El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) es un organismo público chileno, funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio creado en 2010 luego de la reforma a la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
La creación de este instrumento público pretende «evitar que se sigan instalando procesos productivos, que puedan causar graves deterioros al medio ambiente».
[3][4][5] Respondiendo a estos problemas estructurales, el SEA es creado por la Ley N°20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que modificó la LBGMA, diseñado para ser un organismo descentralizado y desconcentrado, independiente al ministerio, pero vigilado por el presidente por medio del Ministerio del Medio Ambiente, que tendrá como principal función la administración del SEIA.
Este Servicio cumple la función de uniformar los criterios, requisitos, condiciones, antecedentes, certificados, trámites, exigencias técnicas y procedimientos de carácter ambiental que establezcan los ministerios y demás organismos del Estado competentes, mediante el establecimiento, entre otros, de guías trámite.
Debe proporcionar antecedentes fundados para la predicción, identificación e interpretación de su impacto ambiental y describir la o las acciones que ejecutará para impedir o minimizar sus efectos significativamente adversos, mientras que el DIA es el el documento descriptivo de una actividad o proyecto que se pretende realizar, o de las modificaciones que se le introducirán, otorgado bajo juramento por el respectivo titular, cuyo contenido permite al organismo competente evaluar si su impacto ambiental se ajusta a las normas ambientales vigentes.