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Burnham contra el Tribunal Superior de California

Burnham v. Superior Court of California , 495 US 604 (1990), fue uncaso de la Corte Suprema de los Estados Unidos que abordó si un tribunal estatal puede, de conformidad con la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda , ejercer jurisdicción personal sobre un no residente del estado al que se le notifica un proceso mientras visita temporalmente el estado. Los nueve jueces acordaron por unanimidad que esta base para la jurisdicción personal, conocida como "jurisdicción transitoria", es constitucionalmente permisible. Sin embargo, la Corte no logró producir una opinión mayoritaria, ya que los miembros estaban profundamente divididos sobre las razones de la decisión, lo que refleja dos enfoques fundamentalmente diferentes sobre cómo deben analizarse las cuestiones del debido proceso. El juez Scalia escribió la opinión principal, a la que se unieron total o parcialmente otros tres jueces. El juez Brennan escribió una opinión a la que se unieron otros tres jueces. Los jueces White y Stevens escribieron opiniones separadas.

Antecedentes procesales y fácticos

Dennis Burnham y Frances Cecilia (Perelman) Burnham, un matrimonio que reside en Nueva Jersey, acordaron divorciarse. Francie se mudó a California el 14 de julio de 1987, con los dos hijos de la pareja. Posteriormente, convenció a Dennis de que retrasara la presentación de la demanda de divorcio en Nueva Jersey hasta que 18 meses de separación calificaran para un divorcio "sin culpa". Luego, varios meses después, a principios de 1988 y antes del requisito de residencia de 6 meses en California, Francie presentó una demanda de divorcio en el Tribunal Superior de California. Al enterarse de esta demanda, Dennis intentó presentar y notificar rápidamente la demanda de Nueva Jersey en lugar de esperar 12 meses más. Dennis recibió la citación cuando viajó a California para manejar un asunto comercial no relacionado y visitar a sus hijos; la notificación se realizó un domingo en el hogar de los niños. Al día siguiente, Francie recibió la citación de Nueva Jersey . Los tribunales luego sostuvieron que la demanda de California fue "la primera en el tiempo".

Dennis presentó una " comparecencia especial " en el tribunal de California y solicitó la anulación del servicio del proceso. Argumentó que no era residente de California y que no tenía conexión con California suficiente para establecer jurisdicción personal sobre él de conformidad con la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda. Inicialmente, el Tribunal Superior del condado de Marin, California, aceptó la solicitud de Dennis de permitir que Nueva Jersey decidiera las cuestiones de jurisdicción personal in personam y sometiera las cuestiones de jurisdicción in rem objeto del asunto a California. Luego, en una moción de reconsideración, citando Pennoyer v. Neff (1877), el Tribunal Superior revocó y denegó la solicitud de Dennis de anular el servicio. Luego, Dennis solicitó un auto de mandato al Tribunal de Apelaciones de California para el Primer Distrito de Apelaciones , que denegó el recurso, al igual que la Corte Suprema de California . Luego, Dennis solicitó la revisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos, que otorgó el certiorari [1] para abordar la validez continua de la jurisdicción transitoria a la luz de los desarrollos recientes en la ley de jurisdicción personal. [2]

Aproximadamente 29 meses después de la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos, el Tribunal Superior de California concedió el divorcio en octubre de 1992.

Antecedentes legales

En el derecho consuetudinario, reconocido por la Corte Suprema en Pennoyer v. Neff (1877), una acción civil se iniciaba notificando el proceso al demandado dentro de la jurisdicción del foro. La notificación a un demandado dentro del estado del foro creaba jurisdicción sobre el demandado independientemente de si el demandado era residente del estado o simplemente lo visitaba, y sin importar si el objeto de la demanda tenía algo que ver con las actividades del demandado en el estado.

Posteriormente, en International Shoe Co. v. Washington (1946) y Shaffer v. Heitner (1977), la Corte Suprema sostuvo que la Cláusula del Debido Proceso requiere que el ejercicio de la jurisdicción personal de un estado sobre un acusado debe ajustarse a "las nociones tradicionales de juego limpio y justicia sustancial", al menos cuando el acusado no fue notificado del proceso en el estado del foro.

La cuestión en Burnham era si, a la luz de International Shoe y Shaffer , la notificación a un no residente que visita un estado seguía siendo una base constitucionalmente suficiente para el ejercicio de la jurisdicción personal sobre el no residente.

Sentencia del Tribunal

La Corte acordó por unanimidad que el ejercicio de la jurisdicción personal sobre Dennis Burnham con base en la "jurisdicción transitoria" mediante la notificación del proceso era adecuado. Sin embargo, los jueces no pudieron ponerse de acuerdo sobre la justificación del resultado, por lo que emitieron cuatro opiniones separadas.

Opinión pluralista del juez Scalia

El juez Scalia emitió la opinión principal en el caso, junto con el presidente del Tribunal Supremo Rehnquist , el juez Kennedy y, en parte, el juez White. El juez Scalia comenzó definiendo la cuestión planteada como "si la cláusula de debido proceso de la Decimocuarta Enmienda niega a los tribunales de California jurisdicción sobre un no residente, a quien se le notificó personalmente un proceso mientras se encontraba temporalmente en ese Estado, en una demanda no relacionada con sus actividades en el Estado".

El juez Scalia adoptó un enfoque histórico para responder a esta pregunta. En su opinión, respaldada por la cita de numerosos casos, "[u]ntro de los principios más firmemente establecidos de jurisdicción personal en la tradición estadounidense está el de que los tribunales de un Estado tienen jurisdicción sobre los no residentes que están físicamente presentes en el Estado". En el derecho consuetudinario, la notificación del proceso al demandado dentro del estado del foro era un requisito previo para ejercer jurisdicción sobre el demandado en ese estado. En casos como International Shoe Co. v. Washington y Shaffer v. Heitner , la Corte había aceptado que un no residente notificado fuera de un estado todavía podía estar sujeto a jurisdicción, pero solo cuando el demandado tenía "ciertos contactos mínimos con él de modo que el mantenimiento de la demanda no ofendiera 'las nociones tradicionales de juego limpio y justicia sustancial'". Sin embargo, estos casos no respaldaban el argumento inverso de que la práctica de larga data de obtener jurisdicción sobre un demandado notificando el proceso dentro del foro podría ahora violar el debido proceso. "[U]na doctrina de jurisdicción personal que se remonta a la adopción de la Decimocuarta Enmienda y que todavía se observa generalmente cumple sin lugar a dudas con el estándar" del debido proceso.

Como la jurisdicción de etiqueta tiene “la sanción del uso establecido”, dicha jurisdicción personal y de servicio es constitucional porque es tradicional. Por lo tanto, el juez Scalia abogó por una prueba histórica como un método para determinar la constitucionalidad del ejercicio de la jurisdicción personal por parte de un tribunal.

Crítica del juez Scalia a la opinión concurrente del juez Brennan

El juez Scalia, en la práctica con Originalism , critica la concurrencia del juez Brennan por abogar por estándares vagos y usar una lógica circular. A Scalia le desagrada la idea de aplicar "nociones contemporáneas del debido proceso" para determinar la constitucionalidad de la afirmación de jurisdicción de California". También explica que el juez Brennan está usando una lógica circular, escribiendo "[l]a existencia de una tradición continua no es suficiente; también debe considerarse la equidad; la equidad existe aquí porque hay una tradición continua". Scalia también expresa un serio desacuerdo con la idea de que un acusado establezca la jurisdicción "[aprovechándose] de beneficios significativos proporcionados por el Estado" porque esto crearía un estándar extremadamente vago y poco claro. Scalia pregunta sobre alguien que disfruta de quince minutos de "beneficios" (en lugar de los tres días como en el caso real) como si fueran suficientes, lo que explica por qué esta regla propuesta es excepcionalmente vaga.

La opinión del juez Brennan

El juez Brennan, en una opinión a la que se sumaron los jueces Marshall , Blackmun y O'Connor , coincidió en que California podía ejercer constitucionalmente jurisdicción sobre Dennis Burnham porque se le había notificado el proceso mientras visitaba el estado. Sin embargo, el juez Brennan rechazó la afirmación del juez Scalia de que la larga historia de permitir la jurisdicción transitoria era suficiente para resolver el caso. Según el juez Brennan, la decisión de la Corte en Shaffer v. Heitner exigía que todos los métodos para obtener la jurisdicción se evaluaran de acuerdo con las nociones contemporáneas del debido proceso.

El juez Brennan reconoció que, si bien no es decisiva, la tradición histórica de la jurisdicción transitoria era relevante para evaluar su constitucionalidad, porque proporcionaba a los potenciales acusados ​​un aviso de que visitar un estado podría dar lugar a que estuvieran sujetos a la jurisdicción de un juicio en ese estado. Mientras una persona se encuentre voluntariamente presente en un estado, se acoge a los beneficios que ofrece ese estado. Además, los avances en las comunicaciones y el transporte modernos hacen que sea mucho menos oneroso que antes para un no residente defenderse en otra jurisdicción. Existen mecanismos procesales como la doctrina del forum non conveniens en un caso en el que litigar en el foro sería realmente oneroso. El juez Brennan concluyó que "por estas razones, como regla general, el ejercicio de la jurisdicción personal sobre un acusado en base a su presencia voluntaria en el foro satisfará los requisitos del debido proceso".

La opinión del juez White

En una breve opinión en la que coincidía en parte y con la sentencia, el juez White afirmó que "la norma que permite obtener jurisdicción sobre un no residente mediante notificación personal en el estado del foro, sin más, ha sido y es tan ampliamente aceptada en todo este país que no podría revocarla, ni en su forma ni en su aplicación en este caso, sobre la base de que niega el debido proceso legal garantizado por la Decimocuarta Enmienda". En opinión del juez White, si bien la Corte Suprema tiene autoridad para revocar incluso los procedimientos tradicionalmente aceptados que no brindan el debido proceso, no había base para hacerlo en este caso. No había ninguna demostración de que permitir la notificación del proceso dentro de un estado para proporcionar una base para la jurisdicción "sea tan arbitrario y carente de sentido común en tantos casos que debería considerarse violatorio del debido proceso en todos los casos". Para evitar litigios interminables, el juez White concluyó que no es necesario considerar los desafíos a la imparcialidad de la jurisdicción basada en la notificación en casos individuales, "al menos ... cuando la presencia en el estado del foro es intencional, lo que casi siempre sería el hecho".

La opinión del juez Stevens

En una opinión separada en la que coincidía con la sentencia, el juez Stevens declaró que se negaba a sumarse a la opinión del juez Scalia o del juez Brennan porque estaba "preocupado por [su] alcance innecesariamente amplio". El juez Stevens afirmó que la evidencia histórica citada por el juez Scalia, las consideraciones de imparcialidad discutidas por el juez Brennan y el sentido común de la opinión concurrente del juez White, "se combinan para demostrar que este es, de hecho, un caso muy fácil". En una nota a pie de página, el juez Stevens reflexionó lacónicamente que "[t]a vez el adagio sobre los casos difíciles que dan lugar a malas leyes debería revisarse para incluir los casos fáciles".

Véase también

Enlaces externos

Referencias

  1. ^ 493 Estados Unidos 807.
  2. ^ Burnham v. Tribunal Superior de California, Condado de Marin , Proyecto Oyez.[1].