Tribunal administrativo (Francia)

La justicia administrativa afirmó su independencia respecto a la administración durante el siglo XIX y desarrolló una jurisprudencia (es decir, una determinada interpretación de las normas jurídicas por parte del juez) que tiene a bien compaginar los derechos de los ciudadanos con las necesidades del servicio público.

La única excepción es el tribunal administrativo de París que consta con diecinueve agrupadas en seis secciones.

También son una excepción los litigios para los cuales los tribunales administrativos de apelación tienen competencia en primera instancia.

Los prefectos pueden consultar a los tribunales administrativos sobre cuestiones de derecho que causen dificultades.

[10]​ Los tribunales administrativos resuelven mediante sentencias dictadas por una Sala de carácter colegiado,[11]​ es decir por tres magistrados, entre ellos un presidente y dos asesore ponentes.