El riesgo se mide asumiendo una determinada vulnerabilidad frente a cada tipo de peligro.
[1] Más informalmente se habla de riesgo para hablar de la ocurrencia ante un potencial perjuicio o daño para las unidades, personas, organizaciones o entidades (en general "bienes jurídicos protegidos").
Por tanto, el riesgo se refiere solo a la teórica "posibilidad de daño" bajo determinadas circunstancias, mientras que el peligro se refiere solo a la teórica "probabilidad de daño" bajo esas circunstancias.
Este concepto de riesgo se relaciona con la peligrosidad[7] y con la probabilidad.
Otra definición de riesgo corresponde al peligro que se puede predecir únicamente con incertidumbre y en términos probabilísticos.
El modelo TRD, elabora diferentes dimensiones de riesgo, en concreto menciona tres categorías distintas.
Este modelo afirma que la simple suma de los factores A y B provoca la motivación delictual, la motivación antisocial y una serie de factores continuos.
Amenaza es la causa de riesgo que crea aptitud dañina sobre personas y bienes.