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Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional ( CNUDMI ) ( en francés : Commission des Nations Unies pour le droit commercial international (CNUDCI) ) es un órgano subsidiario de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) responsable de ayudar a facilitar el comercio y la inversión internacionales. [1]

Fundada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966, el mandato oficial de la CNUDMI es "promover la armonización y unificación progresivas del derecho mercantil internacional " mediante convenciones, leyes modelo y otros instrumentos que aborden áreas clave del comercio, desde la resolución de disputas hasta la adquisición y venta de bienes. [2]

La CNUDMI lleva a cabo su labor en sesiones anuales que se celebran alternativamente en la ciudad de Nueva York y Viena , donde tiene su sede.

Historia

Cuando el comercio mundial comenzó a expandirse dramáticamente en la década de 1960, los gobiernos nacionales empezaron a darse cuenta de la necesidad de un conjunto global de normas y reglas para armonizar las regulaciones nacionales y regionales que hasta entonces gobernaban el comercio internacional.

Afiliación

La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) contaba originalmente con 29 Estados, pero en 1973 se amplió a 36 y en 2004 a 60. Los Estados miembros de la Comisión representan diferentes tradiciones jurídicas y niveles de desarrollo económico, así como diferentes regiones geográficas. Entre los Estados miembros figuran 12 Estados africanos, 15 Estados asiáticos, 18 Estados europeos, 6 Estados latinoamericanos y caribeños y 1 Estado oceánico. Los Estados miembros de la Comisión son elegidos por la Asamblea General. La composición está estructurada de modo que sea representativa de las distintas regiones geográficas del mundo y de sus principales sistemas económicos y jurídicos. Los miembros de la Comisión son elegidos por un período de seis años, y el mandato de la mitad de los miembros expira cada tres años. A partir del 3 de julio de 2017, la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional estará integrada por los siguientes Estados miembros:

África

Asia

Europa

América del norte

Oceanía

Sudamerica

Actividades

Los métodos de trabajo se organizan en tres niveles. El primer nivel es la propia CNUDMI (la Comisión), que celebra una sesión plenaria anual que se celebra en años alternos en la ciudad de Nueva York y Viena . La sesión de 2021 se celebró en Viena, la de 2022 se celebró en Nueva York. [3] El segundo nivel comprende los grupos de trabajo intergubernamentales que desarrollan los temas del programa de trabajo de la CNUDMI. Los textos diseñados para simplificar las transacciones comerciales y reducir los costos asociados son elaborados por grupos de trabajo integrados por todos los Estados miembros de la CNUDMI, que se reúnen una o dos veces al año. También se invita a los Estados no miembros y a las organizaciones internacionales y regionales interesadas, que pueden contribuir activamente a la labor, ya que las decisiones se adoptan por consenso, no por votación. Los proyectos de texto completados por estos grupos de trabajo se presentan a la CNUDMI para su finalización y aprobación en su sesión anual. La División de Derecho Mercantil Internacional de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas presta servicios sustantivos de secretaría a la CNUDMI, como la realización de investigaciones y la preparación de estudios y borradores. Este es el tercer nivel, que asiste a los otros dos en la preparación y realización de su trabajo.

La CNUDMI es

Grupos de trabajo

La CNUDMI cuenta con seis grupos de trabajo cuyo trabajo se centra en diferentes temas: Grupo de Trabajo I: Recibos de Depósito , Grupo de Trabajo II: Solución de Diferencias , Grupo de Trabajo III: Reforma del sistema de solución de diferencias entre inversionistas y Estados , Grupo de Trabajo IV: Comercio Electrónico , Grupo de Trabajo V: Derecho de la Insolvencia , Grupo de Trabajo VI: Documentos de Carga Negociables. [4]

El Grupo de Trabajo III: Reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (ISDS) se constituyó en 2017 y desde entonces se reúne dos o tres veces al año en Viena y Nueva York. [5] El grupo de trabajo es de particular importancia para los Estados con acuerdos internacionales de inversión y su trabajo consiste en ayudar a los Estados a negociar la reforma del ISDS.

Convenciones

Una convención es un acuerdo entre los Estados participantes que establece obligaciones vinculantes para los Estados que la ratifican o se adhieren a ella. Una convención tiene por objeto unificar el derecho estableciendo obligaciones jurídicas vinculantes. Para convertirse en parte de una convención, los Estados deben depositar formalmente un instrumento vinculante de ratificación o adhesión ante el depositario. La entrada en vigor de una convención suele depender del depósito de un número mínimo de instrumentos de ratificación.

Convenciones de la CNUDMI:

Leyes modelo

Las leyes modelo son textos legislativos que se recomiendan a los Estados para su incorporación al derecho interno. Por lo general, la CNUDMI ultima y adapta las leyes modelo en su período de sesiones anual, mientras que las convenciones requieren la convocatoria de una conferencia diplomática.

La CNUDMI también redactó el:

CLOUT (Jurisprudencia sobre textos de la CNUDMI)

El sistema de jurisprudencia sobre textos de la CNUDMI es una colección de decisiones judiciales y laudos arbitrales que interpretan los textos de la CNUDMI.

CLOUT incluye resúmenes de casos en los seis idiomas de las Naciones Unidas sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CIM) (Viena, 1980) y la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional (1985).

Guías legislativas

Una guía legislativa tiene por objeto proporcionar un análisis detallado de las cuestiones jurídicas en un ámbito específico del derecho, proponiendo enfoques eficientes para su solución en el contexto nacional o local. Las guías legislativas no contienen artículos ni disposiciones, sino recomendaciones. Las guías legislativas son elaboradas por los Grupos de Trabajo de la CNUDMI y posteriormente finalizadas por la Comisión de la CNUDMI en su período de sesiones anual.

La CNUDMI ha adoptado las siguientes guías legislativas:

Véase también

Referencias

  1. ^ "Acerca de la CNUDMI | Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional". uncitral.un.org . Consultado el 21 de agosto de 2019 .
  2. ^ "Preguntas frecuentes - Mandato e historia | Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional". uncitral.un.org . Consultado el 21 de agosto de 2019 .
  3. ^ CNUDMI, Sesiones de la Comisión, consultado el 12 de febrero de 2023
  4. ^ "Grupos de trabajo | Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional". uncitral.un.org . Consultado el 7 de junio de 2024 .
  5. ^ "Grupo de trabajo III: Reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados | Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional". uncitral.un.org . Consultado el 3 de octubre de 2024 .
  6. ^ CNUDMI, Ley Modelo de la CNUDMI sobre Contratación Pública (2011), consultado el 6 de marzo de 2023
  7. ^ Para un análisis de los trabajos preparatorios que condujeron a esta guía legislativa, véase Andrea Tosato, The UNCITRAL Annex on security rights in IP: a work in progress (2009) Journal of intellectual property law and Practice 743 [1]

Enlaces externos