Senado (Antigua y Barbuda)

El Senado (en inglés: Senate) es la cámara alta del Parlamento de Antigua y Barbuda.Sujeto a lo dispuesto en el Artículo 30 de la Constitución, toda persona que al momento de su nombramiento: sea ciudadano; tenga veintiún años de edad o más; haya vivido en Antigua y Barbuda durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de su nombramiento; y es capaz de hablar y, a menos que esté discapacitado por ceguera u otra condición física, leer el idioma inglés con suficiente dominio como para permitirle tomar parte activa en los procedimientos parlamentarios.[2]​ El Gobernador General podrá designar a una persona calificada para el nombramiento de Senador para que sea miembro temporal del Senado durante dicha ausencia, suspensión o enfermedad siempre que un Senador no pueda desempeñar sus funciones como Senador debido a su ausencia de Antigua y Barbuda, suspensión en virtud del artículo 31 (2) de la Constitución, o por enfermedad.Las disposiciones del Artículo 31 de la Constitución se aplicarán a un Senador designado conforme a este Artículo de la misma manera que se aplican a un Senador designado conforme al Artículo 28 de la Constitución, y un nombramiento realizado conforme a este Artículo dejará en cualquier caso de tener efecto.No se puede presentar un proyecto de ley sobre dinero en el Senado.