Registro General de la Propiedad (Guatemala)

y entre los requisitos necesarios para optar al cargo el artículo 1226 del mismo cuerpo legal establece que es necesario ser guatemalteco de origen, notario y abogado, colegiado activo.El nombramiento del Doctor Medrano Valenzuela se ha percibido como un cambio positivo que refuerza la certeza jurídica del registro, misma que se ha perdido en las últimas administraciones.[2]​ Mediante el acuerdo gubernativo 30-2005 se crea la Comisión Nacional Registral, tal como lo establece el artículo 32 del mencionado acuerdo, como un órgano de alto nivel de los registros.y de conformidad con el artículo 34 tendrá carácter permanente.La modernización es uno de los aspectos más importantes por los cuales se crea la Comisión Nacional Registral, con el objeto de optimizar recursos tanto para institución como para los usuarios, por ello el Reglamento a través de la cual se crea, establece en el artículo 40, que del monto total de honorarios que ingresan a los Registros, debiera destinarse el porcentaje que establezca el arancel general (no menos del 20% para constituir un fondo que se utilizara exclusivamente para inversiones en modernización.La integración de la comisión Nacional Registral se realiza de la siguiente manera, además estas son las personas que actualmente le integran.