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Burford contra Sun Oil Co.

Burford contra Sun Oil Co. , 319 US 315 (1943), fue un caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el que la Corte creó una nueva doctrina de abstención . [1]

Hechos

La Comisión de Ferrocarriles de Texas concedió al acusado Burford una orden que le daba derecho a perforar cuatro pozos petroleros en una pequeña parcela de tierra en el campo petrolífero del este de Texas . El demandante Sun Oil Co. demandó a Burford en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Texas , afirmando tanto jurisdicción sobre cuestiones federales como jurisdicción sobre diversidad , y alegando que la orden de la comisión les negó el debido proceso legal bajo la Decimocuarta Enmienda .

La ley estatal de Texas encargó a la comisión la administración de las regulaciones de petróleo y gas , incluidas las cuotas de producción para cada campo y pozo. Las cuotas se fijaron junto con otros estados productores de petróleo y gas . Parte de sus funciones era regular el espaciamiento de los pozos petroleros individuales. Debido a la compleja geología de los yacimientos petrolíferos y a la múltiple división de los derechos de superficie , la actividad de perforación petrolera de un usuario puede afectar la producción de otros, lo que significaba que estaban en juego intereses tanto públicos como privados. Era necesario controlar la presión del agua subterránea y del gas para mantener estable la producción de petróleo y evitar el desperdicio.

Debido a que la regla que rige el espaciamiento de los pozos en el campo petrolero, conocida como "Regla 37", generó una gran cantidad de litigios entre muchos propietarios de tierras y potenciales perforadores en competencia, la Legislatura de Texas había desarrollado un sistema especial de revisión judicial para tales casos. Las órdenes de la comisión podían apelarse ante el tribunal de distrito estatal en el condado de Travis, Texas , y luego podían ser revisadas por el Tribunal de Apelaciones Civiles de Texas y luego ante el Tribunal Supremo de Texas , que tenía la autoridad final sobre cuestiones de derecho estatal.

Al tribunal de distrito del condado de Travis se le otorgó jurisdicción exclusiva sobre las apelaciones de órdenes de la Comisión, lo que le permitió especializarse en tales asuntos y promover la cooperación entre el tribunal y la comisión. Ya existían interpretaciones legales contradictorias entre los tribunales estatales y federales en este asunto, por lo que el tribunal de distrito decidió abstenerse por deferencia al estado y desestimar el caso. El Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito de los Estados Unidos revocó la desestimación del Tribunal de Distrito.

Opinión de pluralidad

El juez Black , escribiendo en nombre de la pluralidad, revocó la sentencia del Quinto Circuito y confirmó la desestimación del asunto por parte del Tribunal de Distrito. La cuestión central del reclamo del demandante fue la "razonabilidad" de la orden de la comisión de acuerdo con la ley estatal, que Black estuvo de acuerdo en que era un estándar diferente al debido proceso constitucional. Black comparó la situación en este caso con la de Railroad Commission v. Pullman Co. , argumentando que se trataba de una cuestión de interpretación de la ley estatal que debía ser manejada con autoridad por el sistema judicial estatal, y que la revisión de los tribunales estatales era adecuada, especialmente a la luz del hecho de que cuestiones de derecho federal aún podrían ser revisadas por la Corte Suprema de los Estados Unidos mediante un auto de certiorari de la Corte Suprema de Texas.

Tenencia

Según la doctrina de abstención de Burford , un tribunal federal con jurisdicción sobre diversidad puede abstenerse de conocer el caso cuando los tribunales estatales probablemente tengan mayor experiencia en un área particularmente compleja y única del derecho estatal que sea de especial importancia para el estado, donde Es un procedimiento administrativo/regulatorio estatal integral, y donde las cuestiones federales no pueden decidirse sin profundizar en la ley estatal.

Concurrencia

El juez Douglas , coincidiendo con ello, dio a entender que el fallo del Tribunal no iba lo suficientemente lejos. Señaló que

La opinión de la Corte, tal como la leí, no sostiene ni implica justamente que 'la aplicación de los derechos estatales creados por la legislación estatal y que afectan las políticas estatales se limita a los tribunales estatales '. Cualquier decisión de este tipo daría lugar a un avance drástico en la jurisdicción sobre diversidad, una limitación que estoy de acuerdo podría ser deseable pero que debería hacer el Congreso , no esta Corte. Sin embargo, en estos casos la retención no llega a tal extremo.

319 EE. UU. en 335.

Aquí, esencialmente critica el alcance de la jurisdicción de diversidad de los tribunales federales en asuntos de derecho estatal. Señaló que aunque la opinión del Tribunal considera que la Comisión y el sistema judicial de Texas son "socios de trabajo" en la administración de la ley, los tribunales en realidad juzgan las decisiones de la comisión. Éste es un papel que no sería prudente desempeñar un Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, ya que interferiría con la administración de sus propias leyes por parte del Estado y crearía serios problemas de federalismo y crearía precedentes legales contradictorios.

Disentimiento

El juez Frankfurter discrepó, defendiendo el concepto de jurisdicción de diversidad como método para proporcionar un foro imparcial para disputas entre partes de diferentes estados y criticando a la mayoría por negar a las partes su lugar en un tribunal federal. Señaló que la cuestión de limitar o abolir la jurisdicción de diversidad es una cuestión que corresponde al Congreso, y no a los tribunales. Distinguió Railroad Commission v. Pullman Co. basándose en que en ese caso, la cuestión de la ley estatal podría haber desplazado por completo la cuestión federal, y que la Corte Suprema de Texas ya había definido los términos del estatuto y el alcance de la revisión judicial en virtud del mismo. .

Ver también

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