Tiene importancia social, pues su correcta delimitación tiene importantes consecuencias dado el carácter de público de una franja que rodea a todo el litoral.
”Las cosas que comunalmente pertenecen a todas las criaturas que viven en este mundo son éstas: el aire, el agua, de lluvia, el mar y su ribera.
En la normativa vigente (Ley de costas) queda definida la Ribera del mar como: Además de la ZMT que define el apartado a), la ribera del mar también incluye: Es muy importante destacar que no hay que confundir la "ribera del mar" con el "Dominio público marítimo-terrestre".
En ocasiones se solapan dichas líneas pero en muchos casos no.
Las repercusiones de dicha confusión dan lugar a polémicas más o menos intensas, dado el alto valor económico de los territorios que rodean al mar.