Resolución de Naciones Unidas

Cualquier organismo deliberativo puede emitir resoluciones.

El carácter de estas disposiciones puede ser o no vinculante para los Estados miembros, en función de qué organismo la emita y bajo qué capítulo o artículo de la Carta se invoque.

Algunas resoluciones de la Asamblea General, como las que afectan a cuestiones presupuestarias, asuntos internos o instrucciones a órganos de rango inferior, son indudablemente vinculantes.

Sin embargo, estos artículos se refieren a recomendaciones de la Asamblea General, por lo que las decisiones fundadas en aquellos no son vinculantes.

Entre la doctrina científica, cuyas opiniones tienen nulo valor jurídico, no hay acuerdo unánime acerca de la obligatoriedad de las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, si bien muchos expertos legales y diferentes personas y organismos, en interpretación literal de la Carta, consideran que sólo son vinculantes las que se adoptan bajo el Capítulo VII.