Rigidez de la constitución
En derecho se habla de rigidez de la constitución cuando sus disposiciones no pueden ser integradas, modificadas o derogadas, salvo por diversos procedimientos muy complejos (o, como se suele decir, agravados) respecto a aquellos previstos por la ley (interés en sentido formal, como actos del parlamento).En Italia es rígida la actual constitución, cuya revisión e integración está regulada en los Art.De lo anterior se desprende que una constitución puede ser más o menos rígida.Normalmente, las constituciones no adoptan esta solución, si no, el límite de ciertas disposiciones que, por lo tanto, no puede ser modificables, incluso con ley constitucional, tales disposiciones inmodificables pueden estar indicadas en modo expreso de otras disposiciones de la constitución o individualizados en la vía interpretativa, en cuanto experimenten los principios supremos en los que se funda la misma constitución.En otra parte, por el contrario, la gran mayoría celebrada en el parlamento por un partido o una coalición hace que sea más fácil para llegar a una mayoría, aunque cualificada, prevista en la constitución, por lo que puede ocurrir que el Parlamento apruebe las leyes constitucionales, en lugar de las leyes ordinarias, con el único objetivo a robar el mismo control de la legitimidad constitucional.