Presidente de la Función Legislativa de Ecuador
Preside el Pleno Legislativo integrado por 137 asambleístas y el Consejo de Administración Legislativa,[1] conformado además por los dos vicepresidentes y cuatro asambleístas designados por el Pleno, órgano responsable de la organización y control del trabajo legislativo.Está a cargo de conducir los debates en las sesiones en atención al orden del día aprobado, otorgando la palabra a los asambleístas y ordenando las votaciones que fueren necesarias para resolver diferentes temáticas, en especial el trámite y aprobación de las leyes.Ante falta simultánea y definitiva en la Presidencia y en la Vicepresidencia de la República, la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional asumirá temporalmente la Presidencia, y en el término de cuarenta y ocho horas, el Consejo Nacional Electoral convocará a elección para dichos cargos.Quienes resulten elegidos ejercerán sus funciones hasta completar el período.[5] El cargo del presidente fue creado específicamente por el texto constitucional en el Artículo 121 de la sección Primera del capítulo Segundo del Título IV: Participación y organización del Poder, la cual demanda que los asambleístas elijan a un Presidente y dos Vicepresidentes, los cuales administrarán y representarán la Asamblea.