Pero desde la entrada en vigencia de la Constitución 1830, el parlamento uruguayo pasó a ser bicameral, y así ha permanecido hasta nuestros días.
Más adelante, se instauró el voto secreto y universal, y se reformuló la representatividad de los senadores, que son electos a nivel nacional.
La Asamblea General se reúne en las fechas indicadas sin necesidad de convocatoria especial del Poder Ejecutivo.
Persiste la indefinición acerca de si la banca es del parlamentario o del sector político por el cual fue elegido; esto es patente en los casos en que un legislador se escinde de su sector o se cambia de partido, muy pocas veces renuncian a su banca.
Como lo señala el constitucionalista Ruben Correa Freitas, solo un juicio político por faltas muy graves, puede dar motivo a la privación de una banca parlamentaria.