Residuo (España)

Igualmente excluye los suelos no contaminados excavados en ciertas condiciones, los residuos radiactivos, los explosivos desclasificados y algunas materias fecales.

Los residuos se dividen en domésticos comerciales, industriales y peligrosos.

Se consideran también residuos domésticos los similares a los anteriores generados en servicios e industrias.

Un residuo peligroso es un residuo que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en el anexo III, y aquel que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y envases que los hayan contenido.

Los residuos deberán ser sometidos a tratamiento previo a su eliminación, salvo que el tratamiento de los mismos no sea técnicamente viable o no quede justificado por razones de protección de la salud humana y del medio ambiente.