Transacción (derecho)

Transacción es, en derecho, un contrato bilateral, por el cual las partes, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones litigiosas o dudosas.

El término Transacción, proviene del latín transactio, -nis, de donde se deriva el verbo transigo, transigere, que significa transigir, esto es "consentir en parte con lo que no se cree justo, razonable o verdadero, a fin de acabar con una diferencia".

Es una forma de obligación, y se diferencia de la novación en que es un acto jurídico bilateral mientras que esta última es unilateral y está a cargo del acreedor.

El artículo 1641 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina lo define de la siguiente manera: El artículo 1809 del Código Civil español lo define de la siguiente manera: El artículo 2446 del Código Civil chileno la define como: El artículo 2944 del Código Civil Federal lo define de la siguiente manera: La transacción tiene una doble naturaleza, pues es tanto un acto procesal como negocio jurídico material.

El fin de este acuerdo es alcanzar una solución amistosa para un procedimiento judicial que todavía está pendiente.