Tomador del seguro

El tomador del seguro, también llamado contratante, es la persona que estipula el contrato de seguro y firma la póliza, asumiendo las obligaciones que ésta le impone, fundamentalmente pagar la prima.

Si pagó la prima, le corresponde la designación del beneficiario y el rescate de la póliza.

En caso de duda se presumirá que el tomador ha contratado por cuenta propia.

No obstante, el asegurador no podrá rechazar el cumplimiento por parte del asegurado de las obligaciones y deberes que correspondan al tomador del seguro.

Los derechos que derivan del contrato corresponderán al asegurado o, en su caso, al beneficiario, salvo los especiales derechos del tomador en los seguros de vida.