas, varios de los miembros del CSME ya están en una unión monetaria con el dólar del Caribe Oriental y la fortaleza de la mayoría de las monedas regionales (con la excepción de Jamaica y Guyana) debería hacer que cualquier futura armonización de tipos de cambio entre los miembros del CSME sea bastante sencilla, ya que un paso hacia una unión monetaria.

El objetivo de formar una unión monetaria de la CARICOM no es nuevo. Como precursor de esta idea, los distintos países de la CARICOM establecieron un procedimiento de compensación para favorecer el uso de las monedas de los estados miembros. El procedimiento tenía como objetivo garantizar la estabilidad monetaria y promover el desarrollo comercial. Este esquema de compensación monetaria fue al principio bilateral, pero este sistema era limitado y difícil de manejar porque cada estado miembro tenía que tener una cuenta separada para cada uno de sus socios comerciales de la CARICOM y las cuentas tenían que equilibrarse individualmente al final de cada período de crédito. El sistema pasó a ser multilateral en 1977 y se denominó Servicio de Compensación Multilateral de CARICOM (CMCF). Se suponía que el CMCF favorecería el uso de monedas internas de CARICOM para la liquidación de transacciones y promovería la cooperación bancaria y monetaria entre los estados miembros. A cada país se le permitió una línea de crédito fija e inicialmente el CMCF tuvo suficiente éxito como para que tanto la línea de crédito total como el período de crédito se extendieran en 1982. Sin embargo, el CMCF fracasó poco después, a principios de los años 1980, debido a la incapacidad de Guyana para saldar sus deudas y Barbados no puede otorgar nuevas condiciones de pago [96]

A pesar del fracaso del CMCF, en 1992 los Jefes de Gobierno de la CARICOM determinaron que la CARICOM debía avanzar hacia la integración monetaria y encargaron a sus banqueros centrales que estudiaran la posible creación de una unión monetaria entre los países de la CARICOM. Se argumentó que la integración monetaria proporcionaría beneficios tales como estabilidad del tipo de cambio y de precios y reducción de los costos de transacción en el comercio regional. También se pensó que estos beneficios, a su vez, estimularían los flujos de capital, el comercio y la inversión intrarregionales, mejorarían el desempeño de la balanza de pagos y aumentarían el crecimiento y el empleo.

Los gobernadores de los bancos centrales elaboraron un informe en marzo de 1992 que esbozaba los pasos y criterios necesarios para una unión monetaria para el año 2000. Los criterios de 1992 fueron modificados en 1996 y se conocieron como criterios 3-12-36-15. Exigieron que:

El informe preveía el cumplimiento de una unión monetaria en 3 fases sobre la base de agrupar a los estados miembros en 2 categorías, A y B. La categoría A incluía a las Bahamas, Belice y los estados de la OECO . Los países de la categoría A ya habían cumplido los criterios originales en 1992 y sólo tenían que mantener la estabilidad económica para iniciar la unión monetaria. La categoría B estaba formada por Barbados, Guyana, Jamaica y Trinidad y Tobago (Surinam y Haití aún no eran miembros y, por lo tanto, no estaban incluidos). Estos países tuvieron que hacer los ajustes necesarios para cumplir con los criterios de entrada.

Estaba previsto que la fase 1 del proceso de unión monetaria concluyera en 1996. Debía incluir a las Bahamas, Barbados, Belice, los estados de la OECO y Trinidad y Tobago y debía haber una moneda común como unidad de cuenta (cf. Euro de 1999 a 2002) entre estos estados con excepción de Bahamas y Belice. Esta fase también implicaría la coordinación de las políticas monetarias y el movimiento hacia la convertibilidad de las monedas intrarregionales entre todos los estados miembros. En la fase 1 también se habría formado un Consejo de Gobernadores de los Bancos Centrales de CARICOM para supervisar todo el proceso.

La fase 2 debía haber tenido lugar entre 1997 y 2000 y debería haber visto una serie de iniciativas:

Se planeó que la fase 3 comenzara en 2000 y tenía como objetivo final que todos los países de la CARICOM ingresaran a la unión monetaria y fueran miembros de la CMA.

Sin embargo, la implementación de la Fase 1 quedó en suspenso en 1993 como resultado de la flotación del dólar de Trinidad y Tobago . En respuesta y en un esfuerzo por continuar con la cooperación e integración monetaria, los gobernadores de los bancos centrales de CARICOM hicieron que sus monedas regionales fueran totalmente interconvertibles. Una propuesta posterior pedía que Barbados, Belice y los estados de la OECO formaran una unión monetaria para 1997, pero también fracasó. [98]

Fondo de desarrollo

Una de las instituciones y regímenes creados para dar vida al movimiento de integración regional a través del Tratado Revisado de Chaguaramas es el Fondo de Desarrollo de CARICOM (FDC). Forma una parte fundamental del objetivo de la comunidad de lograr un compromiso equitativo entre sus estados miembros. La idea del CDF se tomó prestada sustancialmente de un mecanismo similar que utilizó con éxito la Unión Europea [99] (el Fondo de Cohesión de la UE ) [100] para ayudar a que algunos de sus estados miembros, como Irlanda, alcanzaran un cierto nivel económico para ayudar permitirles participar y beneficiarse efectivamente del proceso de integración. [99]

El FCD se estableció en virtud del artículo 158 del Tratado Revisado de Chaguaramas “con el propósito de brindar asistencia financiera o técnica a países, regiones y sectores desfavorecidos”. Es la pieza central de un régimen para abordar las disparidades entre los Estados miembros de la Comunidad que pueden resultar de la implementación del CSME. La firma del Acuerdo Relativo a las Operaciones del Fondo en julio de 2008 fue el resultado de años de negociaciones por parte de los Estados miembros de la CARICOM sobre los principios, el tamaño y la estructura de un fondo de desarrollo regional. [99]

Hubo una sensación de logro cuando finalmente se firmó el acuerdo y los técnicos empleados por la FCD se pusieron manos a la obra para hacer operativo el mecanismo. En una entrevista, el embajador Lorne McDonnough, director ejecutivo de la FCD, dijo: “El equipo inicial de la FCD siempre tuvo confianza en que cumpliría la fecha de lanzamiento proyectada...” A pesar de esta confianza, admitió que “...a lo largo del camino siempre hubo los fallos y retrasos frustrantes que exigieron una dosis extra de perseverancia, así como la necesidad de dar un paso atrás y revisar el problema con una nueva resolución”. El Embajador McDonnough señaló que las mayores expectativas y el deseo de que el CDF estuviera operativo en el menor tiempo posible significaban que los Estados miembros a veces subestimaban el trabajo que había que hacer para que el CDF estuviera listo para su pleno funcionamiento. [99]

A pesar de todos los desafíos, el 24 de agosto de 2009, tal como se esperaba, la FCD abrió oficialmente sus puertas. Esto se logró después de nueve meses de frenéticos esfuerzos por parte del personal de la puesta en marcha para implementar sistemas que permitieran la recepción de solicitudes de préstamos y subvenciones. [99]

La CDF tiene 12 miembros: Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, Santa Lucía, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago. [101]

Gobernancia

La FCD, tal como se establece en el acuerdo, tiene personalidad jurídica propia pero está vinculada a la CARICOM a través de varios Consejos Ministeriales. La CDF está gobernada por su propia junta corporativa y es administrada por el director ejecutivo. El Embajador McDonnough asumió el cargo de Director Ejecutivo en noviembre de 2008, uniéndose a la Sra. Fay Housty, Asesora Principal de Gobierno Corporativo y Desarrollo, y al Sr. Lenox Forte, Gerente de Desarrollo Corporativo y Programación. Estos dos funcionarios fueron adscritos por la Secretaría de CARICOM. [99]

El FCD comenzó su existencia a partir de tres oficinas temporales dentro de la Unidad CSME de CARICOM en el Centro Financiero Tom Adams, Bridgetown, Barbados. El equipo pasó los primeros tres meses buscando espacio de oficina alternativo, preparando el plan de trabajo y el presupuesto, buscando financiación para la preparación de sus reglas y procedimientos de gobernanza, además de comenzar el proceso de contratación del personal ejecutivo y administrativo principal. [99]

La FCD se mudó a su actual oficina temporal en el renovado edificio del Antiguo Ayuntamiento en Bridgetown a finales de enero de 2009. Este espacio fue proporcionado por el Gobierno de Barbados mientras la FCD continuaba trabajando con él para adquirir sus instalaciones más permanentes a mediados de 2010. [99] Las nuevas instalaciones permanentes de la FCD estaban ubicadas en un nuevo edificio ubicado en Mall Internationale, Haggatt Hall, St. Michael, Barbados. Este edificio también albergaba las nuevas oficinas permanentes de dos departamentos de la Secretaría de CARICOM: la Oficina de Negociaciones Comerciales (OTN) y la Unidad CSME. [102] Las nuevas oficinas fueron inauguradas oficialmente el lunes 3 de diciembre de 2012 por el Primer Ministro de Barbados, Freundel Stuart. [103]

Capitalización

Todos los estados miembros deben contribuir al capital del fondo sobre la base de una fórmula acordada por los jefes de gobierno de CARICOM. En 2009, el FCD se capitalizó en 79,9 millones de dólares. Se preveía que a finales de 2009 los Estados miembros habrían aportado aproximadamente 87 millones de dólares. El FCD también tiene el mandato de recaudar otros 130 millones de dólares de donantes y estados amigos. [99]

El FCD también se benefició en 2009 de subvenciones de asistencia técnica por valor de 149.000 dólares estadounidenses del Banco de Desarrollo del Caribe (BDC) y 834.000 euros del Fondo de Apoyo Institucional de la Unión Europea (UE), además de una contribución de 300.000 euros en 2009, lo que marcó el inicio de una relación más estrecha. entre el Gobierno de Finlandia y CARICOM. El Gobierno de Turquía también brindó apoyo a los países de la Organización de Estados del Caribe Oriental (OECO) para ayudarlos a realizar su contribución al fondo de capital del FCD. [99]

En 2011, el FCD estaba capitalizado en 100,7 millones de dólares EE.UU., y los fondos totales aumentaron a 107 millones de dólares EE.UU. en 2012. [104]

Luego de una reunión de un equipo del FCD con el Grupo de Trabajo Técnico (GTT) de los estados miembros, el Embajador McDonnough hizo una recomendación sobre la reposición del FCD durante el Segundo Ciclo de Financiamiento. Estas recomendaciones fueron aceptadas por la Conferencia de Jefes de Gobierno de CARICOM en mayo de 2015 y se confirmó que los estados miembros de CARICOM proporcionarán 65,84 millones de dólares en nuevos fondos para el FCD en su segundo ciclo de financiamiento, que comenzará el 1 de julio de 2015. Esta cantidad También se complementará con USD 10,2 millones de fondos arrastrados, lo que sumará un total de USD 76 millones para el segundo ciclo de financiación. Trinidad y Tobago, el mayor contribuyente, confirmó que estaba aportando 40 millones de dólares al FCD. [105]

Tanto el gobierno de Haití como el de Montserrat expresaron su deseo de convertirse en miembros del FCD durante su Segundo Ciclo de Financiamiento. [105]

Beneficiarios

Si bien todos los miembros del CSME que contribuyen al FDC son elegibles para recibir asistencia financiera y técnica del fondo, sólo los países desfavorecidos designados: los PMA (OECO y Belice) y Guyana (como país pobre altamente endeudado) tendrán acceso a recursos durante el primer ciclo de contribución [99] que va de 2008 a 2014. [106] Para identificar las necesidades de los estados miembros elegibles e informar a la Junta del FCD cuando aprobó las reglas y regulaciones de gobernanza, se llevaron a cabo consultas de evaluación de necesidades para los PMA y Guyana. [99]

Informado por estas consultas y en consonancia con su mandato de abordar las disparidades resultantes de la implementación del CSME, el FCD se centrará en desembolsar préstamos y donaciones en condiciones favorables que aborden objetivos relacionados con la implementación del CSME, preferiblemente proyectos de tamaño pequeño a mediano de un corto período de implementación. Los detalles de los criterios para la selección de proyectos se pueden encontrar en las pautas de evaluación y desembolso del FCD en www.csmeonline.org. [99]

En un intento por garantizar la sostenibilidad del fondo de capital del FCD, el tamaño de los préstamos directos oscilará entre 500.000 y 4 millones de dólares; el monto mínimo de las subvenciones será de 20.000 dólares estadounidenses. En cada ciclo de contribución, la junta destinará hasta US$10 millones para financiar proyectos del sector privado de alcance regional o subregional. El FCD también buscará trabajar con sus socios de desarrollo para aprovechar la asistencia técnica que puede brindar. [99]

Sistema de Contratación Pública Electrónica de Integración Regional

El artículo 239 del Tratado Revisado de Chaguaramas obliga a los Estados miembros a “elaborar un Protocolo relativo... a... la Contratación Pública”. [107] [108]

Hasta la fecha, la Comunidad ha emprendido y concluido un importante volumen de trabajo relacionado con el establecimiento de un Régimen Comunitario de Contratación Pública. En 2003, la Secretaría de CARICOM encargó un proyecto con una subvención del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional (CIDA). El objetivo del proyecto era apoyar a CARICOM en sus esfuerzos por establecer un régimen regional eficaz para la Contratación Pública que facilitara la plena implementación del CSME y participar efectivamente en las negociaciones comerciales externas relacionadas con la Contratación Pública. El proyecto constaba de tres componentes principales. Componente 1 – Marcos de Contratación Pública Nacional: Análisis, Comparación y Mejoras Recomendadas; Componente 2 – Recopilación y Análisis de Estadísticas de Contratación Pública; y Componente 3 – Recomendaciones para un régimen regional de mejores prácticas en materia de adquisiciones gubernamentales. [109]

En conjunto, los resultados del proyecto informaron la preparación del primer borrador de la Política Marco de Integración Regional en Contratación Pública (FRIP). [107] El primer borrador de la política comunitaria sobre contratación pública se elaboró ​​y difundió a los Estados miembros para su revisión en 2005. En abril de 2006 se finalizó el segundo borrador. [109] En 2011, se adoptó el Cuarto Borrador, que refleja las enmiendas recomendadas al Tercer Borrador. [107] La ​​política propuesta ahora denominada Marco para la Integración Regional de las Contrataciones Públicas (FRIPP) se encuentra en su quinta etapa de borrador. [109]

Entre las conclusiones del proyecto de 2003 se encuentran las siguientes: [109]

La conclusión general fue que los actuales regímenes de adquisiciones son contraproducentes para los esfuerzos del CSME. El sombrío panorama pintado por los hallazgos del proyecto de investigación de CARICOM demostró la extrema necesidad de una reforma integral de las adquisiciones. Una de las recomendaciones importantes del proyecto fue que las reformas legislativas y políticas de contratación pública nacionales y regionales propuestas deberían basarse en la Ley Modelo de la CNUDMI. [109]

Entre abril y junio de 2014, se llevó a cabo una consultoría realizada por Analysis Mason Ltd. en 13 países de Caricom (excepto Haití y las Bahamas) [110] y proporcionó a la Secretaría de CARICOM y a sus Estados miembros las recomendaciones sobre la tecnología de la información (TI) requerida. infraestructura para el establecimiento de un Sistema Electrónico de Contratación Pública de Integración Regional (RIEPPS) en pleno funcionamiento. [111]

Se propone el nuevo sistema basado en TI mediante el cual las empresas de los países de Caricom puedan licitar en contratos gubernamentales en los estados miembros. El sistema de Contratación Pública regionalmente integrado propuesto daría más vida al componente del mercado único del CSME, permitiendo un medio eficaz para que las empresas de los estados miembros de CARICOM operen en los países de los demás. El acuerdo se está estructurando de tal manera que permita conservar ciertos contratos para empresas nacionales, mientras que otros están abiertos a procesos de licitación regionales. [111]

El plan de trabajo exige una infraestructura de TI regional común, respaldada por protocolos legislativos y un componente de desarrollo empresarial que ayudaría a estimular las actividades de adquisiciones intrarregionales. Todos estos componentes se están llevando a cabo simultáneamente con miras a lograr una posible implementación para finales de 2014 [111] pero ciertamente para 2016. [112]

El mercado estimado para las adquisiciones regionales es de aproximadamente 17 mil millones de dólares anuales entre una región de cinco millones y medio de habitantes (con excepción de Haití). El gobierno es uno de los sectores más grandes en todas las economías de Caricom, por lo que una de las posibles soluciones al objetivo de impulsar el comercio intrarregional, y que cada país genere negocios y cree empleo, es abrir el mercado para la contratación pública. . [112]

También se llevará a cabo una reforma de los sistemas y procesos de adquisiciones en cada país donde se implementará el proyecto, así como la instalación del hardware y software de TI relevante y la capacitación del personal requerido. Uno de los obstáculos importantes a superar para la plena implementación del programa será la necesidad de garantizar que cada país tenga una legislación que permita que transacciones de este tipo se realicen electrónicamente.

“Muchos estados hasta este momento todavía operan con Leyes de Finanzas y Administración, en lugar de una ley de adquisiciones. Varios de ellos cuentan con una Ley de Transacciones Electrónicas, pero es posible que no se refiera específicamente a la contratación en el dominio público. Entonces, una de las cosas que CARICOM será responsable de hacer en el marco del proyecto es preparar el protocolo y las leyes y normas de implementación de apoyo”, explicó Ivor Carryl, Gerente de Programa, Mercado Único y Economía de Caricom, Secretaría de CARICOM. [113]

Bajo el Sistema de Contratación Pública Electrónica de Integración Regional de CARICOM, los comerciantes de bienes y servicios tendrán protección de la Corte de Justicia del Caribe (CCJ). [114]

Según Ivor Carryl, se creará un tablón de anuncios de contratación pública regional para que los Estados miembros publiquen sus contratos y, cuando algún actor considere que existe injusticia en la adjudicación de los contratos, se podrá recurrir a la CCJ para que decida. [114]

"En el artículo 7, que trata sobre la no discriminación, la igualdad de trato y la justicia, todas las leyes y prácticas nacionales relacionadas con la CARICOM deben reflejar esas disposiciones", dijo Carryl a JIS News en una entrevista. [114]

“Si una empresa jamaicana bajo el protocolo presenta una oferta y por alguna razón se siente agraviada porque el proceso (la evaluación de la oferta) no salió bien, tendría el derecho bajo el Tratado de desafiar a la entidad contratante y pedirle explicar por qué no ganó la licitación; y tiene derecho a acudir a los tribunales y impugnar la decisión”, añadió el funcionario de CARICOM. [114]

El Sr. Carryl explica que bajo el Régimen Regional de Adquisiciones, el mecanismo de apelación se ha fortalecido, por lo que las personas tendrán un acceso más fácil para buscar reparación. [114]

Jurisdicción única

En agosto de 2014, CARICOM inició trabajos para crear un marco armonizado para que empresas y otros negocios puedan establecerse y operar dentro del CSME. Esta Jurisdicción Única debería garantizar que las reglas para establecer y operar una empresa en un país se apliquen en todo el CSME. [115]

A partir de junio de 2015, la Secretaría de CARICOM inició una serie de consultas nacionales para discutir el Proyecto de Política Marco sobre la Jurisdicción Única. El objetivo de la Jurisdicción Única es crear un espacio fluido para que las empresas puedan realizar negocios. Cuando se establezca, permitiría a las empresas, una vez registradas en un estado miembro participante del CSME, operar en cualquier otro estado miembro del CSME sin necesidad de registrarse en ese otro estado miembro. Por tanto, en esencia permitirá a las empresas registrarse en cualquier lugar dentro del CSME y operar en todo el Mercado Único. La creación de la Jurisdicción Única se considera crucial para permitir la implementación adecuada del Establecimiento del Derecho bajo el Tratado Revisado de Chaguaramas y debería ser de beneficio significativo para quienes ejercen este derecho. [116]

Notas a pie de página

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Referencias

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