Registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas

Cuando el Reglamento REACH se encuentre plenamente en vigor, requerirá que todas las empresas que fabriquen o importen sustancias químicas a la Unión Europea en cantidades superiores a una tonelada al año a que registren esas sustancias en una nueva Agencia Química Europea con sede en Helsinki, Finlandia.

El suministro de sustancias al mercado europeo que no hayan sido prerregistradas o registradas es ilegal (en lo que se conoce en el Reglamento REACH como "sin datos, no hay mercado").

El Reglamento REACH también regula el uso continuado de las 'Sustancias Químicas Muy Preocupantes' (abreviadamente SVHC, del inglés Substances of Very High Concern) por su potencial impacto negativo en la salud humana o en el ecosistema.

La Agencia Química Europea gestionará los aspectos técnicos, científicos y administrativos del sistema REACH.

[6]​ En todo caso, existen diferentes estudios en los que las estimaciones de los costes varían considerablemente en cuanto a su resultado.

El uso de sustancias potencialmente tóxicas en productos diferentes de aquellos que son ingeridos por los humanos (tales como los dispositivos electrónicos) puede parecer seguro, pero hay varias maneras por las cuales las sustancias químicas pueden entrar en el cuerpo humano y en el ecosistema.

El uso continuado de muchas sustancias químicas tóxicas se justifica algunas veces porque 'a concentraciones muy pequeñas no comprometen la salud'.

[9]​ Sin embargo, muchas de estas sustancias pueden bioacumularse en el cuerpo humano, alcanzando así concentraciones peligrosas.

[11]​ La experimentación animal con vertebrados se permite solo una vez por sustancia y cuando no puedan ser utilizadas alternativas adecuadas.