Servicio Público de Empleo de Castilla y León

Y el artículo 40.1 dispone que "la Comunidad Autónoma queda facultada para dotarse de instrumentos que fomenten la plena ocupación, la formación profesional y el desarrollo económico y social para el mejor ejercicio de sus competencias".Para el cumplimiento de estos fines, la Comunidad Autónoma y los Agentes Sociales acordaron la creación de un Servicio Público Regional de Colocación que actuara en la intermediación laboral y permitiera conocer la situación real del mercado laboral.Las acciones que el Servicio Regional de Colocación, directamente o por medio de los centros asociados, llevaría a cabo, abarcarían cuatro aspectos: 1 - Información y direccionamiento.La vigencia del servicio ofrecido al demandante sería de un año, pudiendo renovar su solicitud desde cualquier punto de información.Por todo ello, los usuarios del Servicio Regional de Colocación serían, tanto las personas demandantes, como los oferentes de empleo.