Fomentar, desarrollar y ejecutar los programas estatales de fomento industrial, comercial, minero y artesanal, procurando que invariablemente se preserve el equilibrio ecológico; II.
Participar en la planeación y programación de las obras e inversiones tendientes a promover la racional explotación de los recursos minerales del Estado; VI.
Proponer las medidas necesarias para la protección del comercio de primera mano en el Estado; IX.
Promover la producción artesanal de las industrias familiares y proponer los estímulos necesarios para su desarrollo, así como la asociación y capacitación de los productores; XI.
Realizar directamente o a través de terceros, las obras públicas convenidas por el Gobierno del Estado, que sean de su competencia; y, XVI.