En la provincia de Jujuy en Argentina el régimen municipal es ejercido por gobiernos locales denominados municipios.
Todo el territorio provincial esta distribuido en municipios a cargo de municipalidades y comisiones municipales según corresponda (sistema de ejidos colindantes).
La organización municipal estuvo contemplada en la Constitución de la Nación Argentina desde su primera promulgación el 1 de mayo de 1853, expresando en su artículo 5 que cada provincia debía dictar una constitución que asegurara su régimen municipal.
Este último debe estar integrado por un número de concejales determinado por la constitución y debe ser presidido por uno de sus miembros.
[5] Establece para los municipios que no tienen carta orgánica: A diferencia de la mayoría de las provincias argentinas, Jujuy no ha fijado un límite inferior de habitantes para crear un gobierno local.